Telecomunicaciones-radiocomunicación-sistemas de Radiocomunicación que Emplean la Técnica de Espectro Disperso-Equipos de Radiocomunicación por Salto de Frecuencia y por Modulación Digital a Operar en las Bandas 902-928 Mhz, 2400-2483,5 Mhz y 5725-5850 M

Estandares Oficiales (NOMS) › Federal

Enlazado como:

Extracto


Telecomunicaciones-radiocomunicación-sistemas de Radiocomunicación que Emplean la Técnica de Espectro Disperso-Equipos de Radiocomunicación por Salto de Frecuencia y por Modulación Digital a Operar en las Bandas 902-928 Mhz, 2400-2483,5 Mhz y 5725-5850 M

COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-121-SCT1-2008, Telecomunicaciones-RadiocomunicaciónSistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso-Equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902-928 MHz, 2400-2483,5 MHz y 5725-5850 MHz-Especificaciones, límites y métodos de prueba.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

ANEXO UNICO

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-121-SCT1-2008, "TELECOMUNICACIONESRADIOCOMUNICACION-SISTEMAS DE RADIOCOMUNICACION QUE EMPLEAN LA TECNICA DE ESPECTRO DISPERSO-EQUIPOS DE RADIOCOMUNICACION POR SALTO DE FRECUENCIA Y POR MODULACION DIGITAL A OPERAR EN LAS BANDAS 902-928 MHz, 2400-2483,5 MHz Y 5725-5850 MHz-ESPECIFICACIONES, LIMITES Y METODOS DE PRUEBA"

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, II y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3 fracciones I, II, IV, V, VIII, IX y X, 4, 5 y 7 fracción III, 9-A fracción I y 70 de la Ley Federal de Telecomunicaciones; 3 fracción XIII de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1o., 38 fracción II, 40 fracciones III, XIII y XVI, 43, 46 y 47 fracciones I y II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 de su Reglamento; 140 del Reglamento de Telecomunicaciones; 37 Bis fracciones I y XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 9o. fracción II, 16 fracción V y 23 inciso B fracción II del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones; expide para la consulta pública a que se refiere la fracción I del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización el Proyecto de Norma Oficial Mexicana "PROY-NOM-121-SCT1-2008, TelecomunicacionesRadiocomunicación-Sistemas de radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso-Equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902-928 MHz, 2400-2483,5 MHz y 5725-5850 MHz-Especificaciones, límites y métodos de prueba", a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios al mismo ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Telecomunicaciones.

Los comentarios que los interesados presenten respecto al Proyecto de NOM deberán ser remitidos a la Secretaría Técnica del Comité, sita en Avenida de las Telecomunicaciones sin número, edificio de Ingeniería y Tecnología de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), segundo piso ala norte, colonia Leyes de Reforma, 2a. sección, Delegación Iztapalapa, C.P. 09310, México, Distrito Federal, teléfonos: 5015-4430, 4431, 4453 y 4500, o bien, se envíen a las direcciones de correo electrónico rtopete@cft.gob.mx y allopez@cft.gob.mx . Tales comentarios deberán cumplir con lo establecido en las fracciones I, II y III del artículo 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de enero de 1999).

Durante el plazo de 60 días en el que dura la consulta pública la Manifestación de Impacto Regulatorio del Proyecto de NOM, a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estará a disposición del público interesado para su consulta en el domicilio arriba mencionado.

México, D.F., a 7 de enero de 2009.- El Jefe de la Unidad de Prospectiva y Regulación y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Telecomunicaciones, Rafael Eslava Herrada.- Rúbrica.

INDICE

0. Introducción

1. Objetivo y campo de aplicación

2. Definiciones

3. Símbolos y abreviaturas

4. Especificaciones para los equipos de radiocomunicación por espectro disperso, sujetos a esta Norma Oficial Mexicana

4.1 Especificaciones generales para todos los equipos.

4.2 Especificaciones para los equipos del tipo salto de frecuencia

4.3 Especificaciones para los equipos del tipo modulación digital

4.4 Especificaciones para los equipos del tipo híbrido

4.5 Emisiones no esenciales para todos los tipos de equipo (salto de frecuencia, modulación digital e híbrido).

4.6 Códigos de seguridad digital para teléfonos inalámbricos que usen radiocomunicación por espectro disperso en todas las bandas (902-928 MHz, 2400-2483,5 MHz y 5725-5850 MHz) y para todos los tipos de equipo (salto de frecuencia, modulación digital e híbrido).

4.7 Manual de usuario

5. Métodos de prueba

5.1 Condiciones, cuidados y configuraciones de medición.

5.2 Comprobación de las especificaciones generales para todos los equipos de radiocomunicación por espectro disperso (relativa a las especificaciones 4.1)

5.3 Comprobación de las especificaciones para los equipos del tipo salto de frecuencia (relativa a las especificaciones 4.2)

5.4 Comprobación de las especificaciones p...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía