Decreto No. 265 por El que Se Concede Pensión por Invalidez a Los Cc. Juan Manuel Dueñas Valle y Lilia Rosa Tapia Arroyo, Equivalente el Primero al 88.25% de Su Sueldo Correspondiente a La Categoría Auxiliar de Servicios y Mantenimiento Ii de Base y Asistente de Servicios en Plantel Interino con ½ Plaza, Adscrito a La Escuela Secundaria Vespertina No. 5 'josé Mora y Verduzco' de Cuauhtémoc, Colima y La Segunda Equivalente al 76.77% de Su Sueldo Corrspondiente a La Categoría de Maestra de Grupò C/m Ii Nivel 'c' y Maestra de Grupo Ii Interina, Adscrita a La Dirección de Educación y Comisionada como Jefa Académica en El Cede No. 5 de Villa de álvarez, Colima, Ambos Dependientes de La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado
DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO
POR EL QUE SE CONCEDE PENSIÓN POR INVALIDEZ A LOS CC. JUAN MANUEL DUEÑAS VALLE Y LILIA ROSA TAPIA ARROYO, EQUIVALENTE EL PRIMERO AL 88.25% DE SU SUELDO CORRESPONDIENTE A LA CATEGORÍA DE AUXILIAR DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO II DE BASE Y ASISTENTE DE SERVICIOS EN PLANTEL INTERINO CON
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PLAZA, ADSCRITO A LA ESCUELA SECUNDARIA VESPERTINA No. 5 "JOSÉ MORA Y VERDUZCO" DE CUAUHTÉMOC, COLIMA Y LA SEGUNDA EQUIVALENTE AL 76.77% DE SU SUELDO CORRSPONDIENTE A LA CATEGORÍA DE MAESTRA DE GRUPO C/M II NIVEL "C" Y MAESTRA DE GRUPO II INTERINA, ADSCRITA A LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y COMISIONADA COMO JEFA ACADÉMICA EN EL CEDE No. 5 DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA, AMBOS DEPENDIENTES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO.
LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T O
EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y ARTICULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y
C O N S I D E R A N D O:
PRIMERO.-
Que mediante oficio número DGG-794/2013 de fecha 11 de noviembre del año en curso, se remitió a esta Soberanía por conducto de la Dirección General de Gobierno, las iniciativas del Ejecutivo Estatal para otorgar pensión por invalidez a favor de los CC. Juan Manuel Dueñas Valle y Lilia Rosa Tapia Arroyo, cuyos expedientes le fueron turnados a la Comisión Dictaminadora mediante oficio número 1546/013 de fecha 14 de noviembre del año actual, suscrito por los CC. Diputados Francis Anel Bueno Sánchez y Orlando Lino Castellanos, Secretarios de la Mesa Directiva en funciones.
SEGUNDO.-
Que el C. Lic. J. Reyes Rosas Barajas, Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, con fundamento en el Capítulo V, artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados de Colima, mediante oficios número DGRH/1554 y 1797/2013, de fechas 12 de agosto y 09 de septiembre del año en curso, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar las pensiones por invalidez a favor de los trabajadores que se mencionan en el considerando...
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