Acuerdo y Documento que Contiene la Modificación del 'programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Quesería', del Municipio de Cuauhtémoc, Colima

ACUERDOY DOCUMENTO QUE CONTIENE LA MODIFICACIÓN DEL "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE QUESERÍA", DEL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, COLIMA.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.091/2014, de fecha 24 de abril del año 2014, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 28 del mismo mes, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Quesería", del Municipio de Cuauhtémoc, Colima, en lo relativo a la zonificación (cambio de intensidad) del predio identificado como parcela 161 Z-2 P1/2 del ejido del mismo nombre, lo cual es promovido por el Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado de Colima, (INSUVI).

SEGUNDO.-

Que el "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Quesería", fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Cuauhtémoc, el 13 de julio del año 2000, y mediante Acuerdo del Ejecutivo a mi cargo se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en su edición No. 33, de fecha 23 de julio del año 2011. En sesión celebrada el día 27 de febrero del año 2014, el Cabildo ya mencionado, aprobó una modificación al mismo, en lo relativo a la zonificación (cambio de intensidad) del predio identificado como parcela 161 Z-2 P1/2 del ejido del mismo nombre, con superficie total de 6-59-79 has., según consta en el documento del cual solicitan su publicación, así como en la certificación del Punto de Acuerdo expedida el día 27 de febrero del año 2014, por la Secretaria del H. Ayuntamiento, misma que obra en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Quesería", del Municipio de Cuauhtémoc, Colima, en lo relativo a la zonificación (cambio de intensidad) del predio identificado como parcela 161 Z-2 P1/2 del ejido del mismo nombre, con superficie total de 6-59-79 has., conforme se asienta en el Considerando anterior.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Quesería", del Municipio de Cuauhtémoc, Colima, en los términos ya señalados.

En tal virtud he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Quesería", del Municipio de Cuauhtémoc, DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOColima, en lo relativo a la zonificación (cambio de intensidad) del predio identificado como parcela 161 Z-2 P1/2 del ejido del mismo nombre, con superficie total de 6-59-79 has., lo cual fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Cuauhtémoc, Colima, en sesión celebrada el día 27 de febrero del año 2014.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día 28 veintiocho de abril del año 2014 dos mil catorce.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO ANGUIANO MORENO. Rúbrica.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. ROGELIO HUMBERTO RUEDA SÁNCHEZ. Rúbrica.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ARQ. JOSÉ FERNANDO MORÁN RODRÍGUEZ. Rúbrica.

ANTECEDENTESDurante los últimos años el Municipio de...

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