Reglamento que establece los lineamientos relativos a la disolución, liquidación y destino de los bienes de los partidos políticos nacionales que pierdan o les sea cancelado su registro ante el Instituto Federal Electoral

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Reglamento que establece los lineamientos relativos a la disolución, liquidación y destino de los bienes de los partidos políticos nacionales que pierdan o les sea cancelado su registro ante el Instituto Federal Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG131/2005.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS RELATIVOS A LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y DESTINO DE LOS BIENES DE LOS PARTIDOS POLITICOS NACIONALES QUE PIERDAN O LES SEA CANCELADO SU REGISTRO ANTE EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.

ANTECEDENTES

1. En sesión del 24 de julio de 2003, la Comisión de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos y Agrupaciones Políticas del Instituto Federal Electoral, aprobó el “Acuerdo de la Comisión de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas del Instituto Federal Electoral, mediante el cual se solicita que en el Informe Anual correspondiente al año 2003 se incluya un apartado sobre el procedimiento para la liquidación del patrimonio de los Partidos Políticos que no hayan obtenido el 2% de la votación en la Elección Federal Ordinaria de 2003”, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de agosto de 2003.

2. En sesión ordinaria del 22 de agosto de 2003, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el “Acuerdo del Consejo General por el que se establece el mecanismo que llevará a cabo el Instituto Federal Electoral, para el seguimiento del procedimiento de liquidación de los Partidos Políticos que obtuvieron menos del 2% de la votación en la Elección Federal Ordinaria para Diputados del 6 de julio de 2003”, con número CG153/2003, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de septiembre de 2003.

3. En sesión extraordinaria del 19 de diciembre de 2003, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Instructivo que deberá observarse para la obtención del registro como Partido Político Nacional, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin”, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2003 y cuyo punto SEPTIMO estableció:

“SEPTIMO.- El Consejo General del Instituto Federal Electoral emitirá, a más tardar el 31 de marzo de 2004, un acuerdo mediante el cual se establezcan los lineamientos relativos a la disolución y liquidación de los Partidos Políticos Nacionales que no conserven o pierdan su registro ante el Instituto Federal Electoral”.

4. En sesión ordinaria del 29 de enero de 2004, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el “Acuerdo por el que se establece el financiamiento público del año 2004 por concepto de actividades específicas de los partidos políticos nacionales como entidades de interés público, correspondiente a los dos primeros trimestres del ejercicio del año 2003”, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2004 y cuyo punto TERCERO estableció:

“TERCERO.- El monto de financiamiento público que será reembolsado, en su caso, a los otrora partidos políticos de la Sociedad Nacionalista, Alianza Social, Liberal Mexicano, México Posible y Fuerza Ciudadana por concepto de actividades específicas de los partidos políticos nacionales como entidades de interés público correspondiente a los dos primeros trimestres del ejercicio del año 2003, será determinado una vez que hayan quedado firmes las resoluciones de este Consejo General correspondientes a la revisión de los informes anuales y de campaña correspondientes al ejercicio y al proceso electoral 2003, respectivamente, y se hayan realizado las compensaciones que procedan.”

5. En sesión extraordinaria del 9 de marzo de 2004, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, aprobó el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se modifica el instructivo que deberá observarse para la obtención del registro como Partido Político Nacional, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin”, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2004 y cuyo punto SEXTO estableció:

“SEXTO.- El Consejo General del Instituto Federal Electoral emitirá, a más tardar el 31 de marzo de 2004, un acuerdo mediante el cual se establezcan los lineamientos relativos a la disolución y liquidación de los partidos políticos nacionales que no conserven o pierdan su registro ante el Instituto Federal Electoral”.

6. En sesión extraordinaria del 31 de marzo de 2004, el Consejo General aprobó el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se de...

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