Dictamen

Página 10 19 de diciembre de 2016
Reitero a ustedes la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
HONORABLE ASAMBLEA
Por acuerdo de la Presidencia de la “LIX” Legislatura fue remitida a las Comisiones Legislativas de Gobernación
y Puntos Constitucionales y de Desarrollo Económico Industrial, Comercial y Minero, para su estudio y
dictamen, la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley que crea el Instituto de Verificación Administrativa
del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal.
Después de haber agotado el estudio de la iniciativa de decreto y discutido a satisfacción de los integrantes de
las comisiones legislativas, nos permitimos, con fundamento, en lo dispuesto en los artículos 68, 70, 72 y 82 de
la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en relación con lo señalado en los artículos 13 A, 70, 73, 75, 78, 79 y 80
del Reglamento, emitir el siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
La iniciativa de decreto, fue presentada al conocimiento y resolución de la Legislatura, por el Titular del
Ejecutivo Estatal, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Del estudio realizado derivamos que la iniciativa de decreto tiene como objeto central expedir la Ley que crea el
Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México.
CONSIDERACIONES
Compete a la “LIX” Legislatura conocer y resolver la iniciativa de decreto, con base en lo previsto en el artículo
61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que la faculta para expedir
leyes, decretos o acuerdos para el régimen interior del Estado, en todos los ramos de la administración del
gobierno.
Reconocemos con la iniciativa de decreto que es necesario evaluar permanentemente, los procedimientos y
estrategias que conlleva la modernización de la administración pública para mejorarlas y, en su caso,
sustituirlas cuando resulten insuficientes.

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