Dictamen

Página 6 14 de diciembre de 2016
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
HONORABLE ASAMBLEA
La Presidencia de la "LIX" Legislatura, encomendó a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales
y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictamen de la Iniciativa de Decreto por la que se reforman
diversas disposiciones de la Ley de la Defensoría Pública del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo
Estatal.
Consecuentes con el estudio de la iniciativa de decreto y discutido a satisfacción de los integrantes de las comisiones
legislativas, nos permitimos, con sustento en lo dispuesto en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en concordancia con lo señalado en los artículos 13 A, 70, 73, 75, 78, 79
y 80 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, someter a la consideración de la
Legislatura en Pleno, el siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
La Iniciativa de Decreto fue presentada al conocimiento, discusión y aprobación de la “LIX” Legislatura por el Titular del
Ejecutivo Estatal, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México.
De conformidad con el estudio que llevamos a cabo apreciamos que la iniciativa de decreto tiene por objeto reformar
diversas disposiciones de la Ley de la Defensoría Pública del Estado de México, a fin de incluir dentro del objeto del Instituto
de la Defensoría Pública del Estado de México, los servicios de patrocinio en materia de juicio sumario de usucapión y
armonizar las disposiciones de la Ley conforme a la desindexación del salario mínimo, todo ello, en el ánimo de
simplificación administrativa y actualización de la legislación de la Entidad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR