Dictamen

Página 22 14 de diciembre de 2016
A T E N T A M E N T E
DIPUTADO JORGE OMAR VELÁZQUEZ RUÍZ
INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
(RÚBRICA).
HONORABLE ASAMBLEA
La Presidencia de la "LIX” Legislatura, remitió a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de
Seguridad Pública y Tránsito, para su estudio y dictamen correspondiente, la Iniciativa con Proyecto de Decreto en materia
de Seguridad, por la que, se reforman diversas disposiciones de la Ley de Seguridad de Estado de México y la Ley de
Seguridad Privada del Estado de México, presentada por el Diputado Jorge Omar Velázquez Ruíz, en nombre del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y la Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal.
Con apego a la técnica legislativa y en observancia del principio de economía procesal, toda vez que las iniciativas de
decreto aborden materias similares, determinamos llevar a cabo su estudio conjunto e integrar un dictamen y un proyecto de
decreto, que expresan el resultado de los trabajos y nuestra propuesta normativa.
Realizado el estudio cuidados de las iniciativas de decreto y discutidas a satisfacción de los integrantes de las comisiones
legislativas, nos permitimos, con fundamento en lo establecido en los artículos 68, 70 y 82 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en concordancia con lo previsto en los artículos 13 A, 70, 73, 78, 79 y 80
del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, dar cuenta de la Legislatura en Pleno, del
siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
Iniciativa con Proyecto de Decreto en materia de Seguridad, por la que, se reforman diversas disposiciones de la
Ley de Seguridad de Estado de México y la Ley de Seguridad Privada del Estado de México.
Presentada por el Diputado Jorge Omar Velázquez Ruíz, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional, con fundamento en el Artículo 51 fracción II, 57 y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México; Artículo 28 fracción I y 30 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de
México
De acuerdo con el estudio que realizamos, destacamos que la iniciativa de decreto tiene por objeto generar su adecuada
homologación con la Ley Federal de Seguridad Privada, que permi ta delimitar y acotar las funciones, atribuciones y
obligaciones de los prestadores del servicio de seguridad privada, trátese de personas físicas o personas jurídicas
colectivas.
Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Seguridad
Privada del Estado de México.
Presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, en uso de las facultades que le confieren los artículos 51 fracción I y 77
fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, presentó la iniciativa de decreto a la
aprobación de la “LIX” Legislatura.
Con base en el estudio de la iniciativa de decreto tiene como objeto actualizar diversas denominaciones y establece
medidas de control para los prestadores del servicio de seguridad privada y escoltas.
CONSIDERACIONES
La “LIX” Legislatura es competente para conocer y resolver las iniciativas de decreto, con fundamento en lo señalado en el
artículo 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que la faculta para expedir leyes,
decretos o acuerdos para el régimen interior del Estado, en todos los ramos de la administración del gobierno.

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