Ley estatal del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

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Ley estatal del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

LEY ESTATAL DEL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Folleto Anexo al Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, el miércoles 24 de enero de 2007.

EL CIUDADANO LICENCIADO JOSE REYES BAEZA TERRAZAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED:

QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVIDO EXPEDIRME EL SIGUIENTE

DECRETO

DECRETO No. 664/06 I P.O.

LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DE SU TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL,

DECRETA

ARTÍCULO ÚNICO.- Se crea la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar de la siguiente manera:

LEY ESTATAL DEL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Esta Leyes de orden público e interés social y tiene por objeto:

l. Establecer las bases para la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres de cualquier edad en el ámbito público o privado;

II. Establecer las bases para diseñar el contenido de las políticas públicas, programas y acciones destinadas a erradicar la violencia de género y coadyuvar en la rehabilitación y reinserción social de los agresores de mujeres;

III. Promover que tanto el sector público como las personas morales apliquen, en el ámbito de su competencia, todas las medidas tendientes a erradicar la violencia contra las mujeres y les otorguen apoyos extraordinarios para garantizar su acceso a una vida libre de violencia y discriminación;

IV. Exhortar a las autoridades competentes para que garanticen el derecho a la educación con perspectiva de género, libre de prejuicios, sin patrones estereotipados de comportamiento basados en conceptos de inferioridad o subordinación;

V. Establecer medidas para concientizar y sensibilizar a la comunidad con el propósito de prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres;

VI. Instruir y responsabilizar, conforme a los ordenamientos legales aplicables, a los integrantes del sector salud para que proporcionen trato digno y atención integral a las víctimas de violencia, respetando su intimidad;

VII. Instruir y responsabilizar, conforme a los ordenamientos legales aplicables, a los órga...

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