Decreto Número 542 que Adiciona un Segundo Párrafo al Artículo 61 de la Ley de Desarrollo Integral de la Juventud para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

XalapaEnríquez, Ver., enero 23 de 2015.

Oficio número 027/2015.

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:

Que la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo.Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción I y 38 de la Constitución Política local; 18 fracción I y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pueblo, expide el siguiente:

DECRETO NÚMERO 542

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 61 de la Ley de Desarrollo Integral de la Juventud para el

Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo único Se adiciona un segundo párrafo al artículo 61 de la Ley de Desarrollo Integral de la Juventud para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue:
Artículo 61 Los Ayuntamientos, de acuerdo a sus posibilidades presupuestales, podrán crear las Direcciones Municipales, las que operarán en el ámbito de su competencia y jurisdicción de manera similar al Órgano Administrativo responsable

Para que una Dirección Municipal promueva o impulse los proyectos definidos en el Programa deberá suscribir Convenio correspondiente con la Secretaría de Gobierno.

Las Direcciones Municipales podrán obtener, mediante convenios con organismos públicos o privados, la inclusión a programas académicos, políticos, económicos, sociales o de cualquier naturaleza que beneficien a la juventud...

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