Decreto Número 535 que Reforma los Artículos 32 y 33 Párrafo 1, de la Ley de Responsabilidad Juvenil para el Estado de Veracruz.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

XalapaEnríquez, enero 8 de 2015

Oficio número 008/2015

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:

Que la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación:

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.

Poder Legislativo.Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción I y 38 de la Constitución Política local; 18 fracción I y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pueblo, expide el siguiente:

DECRETO NÚMERO 535

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 32 Y 33, PÁRRAFO 1, DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD JUVENIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

Artículo único Se reforman los artículos 32 y 33, párrafo 1, de la Ley de Responsabilidad Juvenil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue:
Artículo 32

Ningún adolescente podrá ser juzgado o sancionado sino por los juzgados especializados previamente establecidos con anterioridad al hecho.

Artículo 33
  1. El juzgamiento y la decisión respecto a los delitos cometidos por los adolescentes se llevarán a cabo por jueces especializados pertenecientes al Poder Judicial del Estado y sólo sometidos a la Ley.

  2. ...

T R A N S I T O R I O S

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, órgano del de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Segundo. Se deroga cualquier disposición que contravenga el presente Decreto.

Dado en el salón de sesiones de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de XalapaEnríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los ocho días del mes de enero del año dos mil quince.

Octavia Ortega Arteaga Diputada...

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