Decreto Número 135.- Por el que se reforman la fracción LII del artículo 61 y la fracción XLIX del artículo 77, y se adicionan las fracciones XXXVII Bis, LIII y LIV del artículo 61 y las fracciones L y LI del artículo 77, ambos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Página 2 11 de octubre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a
sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 136
LA H. “LIX”LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
LA H. “LIX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE
CONFIERE EL ARTÍCULO 148 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO Y PREVIA LA APROBACIÓN DE LOS HH. AYUNTAMIENTOS DE LOS
MUNICIPIOS DEL ESTADO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 93 DE LA LEY ORGÁNICA DEL
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, DECLARA APROBADA
LA REFORMA A LA FRACCIÓN LII DEL ARTÍCULO 61 Y LA FRACCIÓN XLIX DEL ARTÍCULO
77, Y SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXXVII BIS, LIII Y LIV DEL ARTÍCULO 61 Y LAS
FRACCIONES L Y LI DEL ARTÍCULO 77, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE MÉXICO.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman la fracción LII del artículo 61 y la fracción XLIX del artículo 77, y se
adicionan las fracciones XXXVII BIS, LIII y LIV del artículo 61 y las fracciones L y LI del artículo 77,
ambos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 61.- ...
I. a XXXVII. ...
XXXVII Bis. Autorizar por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes los montos
máximos para en las mejores condiciones del mercado, contratar empréstitos y obligaciones por parte
del Estado, municipios, sus organismos auxiliares y autónomos, así como cualquier otro ente sobre el
que tengan control respecto de sus decisiones o acciones, previo análisis de su destino, capacidad de
pago y, en su caso, el otorgamiento de garantía o el establecimiento de la fuente de pago, de
conformidad con las bases establecidas en las leyes de la materia.
XXXVIII. a LI. ...
LII. Ejercer las acciones necesarias para el debido cumplimiento de las disposiciones en materia de
disciplina financiera, equilibrio presupuestario y responsabilidad hacendaria, en términos de la
legislación aplicable.
LIII. Autorizar al Ejecutivo del Estado la celebración de convenios con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público para adherirse al mecanismo de contratación de Deuda Estatal Garantizada.
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