Decreto por El que Se Deroga el Inciso D) de La Fracción Iii del Artículo 5o. del Decreto que Creó el Instituto Estatal de Educación para Adultos

DECRETOPOR EL QUE SE DEROGA EL INCISO D) DE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 5o. DEL DECRETO QUE CREÓ EL INSTITUTO ESTATAL DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58 fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y con fundamento en el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima y lo dispuesto por los artículos 13, 18 fracciones I y XVIII, 94 párrafo segundo y 100, de la Ley de Educación del Estado de Colima; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante Decreto del Ejecutivo Estatal, publicado en el Periódico Oficial número 28, de fecha 03 de julio de 1999, se creó el Instituto de Educación para Adultos del Estado de Colima, cuya denominación fue modificada por la de Instituto Estatal de Educación para Adultos, mediante Fe de Erratas expedida por el mencionado Ejecutivo del Estado, publicada en el citado órgano informativo, el 13 de mayo de 2000.

SEGUNDO.-

Que el Instituto Estatal de Educación para Adultos (IEEA) tiene por objeto prestar los servicios de educación básica para adultos en el Estado, los cuales comprenden la alfabetización, la educación primaria y la secundaria, así como la formación para el trabajo, y teniendo el carácter de organismo descentralizado de este Gobierno Estatal, para la toma de decisiones respecto de las funciones que tiene a su cargo para el cumplimiento de sus atribuciones, cuenta con una Junta de Gobierno y un Director General.

TERCERO.-

Que al Director General y/o la Junta de Gobierno en términos del artículo 17 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, les corresponde la administración del organismo descentralizado y de conformidad con el artículo 7o. del Decreto que crea al Instituto, la Junta de Gobierno, tiene encomendadas diversas funciones medulares, entre ellas, los procesos de planificación, organización, dirección y control de los recursos (materiales y humanos), y primordialmente la toma de decisiones que influyen directamente en el cumplimiento de las atribuciones que competen al Instituto, por lo que la estructura de la referida Junta de Gobierno es de suma relevancia para garantizar su funcionamiento con oportunidad y eficacia.

CUARTO.-

Que el Decreto que crea el Instituto, en su artículo 5o. fracción III establece la...

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