Decreto No. 273 Se Aprueba Reformar las Fracciones Iv y V del Artículo 90; la Fracción Xi del Artículo 98; el Segundo Párrafo del Artículo 93; y El Segundo Párrafo del Artículo 94; y Se Adiciona la Fracción Xix, Haciéndose el Corrimiento Respectivo Pasando a Ser las Actuales Fracciones Xix y Xx, Fracciones Xx y Xxi del Artículo 9; las Fracciones Xxix y Xxx, Haciéndose el Corrimiento Respectivo, Pasando a Ser las Actuales Fracciones Xxix y Xxx, Fracciones Xxxi y Xxxii del Artículo 16; y La Fracción Vi al Artículo 90, Asimismo Se Adiciona el Capítulo Ix Intitulado 'de la Seguridad Escolar' con Los Artículos 97 Bis, 97 Bis 1, 97 Bis 2, 97 Bis 3, 97 Bis 4, 97 Bis 5, 97 Bis 6, 97 Bis 7, 97 Bis 8, 97 Bis 9, 97 Bis 10, 97 Bis 11, y La Fracción Xii, Haciéndose el Corrimiento Respectivo Pasando a Ser la Actual Fracción Xii, Fracción Xiii del Artículo 98, Todos de La Ley de Educación del Estado de Colima

DECRETO No. 273

SE APRUEBA REFORMAR LAS FRACCIONES IV Y V DEL ARTÍCULO 90; LA FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 98; EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 93; Y EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 94; Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XIX, HACIÉNDOSE EL CORRIMIENTO RESPECTIVO PASANDO A SER LAS ACTUALES FRACCIONES XIX Y XX, FRACCIONES XX Y XXI DEL ARTÍCULO 9; LAS FRACCIONES XXIX Y XXX, HACIÉNDOSE EL CORRIMIENTO RESPECTIVO, PASANDO A SER LAS ACTUALES FRACCIONES XXIX Y XXX, FRACCIONES XXXI Y XXXII DEL ARTÍCULO 16; Y LA FRACCIÓN VI AL ARTÍCULO 90, ASIMISMO SE ADICIONA EL CAPÍTULO IX INTITULADO "DE LA SEGURIDAD ESCOLAR" CON LOS ARTÍCULOS 97 BIS, 97 BIS 1, 97 BIS 2, 97 BIS 3, 97 BIS 4, 97 BIS 5, 97 BIS 6, 97 BIS 7, 97 BIS 8, 97 BIS 9, 97 BIS 10, 97 BIS 11, Y LA FRACCIÓN XII, HACIÉNDOSE EL CORRIMIENTO RESPECTIVO PASANDO A SER LA ACTUAL FRACCIÓN XII, FRACCIÓN XIII DEL ARTÍCULO 98, TODOS DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE COLIMA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y ARTICULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YCONSIDERANDOPRIMERO.-

Que mediante oficio No. 0478/013 del 20 de febrero de 2013, los Diputados Secretarios del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria, turnaron a la Comisión de Educación y Cultura, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto relativa a la Ley para la Prevención, Combate y Erradicación, de la Violencia en el Entorno Escolar del Estado de Colima, presentada por la Diputada Gina Araceli Rocha Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

SEGUNDO.-

Que la iniciativa dentro de su exposición de motivos señala textualmente que:

 "La conducta agresiva que se manifiesta entre escolares, conocida internacionalmente como fenómeno "bullying", y que es una forma de conducta agresiva, intencionada y perjudicial, cuyos protagonistas son jóvenes escolares, no se trata de un episodio esporádico, sino persistente, que puede durar semanas, meses e incluso años. La mayoría de los agresores actúan movidos por un abuso de poder y un deseo de intimidar y dominar. Un rasgo específico de estas relaciones es que el alumno, o grupo de ellos, que se las da de bravucón trata de forma tiránica a un compañero al que hostiga, oprime y atemoriza repetidamente, y le atormenta hasta el punto de convertirle en su víctima habitual.

PODER LEGISLATIVO

 La conducta "acosador escolar" se define como la violencia mantenida, física o mental, guiada por un individuo en edad escolar o por un grupo, dirigida contra otro individuo también en edad escolar que no es capaz de defenderse a sí mismo en esta situación, y que se desarrolla en el ámbito escolar.

 La violencia verbal (insultos, amenazas, intimidación, descalificaciones) es la más frecuente de las conductas que declaran los escolares, seguida del aislamiento social. Los patios, los pasillos, los baños, las entradas y salidas del centro son lugares comunes y frecuentes de expresión de este tipo de violencia, pero tampoco es extraño que a lo largo del tiempo (en ocasiones meses o años) el espacio físico se extienda, a medida que se consolida el proceso de victimización. Tras la violencia verbal y la exclusión social, los comportamientos más prevalecientes son las agresiones físicas directas y el presionar u obligar a otros a la comisión de agresiones (pegar, chantajear), y por último, estarían las amenazas con armas y el acoso sexual. De una manera u otra más de una modalidad de maltrato estaría presente en casi todos los casos, y en todos ellos aparece el maltrato psicológico de forma latente con diferente grado.

 Diferentes estudios demuestran que la dinámica del "acosador escolar" se ve favorecida por una serie de factores entre los que destacan la llamativa pasividad de los compañeros. Parece como si el resto del grupo, cuando se establece una relación de intimidación hacia otro compañero, optara por reforzar estas conductas o, a lo sumo, inhibirse del tema. Esta pasividad de los testigos tiene contenidos defensivos: generalmente tiene la intención de evitar convertirse ellos mismos en blanco posible de los ataques ("mientras se lo hacen a otro, no me lo hacen a mí"). De manera que, de simples observadores, pasan a ser cómplices de la situación y así, las situaciones de abuso encuentran apoyo en el grupo; es más, es el propio grupo el que, al aislar y no ayudar al sujeto víctima, en alguna medida, las genera y mantiene. Los compañeros son testigos de esta situación en, al menos, el 15-20 % de los casos, según las estadísticas. Por lo tanto, no es que se trate de una conducta desconocida, sino que es oculta, y en general pasa inadvertida para el adulto.

 El centro escolar proporciona el lugar propicio para la primera interacción social no familiar de todos los individuos. Las implicaciones que tienen las relaciones sociales en el contexto escolar para la adaptación del niño son tan importantes como las que se derivan del contexto de la familia. La influencia de los otros va a determinar en parte cómo el niño construye sus propios esquemas y la representación del mundo físico y social.

 La consecuencia que este tipo de conducta puede tener en los niños es desastrosa, tanto a corto como a largo plazo. Quienes han sido víctimas de un abusador padecen en mayor grado que sus semejantes, de los siguientes problemas: depresión, soledad, ansiedad, baja autoestima e incluso llegan a pensar en el suicidio.

 Por su parte el abusador puede mostrar impulsividad, falta de empatía, dificultad para seguir patrones y actitudes positivas hacia la violencia. Como si fuera poco, se ha reportado que quienes son identificados como "acosadores", en muchos de los casos poseen armas para su propia defensa o para intimidar.

 Un famoso caso en Estados Unidos donde un joven que se dio cuenta que era homosexual y decidió no ocultarlo comenzó a ser víctima de sus compañeros de clase desde séptimo grado. Sus compañeros le proferían epítetos, se burlaban, lo golpeaban y le escupían. En una de las agresiones, mientras Nabozny se encontraba en el baño utilizando el urinal lo golpearon en la rodilla cayendo sobre el urinal y uno de los agresores orinó sobre él. En otra, lo patearon en el estómago durante diez minutos, mientras otros estudiantes miraban y se reían, al punto que las patadas le causaron hemorragias internas. Nabozny intentó suicidarse en dos ocasiones durante la secundaria debido a los continuos abusos a los que era sometido y a la inacción de las autoridades escolares. Cada vez que Nabozny denunciaba los abusos, las autoridades escolares se limitaban a decir que eran cosas de muchachos, que los muchachos siempre han sido así y que Nabozny debía esperar ese tipo de agresiones por ser abiertamente homosexual.

 También es el caso como la de Amanda Todd famoso caso en YOUTUBE en donde subió mediante un video su historia de abuso y la intención que tenia de suicidarse y a las 2 semanas se quitó la vida son un indicativo de que el acoso escolar se ha ido agravando en todo el mundo

 Considerando las graves consecuencias de la conducta del acoso escolar, se hace imprescindible que el Estado tome las medidas que entienda necesarias para contrarrestar efectivamente dicha conducta. A juicio de los proponentes de la presente Ley, éste es un mecanismo que será eficaz para asegurar que las escuelas privadas de nivel preescolar, elemental, secundario, vocacional, técnico y de altas destrezas pongan de su parte para evitar tal conducta tan reprochable.

 En México el problema del acoso escolar ha ido en aumento en los últimos años, por lo que se han tomado medidas para erradicar está práctica, tales como la instalación del "Observatorio Mexicano Sobre Convivencia Escolar", que realizará diagnósticos, estadísticas, indicadores, evaluaciones e informes sobre la violencia entre escolares.

 El acoso escolar es tan grave, que de acuerdo con cifras de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, tan sólo en el 2010 un total de 190 jóvenes en la Ciudad de México se quitaron la vida por la violencia que sufrían en la escuela. Datos del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, 8.8% de estudiantes ejercen acoso a nivel de primarias y 5.6% en secundarias.

 María Isabel Aguilera, experta en victimología y conflictos escolares de la Universidad del País Vasco, alertó que es preocupante la elevada tasa de impunidad en los casos de acoso, así como la ausencia de una política pública que garantice una atención y prevención integral del fenómeno que incluya a padres de familia, docentes y alumnos.

 Al respecto, Mónica González Contró, especialista en justicia para adolescentes del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, señaló más allá de buscar sancionar a quienes acosan en la escuela, se deben alcanzar mecanismos de prevención, pues advirtió que no podemos caer en una criminalización del agresor, sin conocer cuáles son los factores que influyeron.

 Es necesario combatir el acoso en las escuelas de México y que no sólo será obligación de cada escuela, sino que el gobierno estará obligado a crear políticas para prevenirlo y combatirlo.

 Cambios a la Ley General de Educación, aprobados por los diputados, establece que las autoridades del nivel federal, estatal y municipal deberán instrumentar políticas para diagnosticar, prevenir, controlar y...

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