Convenio de Coordinación para Fortalecer el Financiamiento del Programa de Apoyo al Empleo 2008, que Celebra el Gobierno Federal, a Través de La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (stps), y El Gobierno del Estado de Colima

Fecha de disposición15 Noviembre 2008
Fecha de publicación15 Noviembre 2008
SecciónSección General
Número de Gaceta49

DEL GOBIERNO FEDERALSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIALCONVENIODE COORDINACIÓN PARA FORTALECER EL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO 2008, QUE CELEBRA EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL (STPS), Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA.

CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA FORTALECER EL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, C. LIC. JAVIER LOZANO ALARCÓN, ASISTIDO POR LOS CC. DR. JAIME DOMINGO LÓPEZ BUITRÓN, SUBSECRETARIO DE EMPLEO Y POLÍTICA LABORAL; ALEJANDRO RAZO CORONA, COORDINADOR GENERAL DE EMPLEO, Y C.P. JOSÉ DANIEL RODRÍGUEZ HERRERA, DELEGADO FEDERAL DEL TRABAJO EN EL ESTADO DE COLIMA; A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA" Y, POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR C. LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, ASISTIDO POR LOS CC. LIC. JUAN JOSÉ SEVILLA SOLÓRZANO, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, Y LIC. JOSÉ MARTÍNEZ PAREDES, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y DIRECTOR DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO COLIMA; AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTESI.

El Servicio Nacional de Empleo (SNE) fue constituido en 1978 a partir de las reformas a la Ley Federal del Trabajo y está integrado por 32 Servicios de Empleo, uno por entidad federativa que, en coordinación con "LA SECRETARÍA", se encargan de la operación del Programa de Apoyo al Empleo (PAE) en la República Mexicana.

II.

El SNE es la única institución pública que se ocupa de la atención al desempleo y dentro de sus facultades se encuentran las de orientar a los buscadores de empleo hacia las vacantes existentes; auxiliar a las empresas para cubrir sus necesidades de personal y proporcionar orientación, capacitación y apoyos económicos a la población para que incrementen sus posibilidades de encontrar un empleo o trabajar por cuenta propia; así como fortalecer sus capacidades productivas.

III.

El PAE es un instrumento de política activa de mercado de trabajo orientado a reducir los costos de contratación y búsqueda de empleo que enfrentan las empresas y la población desempleada y subempleada, e incrementar las posibilidades de colocación de esta última brindándole orientación ocupacional, asistencia técnica, información y, en su caso, capacitación para el trabajo a corto plazo o apoyos económicos o en especie en función de sus características y las del mercado laboral.

IV.

Con el propósito de elevar el nivel de aportación de los gobiernos de las entidades federativas para la ejecución del PAE. "LA SECRETARÍA" ha establecido una modalidad de distribución de recursos denominada "Estímulo a la Aportación Estatal", en la cual se plantea que, por cada peso que los gobiernos de las Entidades Federativas asignen para la ejecución del PAE, la federación asignará dos pesos para el mismo fin (numeral 4.1.2.2 de las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo y el Programa para el Desarrollo Local Microrregiones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2007).

DECLARACIONES

  1. "LA SECRETARÍA" declara que:

    1.1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 537, 538 y 539 de la Ley Federal del Trabajo, es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene, entre otras atribuciones, las siguientes:

    a) Promover el incremento de la productividad del trabajo.

    b) Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, así como realizar investigaciones, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que, para incrementar la productividad en el trabajo, requieran los sectores productivos del país.

    1.2. Como encargada del Servicio Nacional de Empleo, algunas de sus facultades son las de: organizar, promover y supervisar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores; practicar estudios sobre las causas del desempleo y del subempleo; analizar el mercado de trabajo; promover el aumento de las oportunidades de empleo; practicar estudios, planes y proyectos para impulsar la ocupación, así como procurar su correcta ejecución y proponer lineamientos para orientar la formación profesional hacia las áreas con mayor demanda de mano de obra.

    1.3. Con el propósito de fomentar la reciprocidad en el financiamiento del PAE, ha establecido la modalidad de distribución de recursos denominada "Estímulo a la Aportación Estatal", señalada en el antecedente IV.

    1.4. Los recursos que suministrará a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, provienen del monto autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 y estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal durante ese Ejercicio Fiscal.

    I.5. El C. Lic. Javier Lozano Alarcón, Secretario del Ramo, cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de acuerdo con lo previsto por los artículos 1, 3, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

    I.6. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Avenida Anillo Periférico Sur, número 4271, Colonia Fuentes del Pedregal, Delegación Tlalpan, Código Postal 14149, México, Distrito Federal.

  2. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:

    2.1. Con fundamento en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 2° de la Constitución Política del Estado de Colima, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en lo que toca a su régimen interior sin más limitaciones que las expresamente establecidas en el Pacto Federal.

    2.2. El C. Lic. Jesús Silverio Cavazos Ceballos, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado, tiene plenas facultades para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 58 fracciones I, III y XL y 63 de la Constitución Política del Estado de Colima, y 15, 20, 21, 22 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima.

    2.3. Para los efectos procedentes manifiesta que tiene su domicilio en Palacio de Gobierno, entre Reforma e Hidalgo, Colonia Centro, Código Postal 28000, Colima, Colima.

    Expuestos los anteriores Antecedentes y Declaraciones, las partes están de acuerdo en celebrar el presente Convenio al tenor de las estipulaciones contenidas en las siguientes:

    CLÁUSULASPRIMERA.-

    El presente instrumento tiene por objeto fomentar la...

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