Convenio específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal y por la otra parte, el Estado Libre y Soberano de México

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO-AFASPE-EDOMEX/2016
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO
DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, POR UNA
PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN
ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR.
PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD,
ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE
LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA
VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL;
LA DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL
CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE
GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y
CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL
CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. IGNACIO
FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DELA
INFANCIA YLA ADOLESCENCIA;Y POR LA OTRA PARTE,EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO,
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POREL MTRO.
CÉSAR NOMAR GÓMEZ MONGE, SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO CON LA
PARTICIPACIÓN DE EL LIC. JOAQUÍN GUADALUPE CASTILLO TORRES, SECRETARIO DE FINANZAS Y
LA DRA. ELIZABETH DÁVILA CHÁVEZ, DIRECTORA GENERAL DEL ISEM, CONFORME A LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. Con fecha 08 de Diciembre del 2011, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el ACUERDO
MARCO DE COORDINACIÓN, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en
materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos
presupuestarios federales y/o insumos federales mediante la suscripción de los instrumentos
específicos correspondientes, para coordinar la participación de “LA ENTIDAD” con el Ejecutivo
Federal, en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en lo sucesivo “EL
ACUERDO MARCO”.
II. De conformidad con lo establecido en la cláusula segunda de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios
Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por el Secretario de Salud del Estado de México,
el Secretario de Finanzas y la Directora General del ISEM por parte de “LA ENTIDAD”, y por la
Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por sí misma, o asistida por los titulares de las
unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos, por parte de “LA
SECRETARÍA”.
III. La Secretaría de Salud plantea dentro de sus objetivos: la atención de los retos de la salud que enfrenta
el país, a los cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que
corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de sus objetivos, y destaca, en
materia de salud pública, el fortalecer e integrar las acciones de promoción de la salud, prevención y
control de enfermedades, las cuales se concretan en 36 Programas de Acción Específicos, en lo
sucesivo “LOS PROGRAMAS”.
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA LA SECRETARÍA”:
1. Que el Dr. Pablo Antonio Kuri Morales, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de
la Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio
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Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8 fracción XVI y 10 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la
cual se adjunta al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento.
2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le
corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción
de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de
ejecución, la coordinación, la dirección, la supervisión y la evaluación de aquellas políticas aprobadas
por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas
Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de
Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los
secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de
Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 2, Literal B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, Reglamento Interior de la Secretaría de Salud,
adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se
contienen en los artículos, 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros
nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de
Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la
Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2, Literal C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría
de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado
Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio
Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se
adjuntan al presente como parte del Anexo 1 del presente instrumento.
4. Que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las unidades
administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de
la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de
los Programas de Prevención y Promoción de la Salud; participar en el ámbito de sus respectivas
competencias en la instrumentación del Sistema de Protección Social en Salud; promover la
celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; establecer los
procedimientos para la instrumentación y operación de la Estrategia de Prevención y Promoción de la
Salud; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución
oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en “LOS PROGRAMAS”.
5. Que cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría
de Prevención y Promoción de la Salud cuentan con la disponibilidad presupuestaria correspondiente
para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.
6. Que para los efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle de
Lieja número 7, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de
México, Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD” :
1.
Que la Secretaría de Finanzas es una Dependencia del Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo establecido
en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 3 y 19 fracción
III, 23 y 24 fracciones XXVII, XXXI y LV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México y su titular fue designado por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, Doctor en
Derecho Eruviel Ávila Villegas, según consta en el nombramiento expedido en fecha 25 de Junio de
2015, por lo que cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio, en términos de los
artículos 40, 42 y 43 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios y 78 de su
Reglamento; 6 y 7 fracciones V y XL del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y demás
disposiciones aplicables.
2.
Que la Secretaría de Salud es una dependencia del poder Ejecutivo conforme a lo dispuesto por los
artículos 3, 19 fracción IV, 25 y 26 fracciones I, II y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración
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Pública del Estado de México, a quien compete conducir la política Estatal en materia de salud y su
Titular fue designado por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, Doctor en Derecho
Eruviel Ávila Villegas, según consta en el nombramiento expedido el 8 de diciembre de 2012, y cuenta
con facultades para suscribir el presente Convenio, en términos de los artículos 40, 42 y 43 de la Ley
de Planeación del Estado de México y Municipios y 78 de su Reglamento; artículo 6 fracciones II, XIII y
XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; así como de la Cláusula Segunda de “EL
ACUERDO MARCO” y demás disposiciones aplicables.
3.
Que el Instituto de Salud del Estado de México, es un Organismo Público Descentralizado con
personalidad jurídica y patrimonio propios, en términos del artículo 2.5 del Código Administrativo del
Estado de México a quien le compete la prestación de servicios de salud en la Entidad, y su Titular fue
designada por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, según consta en el
nombramiento expedido en fecha 16 de Diciembre de 2012, por lo que cuenta con facultades para
suscribir el presente Convenio, en términos de los artículos 294 fracciones VIII y IX del Reglamento de
Salud del Es tado de México, así como de la Cláusula Segunda de “EL ACUERDO MARCO” y demás
disposiciones aplicables.
4.
Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son
proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de
servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas
necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la
salud, de conformidad con lo establecido en el (los) artículo(s) 2.4, 2.5, 2.5bis y 2.16 del código
Administrativo del Estado de México y relativos, y en los artículos 1º, 3º, 9º y 13° de la Ley General de
Salud.
5.
Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el
ubicado en Avenida Independencia Oriente Número 1009 Colonia Reforma y Ferrocarriles Nacionales,
Toluca Estado de México, Código Postal 50070.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades federativas, con cargo a
cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito
de sus competencias, que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
Dichas ministraciones deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad,
selectividad y temporalidad que en ella se señalan, las partes celebran el presente Convenio Específico al tenor
de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico tiene por objeto ministrar recursos presupuestarios
federales e insumos federales a “LA ENTIDAD” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en
términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a “LA
ENTIDAD” la adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Prevención y
Promoción de la Salud.
En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se mencionan “LOS PROGRAMAS” en los que se aplicarán
tales recursos y en el Anexo 4 se precisan los Programas-Indicadores-Metas que sobre el particular asumen
“LA ENTIDAD” y “LA SECRETARÍA”.
La ministración de recursos federales que efectúe “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, realizará en recursos
presupuestarios federales e insumos federales, de acuerdo con la distribución siguiente:
No.
UNIDAD RESPONSABLE /
PROGRAMA DE ACCIÓN
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
(Pesos)
RECURSOS
PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS
FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD

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