Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos Teniendo como Objetivo la Construcción y Modernización de Carreteras en El Estado de Colima

Fecha de disposición16 Mayo 2009
Fecha de publicación16 Mayo 2009
SecciónSección General
Número de Gaceta20

DEL GOBIERNO FEDERALSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTESCONVENIODE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS TENIENDO COMO OBJETIVO LA CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CARRETERAS EN EL ESTADO DE COLIMA.

CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SCT," REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. LUIS TÉLLEZ KUENZLER, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, ING. OSCAR DE BUEN RICHKARDAY Y EL ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO SCT COLIMA, ING. ROGELIO SAHAGÚN ONTIVEROS, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA," REPRESENTADA POR EL LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL LIC. HÉCTOR MICHEL CAMARENA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; ING. HUGO ALEJANDRO VÁZQUEZ MONTES, SECRETARIO DE FINANZAS; ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y EL C.P. LUIS MARIO LEÓN LÓPEZ, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTESI. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el Artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo del convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  1. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B" de la SHCP mediante oficio número 312.A.-001292 de fecha 28 de diciembre de 2007 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "LA SCT" reasigne recursos a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.

    DECLARACIONESI. De "LA SCT":

    1. Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    3. Que su titular, el Dr. Luis Téllez Kuenzler tiene las facultades suficientes y necesarias que le permitan suscribir el presente convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4° del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Xola y Avenida Universidad s/n, Cuerpo "C", Primer Piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03028, México, D.F.

  2. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 58 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 3°, 19, 20, 21, 23 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima, este Convenio es también suscrito por los secretarios General de Gobierno, de Finanzas, de Desarrollo Urbano y por el de Administración.

    4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son construir y modernizar carreteras que permitan a Colima contar con una mejor y mayor comunicación con otras regiones, acercando los productos a los principales centros de consumo de acuerdo con el Plan Estatal de Desarrollo para el Estado de Colima, así como el Plan Carretero derivado de éste.

    5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio ubicado en Reforma e Hidalgo S/N, Colonia Centro, C.P. 28000, Colima, Col.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26, y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223,224,225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos y 58 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 2°, 3°, 15, 19, 20, 21, 23 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima;

    Segundo transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULASPRIMERA.- OBJETO.-

    El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de carreteras en el Estado de Colima; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe...

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