CONVENIO DE COORDINACI�N NO. CNCA/DGVC/CCOORD/00233/10 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES Y POR OTRA EL CONSEJO ESTATAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES DE NAYARIT

CNCA/DGVC/CCOORD/00233/10

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO

FEDERAL, POR CONDUCTO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES,

EN LO SUCESIVO “EL CONACULTA”, REPRESENTADO POR SU SECRETARIO EJECUTIVO

EL LIC. RAÚL ARENZANA OLVERA, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE

VINCULACIÓN EL LIC. ARTURO I. SAUCEDO GONZÁLEZ, Y POR LA OTRA EL CONSEJO

ESTATAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES DE NAYARIT, EN ADELANTE ‘’LA INSTANCIA

ESTATAL DE CULTURA’’ REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL PROF. SERGIO

EUGENIO GARCÍA PÉREZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO

D E C L A R A C I O N E S

I.

DECLARA “EL CONACULTA” QUE:

I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, de conformidad con los artículos 2, inciso B) fracción III y 46, fracción III del Reglamento Interior de dicha Secretaría, que ejerce las atribuciones que en materia de promoción y difusión de la cultura y las artes corresponden a la citada Secretaría, según se establece en el Decreto Presidencial, publicado el 7 de diciembre de 1988 en el Diario Oficial de la Federación.

I.2 El Programa Nacional de Cultura 2007-2012 establece entre sus líneas de acción prioritarias, la de fortalecer las instituciones culturales y poner al día la infraestructura cultural nacional, asimismo propone como uno de sus objetivos generales, rectores de todos los ejes y campos de la acción pública en la materia, el “impulsar una acción cultural de participación y corresponsabilidad nacionales”; mediante la coordinación de los esfuerzos y recursos institucionales de los tres será la conductora y promotora de este proceso.

I.3 El Lic. Raúl Arenzana Olvera cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento, lo que acredita con el testimonio de la Escritura Pública número 67,900, de fecha 26 de agosto de

Silla.

I.4 Tiene su domicilio para todos los efectos legales derivados del presente Convenio, ubicado en la calle de Arenal No. 40, Col. Chimalistac, C.P. 01070, Delegación Coyoacán, México, D.F.

II.

DECLARA ‘‘LA INSTANCIA ESTATAL DE CULTURA’’ QUE:

  1. 1 Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Nayarit, con personalidad jurídica y patrimonio propios, conforme al Decreto número 8355 de la XXVI Legislatura del Estado de

Nayarit, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 31 de octubre del año 2001, de acuerdo con el artículo 1º de la Ley de creación del Consejo Estatal para la Cultura y las Artes de Nayarit.

II.2 El Prof. Sergio Eugenio García Pérez, acredita su personalidad en términos del nombramiento expedido por la C. Secretaria General de Gobierno, Profa. Cora Cecilia Pinedo Alonso, de fecha 10 de diciembre de 2008 y; cuenta con facultades suficientes y necesarias para obligarse en los términos de...

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