Para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Especificaciones y Caracteristicas para la Construcción y Reconstrucción de Contenedores Cisterna Destinados al Transporte Multimodal de Materiales de las Clases 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

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Para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Especificaciones y Caracteristicas para la Construcción y Reconstrucción de Contenedores Cisterna Destinados al Transporte Multimodal de Materiales de las Clases 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

NORMA Oficial Mexicana NOM-032-SCT2/1995, Para el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. Especificaciones y características para la construcción y reconstrucción de contenedores cisterna destina dos al transporte multimodal de materiales de las clases 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Dirección General de Autotransporte Federal.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-032-SCT2/1995, PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS. "ESPECIFICACIONES Y CARACTERISTICAS PARA LA CONSTRUCCION Y RECONSTRUCCION DE CONTENEDORES CISTERNA DESTINADOS AL TRANSPORTE MULTIMODAL DE MATERIALES DE LAS CLASES 3, 4, 5, 6, 7, 8 Y 9"

DR. AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Adm inistración Pública Federal; 1o. y 38 fracción II, 40 fracciones XVI y XVII; 43 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o. y 6o. fracción XIII y 19 fracciones I, X y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 5o. fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 34, 35 y 36 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables, y

CONSIDERANDO

Que es necesario es tablecer las disposiciones generales para la construcción y reconstrucción de los contenedores cisterna destinados al transporte multimodal de los materiales de las clases 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, así como su aprobación, marcado y certificación para ofrecer mayor seguridad en las vías generales de comunicación y a sus usuarios.

Que habiéndose dado cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la expedición de normas oficiales mexicanas, el Subsecretario de Transporte ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-032-SCT2/1995, "ESPECIFICACIONES Y CARACTERISTICAS PARA LA CONSTRUCCION Y RECONSTRUCCION DE CONTENEDORES CISTERNA DESTINADOS AL TRANSPORTE MULTIMODAL DE MATERIALES DE LAS CLASES 3, 4, 5, 6, 7, 8 Y 9", que establece las especificaciones y características para la construcción y reconstrucción de contenedores cisterna destinados al transporte multimodal de materiales de las clases 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 1996.

Que como resultado de los trabajos para la implementación del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá, en el capítulo IX, "Medidas Relativas a Normalización" artículo 905, "Uso de Normas Internacionales" se señala que cada una de las partes utilizará como base para sus propias medidas, relativas a normalización, las normas internacionales pertinentes o de adopción inminente. En lo que a transporte de materiales peligrosos se refiere, se tomarán como fundamento las Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas para el Transporte de Substancias Peligrosas u otras normas que las partes acuerden.

Que durante el plazo de noventa días naturales, contado a partir de la fecha de la publicación del Proyecto de referencia de Norma Oficial Mexicana, los análisis a los que se refiere el artículo 45 del citado ordenamiento jurídico estuvieron a disposición del público para su consulta.

Que en el plazo señalado los interesados presentaron sus comentarios al Proyecto de Norma, los cuales fueron analizados en el citado Comité Consultivo Nacional de Normalización, integrándose al proyecto definitivo las modificaciones procedentes.

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Dire cción General de Autotransporte Federal, publicó el 23 de abril de 1997 en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos durante el plazo de los noventa días.

Que previa aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normaliza ción de Transporte Terrestre, he tenido a bien expedir la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-032-SCT2/1995, "ESPECIFICACIONES Y CARACTERISTICAS PARA LA CONSTRUCCION Y RECONSTRUCCION DE CONTENEDORES CISTERNA DESTINADOS AL

TRANSPORTE MULTIMODAL DE MATERIALES DE LAS CLASES 3, 4, 5, 6, 7, 8 Y 9" PREFACIO

En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

DIRECCION GENERAL DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL SECRETARIA DE GOBERNACION

DIRECCION GENERAL DE PROTECCION CIVIL

CENTRO NACIONAL DE PREVENCION DE DESASTRES SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGIA

PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE

SECRETARIA DE ENERGIA

COMISION NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS

FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO

DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

...

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