Decreto Número 259.- Por el que se autoriza al H. Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, México a concesionar una fracción de 40,589.02 metros cuadrados, que forman parte del Parque Acoatl, propiedad del municipio de Tlalnepantla de Baz, México, a favor de la persona física o jurídica colectiva que otorgue las mejores condiciones al municipio, para que en éste se habilite un Parque Ecológico Temático, por un término de veinte años

GACETA
COMISIÓN LEGISLATIVA DE
PATRIMONIO ESTATAL Y MUNICIPAL
PRESIDENTE
DIP. FIDEL ALMANZA MONROY
(RÚBRICA).
Página 6
I I de julio de 2014
SECRETARIO
PROSECRETARIO
DIP. SILVESTRE
DIP. ÓSCAR
GARCÍA MORENO
GONZÁLEZ YÁÑEZ
(RÚBRICA).
DIP. MARCO ANTONIO
DIP. FERNANDO
RODRÍGUEZ HURTADO
GARCÍA ENRÍQUEZ
(RÚBRICA).
(RÚBRICA).
DIP. GABRIEL
DIP. MARTHA ELVIA
OLVERA HERNÁNDEZ
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ
(RÚBRICA).
(RÚBRICA).
DIP. HÉCTOR
DIP. ARMANDO
PEDROZA JIMÉNEZ
CORONA RIVERA
(RÚBRICA).
(RÚBRICA).
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
LA H. "LVIII" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.
Se autoriza al H. Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, México, a concesionar una fracción de terreno de
90,589.02 metros cuadrados, del Parque Acoatl que tiene una superficie de 85,108.00 metros cuadrados, ubicado sobre la calle María de
la Luz Rul, sin número, proveniente del lote DIEZ A, del Rancho San José, ubicado en el pueblo de San Juan Ixhuatepec, hoy Colonia La
Presa, Municipio y Distrito de TIalnepantla, México, para la habilitación de un parque ecológico temático, a favor de la persona física o
jurídica olectiva que resulte ganadora de la Convocatoria Pública que lleve a cabo el H. Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, México.
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ARTÍC
procedi
r
LO TERCERO.
El H. Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, México, para otorgar la concesión, deberá de observar el
lento de licitación pública previsto en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios.
ARTÍCULO CUARTO.
Una vez concluido el término de la concesión, será devuelto al Ayuntamiento incluida la obra realizada en el
inmueble, instalaciones, infraestructura, equipamiento y accesorios, en condiciones óptimas de operación y conservación.
ARTÍC LO SEGUNDO.
La concesión será por un plazo de veinte años.

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