Codigo Municipal de San Jose de Gracia
CÓDIGO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE GRACIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 16 DE OCTUBRE DE 2023.
Código publicado en la Segunda Sección al Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 14 de diciembre de 2009.
C. ARMANDO RODRIGUEZ DOMINGUEZ, Presidente Municipal de San José de Gracia, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 115 Constitucional y en ejercicio de las facultades contenidas en los Artículos 16, 36 Fracción I y 38 Fracciones I y II de la ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; y las demás propias de su cargo, a los habitantes del Municipio de San José de Gracia hace saber que el Honorable Ayuntamiento ha tenido a bien aprobar y consecuentemente expedir el siguiente:
CÓDIGO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE GRACIA
RÉGIMEN MUNICIPAL
ASPECTOS PRELIMINARES DEL MUNICIPIO
Fundamento Legal y Objeto
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Establecer las normas generales básicas para lograr una mejor organización territorial;
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Garantizar la tranquilidad, seguridad y bienes de las mujeres y los hombres;
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Orientar las políticas de la administración pública del Municipio de San José de Gracia para una gestión eficiente del desarrollo político, económico, social y cultural de sus habitantes; y
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Establecer las bases para una delimitación clara y eficiente del ámbito de competencia de las autoridades municipales, que facilite las relaciones sociales en un marco de seguridad jurídica.
Las infracciones a este Cuerpo Jurídico, así como a los demás Reglamentos de observancia municipal serán sancionadas conforme a las disposiciones aplicables.
Del Municipio
El Municipio de San José de Gracia se rige por lo previsto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo dispuesto en la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, en las leyes en materia municipal que expida el Congreso, la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, en este Código, Reglamentos de observancia municipal, Circulares y demás disposiciones de observancia general que emita el H. Ayuntamiento dentro del ámbito de su competencia.
El Municipio goza de autonomía en lo concerniente a su régimen interior, contando con territorio, población y gobierno propios; está gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, no existiendo autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado de Aguascalientes.
De los Fines del Municipio
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Preservar la dignidad de la persona y, en consecuencia, las garantías individuales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizando la igualdad entre mujeres y hombres;
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Salvaguardar y garantizar la integridad territorial del Municipio;
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Garantizar la seguridad jurídica, con la observancia del marco normativo que rige al Municipio. Para tal efecto, deberá de aplicar las leyes de conformidad con el marco normativo del sistema jurídico mexicano, dentro del ámbito de su competencia, atendiendo al interés supremo de las familias, los menores y las mujeres, para garantizar a éstos una vida libre de violencia;
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Revisar y actualizar la reglamentación municipal, de acuerdo con las necesidades de la realidad social y económica;
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Satisfacer las necesidades colectivas de los vecinos y habitantes del Municipio, mediante la adecuada prestación de los servicios públicos que le correspondan;
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Promover y organizar la participación ciudadana, e incluir los resultados de la misma en el diseño, ejecución, instrumentación y evaluación de los planes y programas municipales;
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Promover el adecuado y ordenado desarrollo urbano de todos los centros de población del Municipio, mediante el diseño e implantación de los planes y programas correspondientes;
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Promover los medios para la aplicación de la justicia en el ámbito de su competencia;
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Salvaguardar y garantizar dentro del territorio municipal la seguridad y orden público, sin trato diferenciado por razones de género, buscando ante todo la igualdad entre mujeres y hombres;
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Promover e impulsar el desarrollo de las actividades económicas, agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales, artesanales y demás que se acuerde por parte del H. Ayuntamiento;
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Coadyuvar en la preservación de la ecología y a la protección y mejoramiento del medio ambiente del Municipio;
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Garantizar la salubridad e higiene pública;
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Promover e instrumentar la inscripción de los vecinos y habitantes al padrón municipal;
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Preservar y fomentar los valores cívicos, culturales y artísticos del Municipio, sin trato diferenciado por razones...
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