Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios
ALFONSO ABRAHAM SÁNCHEZ ANAYA, Gobernador del Estado, a sus habitantes sabed:
Que por conducto de la Secretaría del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente:
EL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA.
NUMERO 33
CÓDIGO FINANCIERO PARA EL ESTADO DE TLAXCALA Y SUS MUNICIPIOS
Las disposiciones de este código son de orden público e interés general, y tienen por objeto regular:
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La obtención, administración y aplicación de los ingresos públicos del Estado y sus municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias;
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La coordinación hacendaría entre el Estado y sus municipios;
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La planeación, programación y presupuestación con perspectiva de género;
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El registro, contabilidad y cuenta pública;
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Las infracciones y delitos contra las haciendas, estatal y municipal;
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Las sanciones, los procedimientos para imponerlas y los medios de impugnación, y
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Los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera, para un manejo sostenible de las finanzas públicas.
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Los lineamientos para la transversalidad de la perspectiva de género en las políticas públicas en los planes y programas vinculados al presente Código.
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Ayuntamientos: Los ayuntamientos de cada uno de los municipios del Estado de Tlaxcala;
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Balance presupuestario de recursos disponibles: la diferencia entre los Ingresos de libre disposición, incluidos en la Ley de Ingresos, más el Financiamiento Neto y los Gastos no etiquetados considerados en el Presupuesto de Egresos, con excepción de la amortización de la deuda;
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Balance Presupuestario Sostenible: cuando al final del...
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