Codigo de Etica Profesional de la Fiscalia General del Estado de Aguascalientes

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 23 de mayo de 2016.

ACUERDO 08/2016 DEL C. FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO.

Con fundamento en los artículos 21, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, 1°, 3°, fracciones IX, XX, XXII, XXIX, 4, fracciones I y II, y 6, párrafo primero, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes; 1°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 10, y 11, fracción IX, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes; y

C O N S I D E R A N D O:

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 109, fracción III, estatuye que se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones; así mismo, la Constitución Política de (sic) Estado de Aguascalientes en su artículo 73, párrafo tercero, establece que en el desempeño del empleo, cargo o comisión, deberán observarse los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia.

En tanto que el Plan Sexenal de Gobierno del Estado 2010-2016, en el punto 3, denominado Gobierno Eficiente, apartado A. Diagnóstico, establece como un reto de control gubernamental el enfoque al fortalecimiento de las acciones preventivas, la ampliación de procesos de rendición de cuentas y combate a la corrupción, a través del fomento y observancia de valores cívicos y ética de los funcionarios y servidores públicos.

Que la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes, en su artículo 3°, establece un catálogo de conductas éticas como parte del compromiso y obligación a que se deben los Servidores Públicos, entre ellas: conducirse de manera honesta; integridad en sus actos públicos; abstenerse de afectar o lesionar la dignidad de sus superiores jerárquicos así como la de sus subordinados o a la de la sociedad en general; conducirse con la verdad, sinceridad y franqueza en todos sus actos y expresiones que realicen en el ejercicio de sus funciones; el respeto a las buenas costumbres y los principios morales de la sociedad a la que se deben; y el ejercicio constante de las virtudes humanas como la probidad.

Aunado a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que los servidores públicos de la Fiscalía General deben observar en el ejercicio de sus funciones, es necesario dar a conocer aquellos valores y reglas claras de integridad que, por su importancia y al ser aceptados de manera general por la sociedad, se estima de vital importancia, deben ser intrínsecos al servicio público y por lo tanto, regir la actuación de los servidores públicos de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes.

Que el Estado promueve acciones para fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción; sin embargo, los verdaderos cambios se gestan a partir de que los servidores públicos de manera individual y en su conjunto, asumen una verdadera cultura ética y de servicio a la sociedad, convencidos de la dignidad e importancia de su tarea, por tanto con el objetivo de generar bienestar social y elevar la calidad en la atención, seguimiento y solución de las necesidades ciudadanas en materia de procuración de justicia, mediante la constante adecuación de los procesos y procedimientos con honradez, eficiencia y transparencia, he tenido a bien emitir el siguiente

A C U E R D O:

ÚNICO.- El presente Acuerdo tiene por objeto emitir el:

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

Los servidores públicos adscritos a la Fiscalía General del Estado, en el ejercicio de sus funciones, deberán regirse por los siguientes valores y principios:

  1. Bien Común.

  2. Integridad.

  3. Honradez.

    IV Imparcialidad.

    V Justicia.

  4. Transparencia.

  5. Honestidad.

  6. Generosidad.

  7. Igualdad.

  8. Respeto.

  9. Independencia

  10. Objetividad

  11. Confidencialidad

  12. Competencia Técnica y Profesional

  13. Prevención

  14. Legalidad

  15. Eficiencia

  16. Profesionalismo

  17. Lealtad

  18. Licitud

  19. Oportunidad

  20. Proporcionalidad

  21. Racionalidad

  22. Ética

  23. Rendición de Cuentas

  24. Integridad

  25. Esfuerzo

  26. Diligencia

  27. Racionalidad y Ahorro

  28. Equidad

  29. Cuidado y Dedicación

  30. Responsabilidad

  31. Brindar Orientación

  32. Dignidad

  33. Amabilidad y Cordialidad

  34. Apego a la Normatividad

  35. Sensibilidad

  36. Actualización y Formación

  37. Buena fe

  38. Prudencia

  39. Tolerancia

  40. Valor

  41. Veracidad

  42. Compromiso

  43. Obediencia y

  44. Colaboración

    El objetivo del presente Código es establecer un modelo de conducta de la institución que regule a sus servidores públicos, encaminado a la generación del bienestar social y elevar la calidad en la atención, seguimiento y solución de las necesidades ciudadanas en materia de procuración de justicia, mediante la constante adecuación de los procesos y procedimientos con honradez, eficiencia y transparencia.

    Asimismo, que los servidores públicos de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, cumplan con los requisitos y procedimientos de formación continua y especializada, de ingreso, de actualización, de profesionalización, de evaluación al desempeño para la permanencia, de ascenso, de estímulos y reconocimientos, con el objeto de aprobar los procesos de evaluación de control de confianza, contar con la certificación y registro actualizados (en caso de ser requeridos por el cargo).

    De igual forma, se postula como un objetivo primordial, que se cumpla con las obligaciones que les impongan las leyes respectivas, tales como no ausentarse sin causa justificada, no incurrir en actos u omisiones que afecten la prestación del servicio, cumplir con las órdenes de comisión, rotación y cambio de adscripción, para el Servicio Profesional de Carrera.

    Por lo antes expuesto, los servidores públicos adscritos a la Fiscalía General del Estado adquieren la obligación de dar vista e implementar los siguientes lineamientos para orientar la conducta en el desarrollo de sus obligaciones profesionales:

  45. CONOCIMIENTO Y APLICACIÓN DE LAS LEYES, NORMAS, CRITERIOS Y PRINCIPIOS DE LA CIENCIA Y TÉCNICAS ACTUALIZADAS.

    Compromiso: Es mi obligación conocer, respetar y hacer cumplir la Constitución, así como las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicable, los criterios y principios de la ciencia y técnicas actualizadas, particularmente la correspondiente a las funciones que desempeño. En aquellos casos no contemplados por la Ley o donde exista espacio para la interpretación, debo conducirme con criterios de ética, transparencia, rendición de cuentas e integridad, atendiendo a los valores inscritos en el presente Código de Ética.

    ACCIONES Y ABSTENCIONES

    1. Conoceré y aplicaré la ley y las normas reglamentarias y administrativas Y los criterios de la ciencia y técnicas actualizadas que regulan mi empleo, cargo o comisión.

    2. Actuaré conforme a los valores inscritos en el presente Código de Ética.

    3. Realizaré mi trabajo con estricto apego a la Ley y a las normas reglamentarias y administrativas, como a los criterios de la ciencia y técnicas actualizadas, promoviendo que mis compañeros lo hagan de la misma manera.

    4. Presentaré puntualmente y con veracidad, mi declaración patrimonial.

    5. Me apegaré con transparencia e integridad a las normas y procedimientos que se elaboren en la Fiscalía General del Estado, y no las aprovecharé ni interpretaré para buscar un beneficio personal, familiar o para beneficiar o perjudicar a un tercero.

    6. Me conduciré con objetividad e imparcialidad, por lo que en ningún momento buscaré aplicar la normatividad, criterios y principios de la ciencia, para obtener un beneficio personal o de algún familiar, así como para beneficiar o perjudicar a un tercero.

    7. Me abstendré de impulsar y elaborar normas y procedimientos, que propicien interpretaciones discrecionales que afecten el desempeño y la eficiencia de las unidades administrativas; que pretendan justificar mi trabajo o la creación de empleos, cargos o comisiones innecesarios para el cumplimiento de la misión de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes.

  46. EJERCICIO DEL CARGO PÚBLICO.

    Compromisos: Es mi obligación abstenerme de ejercer mi empleo, cargo o comisión para obtener beneficios personales o de tipo económico, privilegios, favores sexuales o de cualquier otra índole, con el propósito de beneficiar o perjudicar a terceros.

    ACCIONES Y ABSTENCIONES

    1. Actuaré siempre con transparencia, entendiéndola como un pacto de honestidad y honradez que realizan los servidores públicos con la ciudadanía.

    2. Orientaré mi trabajo en la búsqueda de la misión de la Fiscalía General del Estado, aportando el máximo de mi capacidad, conocimientos y esfuerzo sin esperar un beneficio ajeno al que me corresponde por Ley.

    3. Cumpliré de manera responsable con las obligaciones y facultades inherentes a mi empleo, cargo o comisión y el desempeño de mis funciones, lo haré dentro de los plazos y conforme a los procedimientos previstos en la normatividad aplicable.

    4. Atenderé con diligencia, respeto e imparcialidad a todas las personas que acudan a la Fiscalía General del Estado, sin considerar ningún tipo de presión y sin distinción por razones de sexo, edad, origen social o étnico, nacionalidad, preferencia sexual o afiliación política o religiosa.

    5. Respetaré el horario de...

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