Acuerdo que establece el Catálogo de Giros para el Desarrollo de Actividades Comerciales en Mercados Públicos de la Ciudad de México

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

ACUERDO QUE ESTABLECE EL CATÁLOGO DE GIROS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN MERCADOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Salomón Chertorivski Woldenberg, Secretario de Desarrollo Económico, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 15 fracción III, 16, fracción IV, 25 fracciones I, II, y XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 5º fracción I, 7º fracción III, inciso E) y 51 fracción V del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que a la Secretaría de Desarrollo Económico corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades económicas en los sectores industrial, comercial y de servicios, a través de la formulación de programas de abasto, comercialización y distribución de productos básicos para los Órganos Políticos Administrativos, así como normar y supervisar las operaciones y funcionamiento de los mercados públicos.

Que la Secretaría impulsa el desarrollo de los mercados públicos a través de la instrumentación de políticas y normas que tienden a modernizar las actividades comerciales, elevando la distribución del abasto, conservación y generación de empleos.

Que el artículo 48 del Reglamento de Mercados Públicos para el Distrito Federal, establece que los puestos se agruparan de acuerdo con las diferentes actividades mercantiles que se desarrollen, mientras que el lineamiento segundo fracción V, define como Giro, a la actividad comercial del local dentro de un Mercado Público, por ello para el fortalecimiento y modernización de los mercados públicos, es necesaria la actualización de la normatividad aplicable, a efecto de otorgar certeza jurídica a los comerciantes permanentes y consumidores, mediante la homologación de las actividades comerciales que se desarrollan, por lo cual tengo a bien expedir el siguiente:

ACUERDO QUE ESTABLECE EL CATÁLOGO DE GIROS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN MERCADOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Disposiciones Generales

1. El presente Catálogo de Giros para el desarrollo de actividades comerciales en mercados públicos, es de orden público, interés social y de observancia para las 16 Delegaciones del Distrito Federal, tiene por objeto establecer los giros para el desarrollo de actividades comerciales en mercados públicos, para satisfacer las necesidades actuales de las personas que viven en el Distrito Federal y busca incentivar el desarrollo económico, modernización y actualización de los artículos de primera necesidad principalmente.

2. El presente Catálogo de Giros, se sujetará a lo establecido en el lineamiento segundo del Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal, así como a las siguientes definiciones:

Actividad Comercial.- Proceso cuyo objetivo es hacer llegar bienes o productos, desde el productor al consumidor. Catálogo de Giros.- Listado de actividades comerciales a desarrollar en el local, puesto o espacio asignado dentro de un mercado público.

3. Para la autorización de cambio de giro y expedición de Cédula de Empadronamiento, las Delegaciones, deberán sujetarse a lo establecido en el presente Catálogo de Giros.

4. La Secretaría de Desarrollo Económico, será la dependencia facultada para dirimir cualquier asunto derivado de la interpretación del presente Catálogo de Giros.

5. Las Delegaciones podrán solicitar a la Secretaría de Desarrollo Económico, la adición de la actividad comercial que se considere necesaria, quien previa justificación, observando en todo momento, la certeza jurídica, modernización de los sistemas de abasto, oferta y demanda, mejorando las capacidades y competitividad de los comerciantes permanentes, emitirá análisis de factibilidad.

Dichas actividades comerciales serán adicionadas debiendo tomar en cuenta los siguientes criterios:

I. Infraestructura del local.

II. Saturación en un giro.

III. Satisfacción de la demanda.

IV. Zonificación del mercado.

V. Normas sanitarias vigentes.

VI. Opinión de los comerciantes que tengan autorizado el mismo giro.

Se deberá considerar además, la vocación del mercado, las características y que no se contravenga ninguna disposición normativa y económica vigente, asimismo se deberá respetar la distribución, el no acaparamiento o monopolización del giro y la libre competencia.

6. Para el Desarrollo de Actividades Comerciales en Mercados Públicos se establece el presente Catálogo de Giros.

CATÁLOGO DE GIROS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN MERCADOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Productos cárnicos y sus derivados.

No. Giro Actividad Producto

1 Carnicería

Venta de carne de res, carnero y ternera en crudo y sus derivados.

Carne de res, carnero y ternera.

2 Pescado y marisco.

Venta de especies del mar; en crudo por unidad o en partes.

Pescado y marisco de especies comestibles en crudo.

3 Pollería

Venta de ave de corral cruda por unidad o en partes.

Pollo, gallina, guajolote y pato entero, partido y vísceras.

4 Tocinería Venta de carne de puerco y

derivados. Manteca, chicharrón duro y prensado, longaniza y moronga.

5 Vísceras

Venta de vísceras de res, puerco, carnero, crudas o cocidas para venta en frío.

Vísceras de res, puerco y carnero crudas o cocidas para venta en frío.

Diversos tipos de carne considerada como exótica y que su venta y consumo no este expresamente prohibido por las leyes vigentes como: cabrito, conejo, borrego, jabalí, venado, búfalo, león, cocodrilo, víbora, coyote, lagarto, peje lagarto, avestruz, gallinas de guinea, tepezcuintles, armadillo, rana, zorrillo, iguana, caballo y jirafa, entre otros.

Productos, artículos diversos y actividades económicas.

No. Giro Actividad Producto

7 Productos de masa de maíz en frío

Venta de productos elaborados con masa de maíz.

Chalupas, huaraches, peneques, sopes, tlacoyos y tortillas sin preparar por pieza o docena.

8 Hielo y agua Venta de hielo y agua de

garrafón. Hielo raspado, en barra y cubos, agua purificada de garrafón.

6

Carne de animales exóticos permitidos por las leyes vigentes

Venta de carnes exóticas entero o en partes en crudo.

9 Mole y chiles secos.

Venta de pasta para elaboración de mole y chiles secos.

Mole, chile seco de diferentes especies, chile en polvo, chile güero, frutas secas y deshidratadas como; uva pasa, ciruela pasa, dátil, tamarindo, pulpa de...

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