Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial para La Dirección General de Seguridad Pública y Policía Vial del H. Ayuntamiento del Municipio de Tecomán
DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMÁN, COLIMA.
REGLAMENTODEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TECOMÁN.
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMAN, COL.
ACUERDO DE CABILDO MEDIANTE EL CUAL SE APROBO EL
DICTAMEN QUE PRESENTO LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTOS, Y LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PUBLICA, TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ESTE H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMÁN, COLIMA, RESPECTO AL PROYECTO DE REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TECOMÁN.
ING. HÉCTOR RAÚL VÁZQUEZ MONTES, Presidente Municipal de Tecomán, Colima a los habitantes del mismo, hace saber.
Proyecto de Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial para la Dirección General de Seguridad Pública y Policía Vial del H. Ayuntamiento del Municipio de Tecomán.
Que el H. Cabildo Constitucional de Tecomán, se ha servido dirigirme para su publicación y observancia el siguiente:
Que en el Acta No.78/2014, correspondiente a la VIGÉSIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA
de fecha 13 de Junio de 2014, el Honorable Cabildo aprobó por unanimidad de votos de los presentes, mismos que sumaron 12, el siguiente punto de acuerdo:
REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL PARA LA DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PUBLICA Y POLICIA VIAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DETECOMÁN, COLIMA.
ÍNDICETITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES
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REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA POLICIAL PARA LA DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PUBLICA Y POLICIA VIAL DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DETECOMÁN, COLIMA.
El presente Reglamento se expide de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 21 párrafo 9 y 10 inciso a), Artículo 115 fracciones II y VIII segundo párrafo; fracción XIII, del apartado B del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica artículos 73, 78 y 79; 87 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.
Los principios constitucionales rectores son: legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, a través de los cuales debe asegurarse el respeto a los derechos humanos, la certeza, objetividad, imparcialidad y eficiencia para salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos en los términos de la Ley.
El presente Reglamento es de carácter general, interés público y observancia obligatoria para los policías de la Dirección General de Seguridad Pública y Policía vial del Municipio de Tecomán, y tiene por objeto establecer las normas para la organización, desarrollo y funcionamiento del Servicio Profesional de Carrera a los Elementos Policiales pertenecientes a la Dirección General de Seguridad Pública y Policía vial del Municipio de Tecomán, estableciendo la Carrera Policial Homologada, como el elemento básico para la formación de sus integrantes, a la cual la Ley, le otorga el carácter de obligatoria y permanente a cargo de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, cuya coordinación se realizará a través del Servicio Nacional de Apoyo a la Carrera Policial, a cargo del Secretario Ejecutivo, de conformidad con la Ley y comprenderá los procedimientos a que éstos se refieren.
Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
-
Aspirante:
Persona que aspira a ocupar cargo dentro de la corporación.
-
Ayuntamiento:
El Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tecomán.
-
Cadete:
Persona que se encuentra cursando su formación inicial para formar parte de la corporación.
-
Catálogo:
El Catálogo de puestos de la Dirección General de Seguridad Pública y Policía vial del Municipio de Tecomán, Colima.
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Dirección y/o Corporación: a la Dirección General de Seguridad Pública y Policía vial del Municipio de Tecomán, Colima;
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Estado: a el Estado Libre y Soberano de Colima;
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Centro Estatal: al Centro de Control y Confianza del Estado de Colima;
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Centro Nacional de Información:
a la Dirección General del Centro Nacional de Información sobre Seguridad Pública del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
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Comisario: El Director General de Seguridad Pública y Policía Vial;
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Comisión:
Comisión del Servicio Profesional de Carrera, Honor y Justicia;
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Consejo Nacional:
al Consejo Nacional de Seguridad Pública;
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Consejo Estatal:
al Consejo Estatal de Seguridad Pública;
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Estado:
El Estado Libre y Soberano de Colima XIV. Instituto de Formación:
al Instituto de Formación Académica del Estado de Colima;
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Ley:
-
Ley Estatal:
Ley de Seguridad Pública del Estado de Colima XVII. Municipio: Municipio de Tecomán, Colima;
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Policía:
(s), al (los) Policía (s) Preventivo (s) de Carrera;
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Plaza de nueva creación:
La posición presupuestaria adicional al gasto regularizarle que respalda un puesto, solo puede ser ocupado por un servidor público a la vez, tiene una adscripción determinada y se crea cuando sea estrictamente indispensable, desde el punto de vista técnico y funcional, para la consecución de los objetivos institucionales del servicio operativo.
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Plaza vacante:
La posición presupuestaria incluida dentro del gasto regularizable que respalda un puesto que solo puede ser ocupado por un integrante del Servicio Profesional de Carrera Policial a la vez, con una adscripción determinada y que se encuentra desocupada por cualquier causal ordinaria o extraordinaria.
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Registro Nacional:
al Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública de la Dirección General del Centro Nacional de Información sobre Seguridad Pública del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
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Secretaría:
a la Secretaría General de Gobierno;
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Secretariado Ejecutivo:
al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
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Servicio:
al Servicio Profesional de Carrera Policial;
-
Sistema:
al Sistema Nacional de Seguridad Pública; y
Toda referencia al género masculino, incluyendo los cargos o...
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