Aviso por el que se determinan las características, especificaciones, cromática, rótulos y medios de identificación oficiales, que de manera obligatoria deberán incorporar a los vehículos que prestan el Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros 'Taxi' en el Distrito Federal
SECRETARIA DE MOVILIDAD
LICENCIADO RUFINO H LEÓN TOVAR, Secretario de Movilidad, con fundamento en los artículos 87, 115 fracción VI y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción IX, 16 fracción IV, 31 fracciones I, IV, VII y XXIII y Transitorios Tercero y Quintode la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 12, fracciones I, VI, XVI, XXVIII, XXIX, LVIII 55 fracción I, 56 fracción I, inciso c), 110 fracciones III, XXI y XXVy 115 fracción IX de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 1, 26 fracciones X y XVII y 95 Bis fracciones VI y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 33 fracciones V y XVIII y 79 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal;
AVISO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES, CROMÁTICA, RÓTULOS Y MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN OFICIALES, QUE DE MANERA OBLIGATORIA DEBERÁN INCORPORAR A LOS VEHÍCULOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS 2015TAXI2016 EN EL DISTRITO FEDERAL.
C O N S I D E R A N D O
Que el transporte público de pasajeros en el Distrito Federal es un servicio de interés público y de beneficio general, cuya facultad de proporcionarlo, en principio corresponde a la Administración Pública, pudiendo encomendar su prestación a los particulares mediante concesiones, sin que éstas constituyan derechos reales, preferentes, preexistentes o exclusivos para los concesionarios.
Que la Secretaría de Movilidad, tiene la facultad de dictar los acuerdos necesarios para la conservación, mantenimiento y renovación del parque vehicular destinado a la prestación del servicio de transporte público de pasajeros en el Distrito Federal; implantando para ello, las medidas necesarias a fin de mantener en buen estado la infraestructura utilizada para este propósito así como con los medios que permitan dar certeza a la ciudadanía sobre la identificación de las unidades.
Que el 2 de agosto del 2002 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Aviso por el que la Secretaría de Transportes y Vialidad dispone que los Concesionarios o Permisionarios del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi" Realicen la Sustitución de los Vehículos que se Destinan a dicho Servicio, Modelos 1992 y de Años Anteriores; mediante el cual se señalaban las características técnicas de las unidades.
Que el 12 de febrero de 2008 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Aviso a los Concesionarios del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi" para la Sustitución Obligatoria de los Vehículos que se Destinan a Dicho Servicio, Modelos 1998 y de Años Anteriores, mediante el cual se refieren las características técnicas de las unidades destinadas al servicio, vigentes hasta la publicación del presente Aviso.
Que dentro de las atribuciones conferidas a la Secretaría de Movilidad, está la de realizar todas las acciones necesarias para que los servicios públicos y privados de transporte de pasajeros y de carga, además de ser eficientes y eficaces, garanticen la seguridad de los usuarios, los derechos de los permisionarios y concesionarios y el cumplimiento de sus obligaciones;
Que los concesionarios y permisionarios del servicio de transporte público de pasajeros deberán cumplir con todas las disposiciones legales y administrativas en materia de movilidad; así como con las políticas y programas establecidos por la Secretaría; además de mantener los vehículos en buen estado general mecánico, eléctrico y de pintura, que para cada caso determine dicha Dependencia:
Que para garantizar la inmediata y precisa identificación de los vehículos con que se presta el Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi" en el Distrito Federal, y con ello dar certeza y seguridad a los usuarios y a la población en general, es necesario establecer una uniformidad de colores...
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