Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones.
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Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones.
SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
NORMA Oficial Mexicana NOM-070-SCFI-1994, Bebidas alcohólicas-Mezcal-Especificaciones. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.RAUL RAMOS TERCERO, Subsecretario de Normatividad y Servicios a la Industria y al Comercio Exterior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 39 fracción V, 40 fracción XV, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 6 fracción IX y XIII y 24 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; yCONSIDERANDOQue con fecha 17 de agosto de 1994, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-070-SCFI-1994, Bebidas Alcohólicas -Mezcal-Especificaciones;Que el día 28 de noviembre de 1994, fue publicada en el mismo medio informativo, la Resolución mediante la cual se otorga la protección prevista a la denominación de origen "Mezcal", para ser aplicada a la bebida del mismo nombre;Que el Proyecto de Norma en cuestión fue aprobado el día 28 de febrero de 1995 por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, condicionando su ...Ver el contenido completo de este documento
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