Avisos Judiciales

Página 10 11 de enero de 2017
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE EL ORO-ATLACOMULCO
E D I C T O
En los autos del expediente número 1554/2016, la señora
ANAYELI ORTEGA BALTAZAR, por su propio derecho,
promueve Procedimiento Judicial No Contencioso de
INFORMACIÓN DE DOMINIO respecto de un inmueble ubicado
en calle CERRO DE LAS CRUCES, SIN NUMERO, COLONIA
BONGONI, MUNICIPIO DE ATLACMUL, ESTADO DE
MÉXICO, cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE: 15.00
METROS Y LINDA CON LEONOR MARTINA REYNOSO PLATA;
AL SUR: 15.00 METROS Y LINDA CON MARTHA ESTRADA
ALFARO; AL ORIENTE: 8.00 METROS Y LINDA CON CALLE
CERRO DE LAS CRUCES; AL PONIENTE: 8.00 METROS Y
LINDA CON GENARO ORTEGA DELFINO. Con una superficie
aproximada de 120.00 METROS CUADRADOS (CIENTO
VEINTE) metros cuadrados. El Juez del conocimiento dictó auto
de fecha quince de diciembre de dos mil dieciséis, donde se
ordena publicar los edictos en GACETA DEL GOBIERNO y en un
periódico de esta Ciudad de mayor circulación por dos veces con
intervalos de por lo menos dos días, llamando por este conducto
a cualquier interesado que se crea con igual o mejor derecho
sobre dicho terreno, para que comparezca a deducirlo conforme a
derecho. Dado en la Ciudad de Atlacomulco, México, a seis de
enero de dos mil diecisiete.-DOY FE.
Validación del edicto. Acuerdo de fecha: quince de
Diciembre de dos mil dieciséis (2016).-Funcionario: Licenciado
SALOMON MARTINEZ JUAREZ.-Secretario de acuerdos.-
FIRMA.-RÚBRICA.
99.- 11 y 16 enero.
JUZGADO QUINCUAGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL
CIUDAD DE MEXICO
E D I C T O
SE CONVOCAN POSTORES.
SRIA. “A”.
EXP. NUM. 773/10.
- - En el Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por
BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., INSTITUCION DE
BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra
de MA. DEL CARMEN RAMIREZ MEDRANO quién también se
ostenta con el nombre de MARIA DEL CARMEN RAMIREZ
MEDRANO. Exp. No. 773/10, en cumplimiento a lo ordenado por
auto de fecha dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis, el C.
Juez Quincuagésimo Séptimo de lo Civil, ha señalado LAS DIEZ
HORAS DEL DIA DOS DE FEBRERO DEL DOS MIL
DIECISIETE, para que tenga verificativo la audiencia de remate
en PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble ubicado en: CASA
NUMERO 35, DEL CONJUNTO EN CONDOMINIO MARCADO
CON EL NUMERO 3, DE LA CALLE FELIPE ÁNGELES,
COLONIA SANTIAGO TEPALCAPA, ACTUALMENTE
FRANCISCO VILLA, C.P. 54760, MUNICIPIO DE CUAUTITLAN
IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, se señalan LAS DIEZ HORAS
DEL DIA DOS DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISIETE.-
Sirviendo como base para el remate la cantidad de $1'280,000.00
(UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS, 00/100
MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos
terceras partes de dicha cantidad.
PARA SU DEBIDA PUBLICACIÓN POR DOS VECES
DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN
SIETE DÍAS HÁBILES ENTRE LA ÚLTIMA Y LA FECHA DE
REMATE IGUAL PLAZO. EN LOS TABLEROS DE AVISOS DEL
JUZGADO.-SECRETARIA DE ACUERDOS “A” DEL JUZGADO
QUINCUAGÉSIMO SÉPTIMO CIVIL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, LIC. YOLANDA HERNÁNDEZ GARCÍA.-RÚBRICA.
101.- 11 y 23 enero.
JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE
PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
E D I C T O
MARCELINO VARGAS CUEVAS.
La C. MARCELA VARGAS CUEVAS por derecho propio,
promueve ante el Juzgado Primero de lo Civil del Distrito Judicial
de Texcoco, Estado de México, bajo el expediente número
196/2015 en la Vía Ordinaria Civil, reclamando acción
REIVINDICATORIA en contra de ALEJANDRO RUBÉN y
APOLONIO ambos de apellidos VARGAS CUEVAS, y
deduciendo como prestaciones, substancialmente, la declaración
de ser el legítimo propietario de una fracción de la parcela 97 Z1
P1/3 ubicada en la Colonia El Calvario, Acolman, perteneciente al
Municipio de Acolman, Distrito Judicial de Texcoco, Estado de
México, siendo que dicha fracción tiene una superficie total
aproximada de 1,287.00 metros cuadrados el cual cuenta con las
siguientes medidas y colindancias: al Noreste: 18.87 metros y
linda con Marcelino Vargas Cuevas, Fracción E; al Noroeste:
67.17 metros y linda con parcela 96, al Suroeste: 19.46 metros y
linda con Norma Vargas Cuevas; al Sureste: 67.17 metros y linda
con privada particular; así como la desocupación y entrega de
una fracción a su favor; pago de daños y perjuicios, y pago de
gastos y costas, y funda las mismas esencialmente en los
siguientes hechos, que el doce de febrero de dos mil trece,
adquirió mediante contrato de cesión de derechos con
WENCESLAO VARGAS CUEVAS el inmueble, que en el contrato
firmaron como testigos dando fe de dicho acto NORMA VARGAS
CUEVAS y ADELINA GARCÍA SÁNCHEZ, que al momento que
celebraron el contrato le realizaron la entrega de una copia del
título de propiedad a su favor y como se establece en la cláusula
dos del contrato le fue entregada la posesión, a su vez los
demandados al contestar la demanda, negaron el derecho de la
actora para demandarles en la forma en que lo hace, y a su vez
reconvinieron la nulidad absoluta del contrato de cesión de
derechos fechado el doce de febrero de dos mil trece, celebrado
entre MARCELA VARGAS CUEVAS y WENCESLAO VARGAS
CUEVAS como cedente y cesionaria; la nulidad de todo lo
actuado en el expediente 1176/2014 relativas al Juicio Ordinario
Civil sobre Otorgamiento y Firma de Escritura Pública tramitado
ante el Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Texcoco, Estado de México; así como cualquier acto
administrativo con motivo de la ejecutoria de mérito (sic); la
cancelación de todos y cada uno de los actos notariales y
administrativos que haya verificado MARCELA VARGAS
CUEVAS con motivo de la celebración del acto contractual, como
trámites ante Tesorería Municipal, Catastro del Municipio de
Acolman, Estado de México y la propia Notaria para tirar la
escritura, así como pago de gastos y costas, fundándose en que
por escrito presentado el 17 de enero de dos mil seis ante el
Tribunal Unitario Agrario del Distrito veintitrés con residencia en
Texcoco, Estado de México, SALVADOR VARGAS CUEVAS
inició acción de Reconocimiento de Derechos Sucesorios de su
finado progenitor MARCELINO VARGAS RIVERO con relación a
los derechos parcelarios números 395797 (parcela 97 Z1 P1/3) y
395798 (parcela 69 Z1 P1/3), del Ejido de El Calvario, Municipio
de Acolman, Estado de México, bajo el expediente 40/2006,
notificándose a los herederos ELIA, ROGELIO, WENCESLAO,
MARCELINO, NORMA, MARCELA y ARTEMIO de apellidos
VARGAS CUEVAS, además del Ejido del Calvario, Acolman,
Estado de México, sustanciándose el Procedimiento Sucesorio en
Vía Contenciosa, siendo que WENSESLAO, MARCELINO,
NORMA, MARCELA y ARTEMIO de apellidos VARGAS CUEVAS
reconvinieron el reconocimiento de haber adquirido(sic) las

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