Avisos Judiciales

Página 4 15 de noviembre de 2016
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO SEXAGESIMO OCTAVO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
CIUDAD DE MÉXICO, A 7 DE OCTUBRE DEL 2016.
SE CONVOCAN PASTORES.
REMATE EN PRIMERA ALMONEDA.
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A.
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO
BANORTE en contra de EUNICE HUERTA ESCAMILLA
expediente número 1666/2011, la C. JUEZ SEXAGÉSIMO
OCTAVO CIVIL, dicto el siguiente auto. -----------------------------------
-----Ciudad de México, a diecinueve de septiembre del año dos
mil dieciséis.
- - - A sus autos el escrito de la parte actora por conducto
de su Apoderada, Licenciado MARÍA DEL CARMEN ORTEGA
ZALDIVAR, por hechas las manifestaciones que hace, como lo
solicita y visto el estado procesal que guardan los autos, como lo
solicita, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE
NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS para que tenga verificativo
la audiencia de remate en Primera Almoneda, respecto del
inmueble ubicado en CASA O UNIDAD PRIVATIVA NÚMERO 12
CONDOMINIO 4 RESULTANTE DE LA LOTIFICACIÓN DEL
LOTE 2 P OBLADO DE GUADALUPE VICTORIA, UBICADO EN
CALLE MILPA ALTA CATASTRALMENTE IDENTIFICADO
COMO CALLE MILPA ALTA SIN NÚMERO ACTUALMENTE
CALLE PROGRESO ENTRA LA CALLE PROGRESO Y
PIRULES VIVIENDA CASA Ó UNIDAD PRIVATIVA 12 COLONIA
LA JOYA MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO
DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 72.02 METROS
CUADRADOS, debiéndose convocar postores mediante edictos
que deberán publicarse en el Tablero de avisos de este Juzgado
así como en los la Tesorería de la Ciudad de México, en el
periódico “EN EL UNIVERSAL” ,debiendo mediar entre la primera
y segunda publicación siete días hábiles, así como entre la
segunda y la fecha de rem ate igual plazo; sirviendo de base para
el remate la cantidad de $870,000.00 (OCHOCIENTOS
SETENTA MIL PESOS 00/100 Moneda Nacional), siendo
postura legal la cubra que las dos terceras partes de dicha
cantidad, y toda vez que el inmueble se encuentra fuera de esta
jurisdicción y atendiendo a lo dispuesto por el artículo 572 del
Código de Procedimientos Civiles, gírese atento exhorto con los
insertos necesarios al C. Juez Civil competente en el Municipio de
Ecatepec de Morelos, Estado de México, para que en auxilio de
las labores de este Juzgado se sirva hacer las publicaciones de
los edictos ordenados en uno de los periódicos de mayor
circulación de aquella entidad, en los sitios de costumbre y en las
puertas del Juzgado exhortado, facultándolo al Juez para que
practique cuantas diligencias sean necesarias, y acuerde todo
tipo de promociones tendientes a darle cumplimiento a este
proveído, girar oficios, expida copias certificadas, asimismo, se
tienen por autorizadas a las personas que menciona para los
efectos que precisa, inclusive obtener la devolución del exhorto,
sin perjuicio de las autorizaciones realizadas con anterioridad,
concediéndose un plazo de TREINTA DÍAS para diligenciar el
exhorto, contados a partir del día siguiente a la recepción del
mismo por la parte interesada, por lo que una vez que la parte
actora cuente con las fechas de las publicaciones, nos las haga
saber a este Juzgado, para estar en posibilidades de fijarlos en
los tableros de avisos del Juzgado, en el entendido de que para
formar parte en la subasta deberán los licitadores consignar
previamente en el establecimiento de crédito destinado al efecto
por la ley, una cantidad igual por lo menos al diez por ciento
efectivo del valor de los bienes, que sirva de base para el remate,
sin cuyo requisito no serán admitidos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 574 del Código de Procedimientos
Civiles.- NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma la C. Juez Marta
Alicia Cuevas Nava, ante su Secretario de Acuerdos Licenciado
Saúl Casillas Salazar, quien autoriza y da fe. Doy Fe.-----------------
---------------Ciudad de México, a treinta de septiembre del año dos
mil dieciséis.-----------------------------------------------------------------------
- - - Por practicada la certificación que antecede y. visto el
escrito de la persona moral actora por conducto de su apoderada
MARÍA DEL CARMEN ORTEGA ZALDÍVAR; en atención a sus
manifestaciones y, toda vez que, en proveído de fecha diecinueve
de septiembre de dos mil dieciséis, en su parte conducente por
error se dijo:” “…DEL LOTE 2…”; cuando lo correcto es Lote 4, en
consecuencia y con f undamento en el numeral 272-G del Código
de Procedimientos Civiles, se aclara dicho proveído en su parte
conducente para quedar en los siguientes términos:” “…DEL
LOTE 4…”; permaneciendo los demás intocado, aclaración que
se formula a efecto de evitar futuras nulidades, para todos los
efectos legales a que haya lugar y, que deberá formar parte
integrante del proveído en mención.- Notifíquese.- Lo proveyó y
firma la C. Juez Sexagésimo Octavo de lo Civil, Lic. Marta Alicia
Cuevas Nava ante su C. Secretario de Acuerdos “B”, Lic. Saúl
Casillas Salazar que autoriza y da fe.- Doy fe.--------------------------
-------------.-EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. SAÚL
CASILLAS SALAZAR.-RÚBRICA. 4978.- 3 y 15 noviembre.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
E D I C T O
EMPLAZAMIENTO A: MA. GRACIELA CRUZ LÓPEZ.
En el expediente número 413/2015, relativo al juicio
ORDINARIO CIVIL, PROMOVIDO POR MARIA DEL CARMEN
CRUZ LÓPEZ EN CONTRA DE MA. GRACIELA CRUZ LÓPEZ
de quien demanda las siguientes PRESTACIONES: A).- LA
NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO PRIVADO DE COMPRA
VENTA DE FECHA DOCE DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y DOS; B).- COMO CONSECUENCIA DE LA
NULIDAD DEL CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA
ANTES REFERIDO, LA NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO
PRIVADO DE COMPRA VENTA DE FECHA VEINTIUNO DE
AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES; C).-
COMO CONSECUENCIA DE LOS DOS ANTERIORES LA
NULIDAD DE LA INSCRIPCIÓN QUE ANTE CATASTRO
MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE TOLUCA, ESTADO DE
MÉXICO, INDEBIDA E ILEGALMENTE REALIZO LA
DEMANDADA DE LOS PREDIOS DE MI PROPIEDAD, CUYA
INSCRIPCIÓN CONSTA ANTE DOCHA DEPENDENCIA BAJO
LA CLAVE CATASTRAL 1010830070000000; D).- EL PAGO DE
GASTOS Y COSTAS QUE EL PRESENTE JUICIO ORIGINE
HASTA SU TOTAL CULMINACIÓN.
Y toda vez que de los informes que rindieron las
Autoridades Correspondientes, se advierte que no fue posible
lograr la localización del domicilio de MA. GRACIELA CRUZ
LÓPEZ; Por consiguiente hágase el emplazamiento mediante
edictos que se publicarán en el Periódico Oficial GACETA DEL
GOBIERNO, en un periódico de mayor circulación en esta ciudad
y en el boletín Judicial, mismos que deberán contener una
relación sucinta de la demanda, y deberán publicarse por tres
veces de siete en siete días, debiéndose fijar además en la puerta
de este Tribunal una copia íntegra de la presente resolución; todo
lo anterior con el objeto de que el demandado c omparezca a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día
hábil siguiente al en que surta efectos la publicación del último
edicto, a dar c ontestación a la demanda Instaurada en su contra,
con el apercibimiento que de no hacerlo s e seguirá el presente
juicio en su rebeldía. DOY FE.
Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación
diecisiete de octubre de dos mil dieciséis.- Secretario de
Acuerdos, LICENCIADA CLAUDIA MARIA VELAZQUEZ TAPIA. -
RÚBRICA. 4842.- 25 octubre, 4 y 15 noviembre.

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