Avisos Judiciales

Página 38 7 de noviembre de 2016
A V I S O S J U D I C I A L E S
JUZGADO SEXAGESIMO QUINTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por PROYECTOS ADAMANTINE S.A. DE C.V.,
SOFOM, E.R., en contra de ANTONIO LEÓN RODRÍGUEZ,
expediente 46/12, EL C. JUEZ SEXAGÉSIMO QUINTO DE LO
CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, por auto DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DÍA DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL
AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de
REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA del bien inmueble ubicado
en: DEPARTAMENTO NUMERO DOS, DEL CONDOMINIO
UBICADO EN LA CALLE DE PETUNIAS, NUMERO OFICIAL 28,
LOTE 18, DE LA MANZANA 12, DEL CONJUNTO
DENOMINADO "JARDINES DE LA CAÑADA", MUNICIPIO DE
TULTITLAN, ESTADO DE MEXICO, sirviendo como base para el
remate la cantidad de $385,000.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y
CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo y es postura
legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad, con
una rebaja del veinte por ciento.-LA C. SECRETARIA DE
ACUERDOS “B”, LIC. WENDY FLORES RIZO.-RÚBRICA.
4831.-25 octubre y 7 noviembre.
JUZGADO CUADRAGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
En los autos del expediente número 692/2005 relativo al
Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por PROYECTOS
ADAMANTINE, S.A. DE C.V. SOFOM E.N.R. en contra de
ARTURO CHÁVEZ DUEÑAS Y LILLIAN NOEMÍ ROJAS ORTIZ,
la C. Juez Cuadragésimo Séptimo de lo Civil de la Ciudad de
México Maestra Griselda Martínez Ledesma, por autos del
ONCE, DIECIOCHO DE AGOSTO Y PRIMERO DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS.- con fundamento en el
artículo 582 del Código de Procesal Civil, señaló las DIEZ
HORAS DEL DÍA DIECISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
DIECISÉIS para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE
REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA respecto del bien inmueble
hipotecado consistente en el DEPARTAMENTO NÚMERO UNO
DEL CONDOMINIO UBICADO EN LA CALLE DE VIOLETAS
NÚMERO OFICIAL VEINTE, LOTE NÚMERO DOS DE LA
MANZANA VEINTICUATRO, DEL CONJUNTO DENOMINADO
“JARDINES DE LA CAÑADA”, DEL MUNICIPIO DE TULTITLÁN,
ESTADO DE MÉXICO, sirviendo de base para el remate la
cantidad de CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL
SEISCIENTOS SESENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL,
precio más alto obtenido de la actualización de los avalúos, con
rebaja del veinte por ciento por tratarse de segunda almoneda y
siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes sobre la
tasación respectiva, con tal de que la parte de contado sea
suficiente para pagar el crédito o créditos que han sido objeto del
juicio y las costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo
573 del Código de Procedimientos Civiles, debiéndose de
convocar postores mediante edictos que deberán de ser
publicados en los tableros de avisos de este Juzgado y en los de
la Tesorería de la Ciudad de México y en el periódico “LA
JORNADA”, por dos veces, debiendo mediar entre una y otra
publicación siete días hábiles y entre la última y la audiencia de
remate igual plazo. Toda vez que el inmueble se encuentra fuera
de la jurisdicción de este Juzgado, gírese atento exhorto con los
insertos necesarios al JUEZ CIVIL COMPETENTE EN
TULTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO, para que en auxilio de las
labores de este Juzgado y de no haber inconveniente legal
alguno se sirva ordenar se fijen los edictos en los tableros de
avisos de ese Juzgado y en los lugares de costumbre que su
Legislación lo decrete, en la inteligencia de que los oficios y
exhorto deberán ser firmados por la Secretaria Conciliadora
adscrita a este Juzgado en términos de los Acuerdos 36-48/2012,
50-09/2013 y 18-42/2013 emitidos por el Consejo de la Judicatura
del Distrito Federal, publicados en el Boletín Judicial el treinta de
noviembre de dos mil doce, veintiocho de febrero y treinta de
septiembre, estos dos últimos de dos mil trece, por lo que queda
obligada dicha funcionaria poner a disposición de la parte
interesada los oficios y el exhorto referido dentro del plazo de
Ley. CONSTE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -.-EL C.
SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LIC. ROGELIO SAMPERIO
ZAVALA.-RÚBRICA. 4815.- 25 octubre y 7 noviembre.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-NAUCALPAN DE JUAREZ
E D I C T O
Personas a emplazar: CUAUHTEMOC ALVAREZ MENDEZ Y
RICARDO STREVELER ROCHE.
Que en los autos del expediente 538/2013-2, Juicio
ORDINARIO CIVIL, promovido por JOE HAMUI SHABOT en
contra de CUAUHTEMOC ALVAREZ MÉNDEZ y RICARDO
STREVELER ROCHE: mediante auto de fecha catorce de julio de
dos mil dieciséis se ordenó la publicación del siguiente edicto:
Con fundamento en los dispuesto por el artículo 1.181 del
Código de Procedimientos Civiles, emplácese por medio de
edictos a CUAUHTEMOC ALVAREZ MENDEZ Y RICARDO
STREVELER ROCHE ordenándose la publicación por tr es veces
de siete en siete días en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO
del Estado de México, en el periódico de mayor circulación en
donde se haga la citación y en el Boletín Judicial, haciéndole
saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días
contados a partir del siguiente al de la última publicación a dar
contestación a la demanda instaurada en su contra,
apercibiéndole que de no comparecer por sí, por apoderado o por
gestor que pueda representarlos se seguirá el juicio en su
rebeldía, haciéndole las posteriores notificaciones por lista y
Boletín Judicial, fíjese además en la puerta del Tribunal una copia
íntegra del proveído por todo el tiempo del emplazamiento.
Relación sucinta de la demanda: PRESTACIONES: A) El pago de
la cantidad de $292,871.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS
MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 00/100 M.N) por
concepto de pensiones rentísticas y no pagadas B).- El pago de
la cantidad de $8,710.00 (OCHO MIL SETECIENTOS DIEZ
PESOS 00/100 M.N), por concepto del adeudo de los derechos
de suministro de GAS, del inmueble arrendado, correspondiente
al período del 21 de Marzo al 27 de Mayo del año 2012. C) El
pago de la cantidad de $63,263.00 (SESENTA Y TRES MIL
DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N), por
concepto del adeudo por servicio de suministro de ENERGÍA
ELÉCTRICA, correspondiente al periodo de 1° de diciembre del
año 2008 al 1° de Julio 2013, D) El pago de la cantidad de
$53,327.99 (CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
VEINTISIETE PESOS 99/100 M.N), por concepto del adeudo por
servicio de suministro de AGUA, correspondiente a la mitad de 6°
bimestre del año 2008 (diciembre 2008), y del 1° bimestre del año
2009 al 3er bimestre del año 2013, E) El pago de la pena
convencional consistente en la cantidad de $8,000.00 (OCHO MIL
PESOS 00/100 M.N.), por el incumplimiento de pagar la renta
pactada, F) El pago de la cantidad de $10,000.00 (DIEZ MIL
PESOS 00/100 M.N), por concepto de daños y perjuicios que el
inquilino a generado al suscrito por el incumplimiento en el pago
de los servicios. G) El pago de los gastos y costas que el
presente juicio origina.
Se expide para su publicación a los veintiséis días de
agosto del dos mi dieciséis.-Doy fe.- VALIDACION.- auto que
ordena la publicación de edictos, catorce de julio de dos mil
dieciséis. Expedidos a los veintiséis días del mes de agosto del
dos mil dieciséis.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADA
ESMERALDA OCAMPO SOTELO.-RÚBRICA.
4830.-25 octubre, 7 y 16 noviembre.

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