Avisos Judiciales

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ID EL GOBIERNO
2 de septiembre de 2015
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE LERMA
EDICTO
EXPEDIENTE: 825/2015.
A QUIEN SE CREA CON IGUAL O MEJOR DERECHO.
Se hace saber, en el expediente 825/2015, que se tramita
en este Juzgado JUANA EMILIANA GIL ESCALANTE por su
propio derecho, promueve en la vía de Procedimiento Judicial no
Contencioso, Información de Dominio, respecto del inmueble
ubicado en la calle Calzada Libertad sin número, Barrio El Arenal,
Villa Cuauhtémoc, Otzolotepec, Estado de México, con las
siguientes medidas y colindancias: al norte: 75.20 m con
Guadalupe Ramírez Ambriz; al sur: 75.20 m con camino privado;
al
oriente: 12.78 rn con arroyo y camino; al poniente: 12.78 m con
Elpidio Adrián Esquivel Guerrero. Terreno con una superficie
aproximada de 961.05 m2. (novecientos sesenta y uno punto
cinco metros cuadrados).
Que desde que celebró contrato privado de compraventa
él ha estado en posesión pública, pacífica, continua, de buena fe
y a titulo de propietario. Lo que se hace saber a quién se crea con
mayor o igual derecho a fin de que comparezcan ante este
Tribunal a deducirlo en términos de Ley. Se expide para su
publicación por dos intervalos de por lo menos dos días en el
Periódico Oficial "GACETA DEL GOBIERNO" y en otro periódico
de circulación diaria. Dado en Lerma de Villada a los veinticinco
días del mes de agosto del dos mil quince.- Doy fe.- Fecha del
acuerdo que lo ordena diecinueve de agosto del dos mil quince.-
Primer Secretario del Juzgado Tercero Civil de Lerma de Villada,
México, Lic. Alondra Ivett de la O González.- Rúbrica.
3946.- 28 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO PRIMERO MERCANTIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS,
MEXICO
EDICTO
SE CONVOCA POSTORES.
Por medio del presente se hace saber a todas las
personas que en este Juzgado se tramita el expediente número
896/2012, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por
JORGE FRAGOSO RAMIREZ y ROSA ERIKA HERRERA SOLIS
en contra de sucesión de CRISTOBAL MARTINEZ RIVAS, a
través de su albacea IRMA XOCHITL MARTINEZ RIVAS y ROSA
ELVIA CASTAÑEDA MARTINEZ y se señalaron las catorce horas
del día diecisiete de septiembre del dos mil quince, para que
lenge verificativo la primera almoneda de remate, respecto del
bien inmueble embargado en autos ubicado en calle de Lázaro
Cárdenas, número treinta y ocho (38), lote diecisiete (17),
manzana cuarenta y ocho (48), en el pueblo de San Juan de
Aragón, en México, Distrito Federal, sirviendo como base la
cantidad de $6'274,000.00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS
SETENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad en la
que fuera valuado. Siendo postura legal la que cubra las dos
terceras partes del precio fijado al inmueble embargado.
Para su publicación por tres veces dentro de nueve días
en un periódico de circulación amplia en esta Entidad Federativa,
Boletín Judicial, GACETA
DEL GOBIERNO
y en la tabla de
avisos de este Juzgado, debiéndose mediar un término no menor
de cinco días entre la última publicación del edicto y la
almoneda.-Ecatepec, Estado de México, cinco de agosto del año
dos mil quince.-Doy fe.-La Segunda Secretario de Acuerdos, Lic.
María del Carmen Hernández Mendoza.-Rúbrica.
3834.-21, 27 aciosto y 2 septiembre.
JUZGADO QUINTO DE LO FAMILIAR
DISTRITO DE TLALNEPANTLA - ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EDICTO
En los autos del expediente JOF. 699/2014, relativo al
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE DIVORCIO INCAUSADO,
solicitado por JESSICA PROA SÁNCHEZ solicitando de
HERIBERTO HERNÁNDEZ TREJO. La Juez del conocimiento
ordenó la notificación del cónyuge citado por medio de edictos,
solicitando las siguientes prestaciones: 1. La disolución del
vínculo matrimonial que une al C. JESSICA PROA SÁNCHEZ con
el C. HERIBERTO HERNÁNDEZ TREJO. Ordenando su
publicación por tres veces de siete en siete días en el Periódico
Oficial "GACETA DEL GOBIERNO", en otro de mayor circulación
en la población donde se haga la citación y en el Boletín Judicial,
haciéndole saber que debe presentarse dentro del plazo de
TREINTA DÍAS contados a partir de siguiente al de la última
publicación, se pronuncie sobre la solicitud, la propuesta de
convenio, medidas provisionales y acompañe la documentación
que considere pertinente. Deberá fijarse además en la puerta de
éste Tribunal una copia íntegra de la presente resolución por todo
el tiempo que dure el emplazamiento. Haciendo del conocimiento
al cónyuge citado, que en la primera audiencia de avenencia que
para tal efecto se señalen antes de los quince días siguientes a la
notificación del presente auto, tendrá como finalidad el conciliar a
las partes y exhortarlos para que reconsideren la solicitud de
divorcio. Y que para el caso de haberse obtenido conciliación, se
citará a una segunda audiencia de avenencia, con el mismo
propósito que la anterior, en la que además se escuchará sobre la
propuesta del convenio, y en su caso, se modificarán o
adicionarán las cláusulas del mismo a petición de parte
interesada, debiendo notificar lo señalado con la debida
anticipación, a la audiencia con la finalidad de que se pueda
desahogar a la vista correspondiente, haciéndole las posteriores
notificaciones por lista y Boletín.
Se expiden a los siete días del mes de Agosto del año
dos mil quince.- Mediante auto de veintiocho de julio del año dos
mil quince se ordenó la publicación del presente edicto.- DOY
FE.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. EUGENIO VALDEZ
MOLINA.- RÚBRICA.
1639-A1.- 13, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-IXTAPALUCA
EDICTO
UNIDAD DEPORTIVA RESIDENCIAL ACOZAC SOCIEDAD
ANONIMA.
En el expediente marcado con el número 117/2008,
GABRIEL SIGLER ROJAS, ante el Juzgado Segundo Civil de
Primera Instancia del Distrito Judicial de Chalco, con residencia
en Ixtapaluca, Estado de México, en la vía Ordinaria Civil,
demando de UNIDAD DEPORTIVA RESIDENCIAL ACOZAC,
S.A., SCOTIABANK INVERLAT, SOCIEDAD ANONIMA, ANTES
BANCO COMERCIAL MEXICANO SOCIEDAD ANONIMA,
HUMBERTO OROPEZA SANCHEZ y ALMA ROSA ESCOTO
ALARCON, las siguientes prestaciones: A). Que se declare por
sentencia firme que el suscrito GABRIEL SIGLER ROJAS, me he
convertido en propietario, por haber operado en mi favor la
prescripción adquisitiva del lote de terreno 101, de la manzana
01, del Fraccionamiento Unidad Deportiva Residencial Acozac,
Municipio de Ixtapaluca, Estado de México. B). Se ordene que la
sentencia que se sirva dictar su Señoría en el presente juicio, se
inscriba en el Registro Público de la Propiedad, atento a lo
dispuesto por el artículo 933 del Código Civil procedente al que
actualmente está en vigor.

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