Avisos Judiciales

20 de agosto de 2014
GACETA
UD E L GOBIER
NO
Página 31
TERCERO.-
Se deja sin efectos el Reglamento Interior del COCOE aprobado el 23 de marzo de 2011.
CUARTO.-
Las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación del presente Reglamento, así como lo no
previsto en el mismo, será resuelto por la Secretaría de la Contraloría.
Aprobado por la H. Junta Directiva del Tecnológico de Estudios Superiores de Jocotitlán mediante acuerdo número
TJo/088/012/14 de la LXXXVIII sesión ordinaria, celebrada en Jocotitlán, Estado de México el día 11 de julio del 2014.
LIC. JOSÉ LUIS GUILLERMO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ.
DIRECTOR GENERAL.
(RÚBRICA).
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE
PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
EN EL EXPEDIENTE 451/2014, HUGO ALEJANDRO
BARAJAS DUEÑAS, PROMUEVE EL PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO, DILIGENCIAS DE
INFORMACION DE DOMINIO A EFECTO DE ACREDITAR LA
PROPIEDAD Y POSESION, RESPECTO DEL INMUEBLE
UBICADO EN CALLE IGNACIO ALLENDE SIN NUMERO,
ENTRE LAS CALLES DE MELCHOR OCAMPO Y DE CINCO DE
MAYO, EN EL MUNICIPIO DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO,
EL CUAL TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y
COLINDANCIAS:
AL NORTE: 12.00 METROS CON CALLE IGNACIO
ALLENDE, AL SUR: 12.00 METROS CON JANNET RIOS
ZAMARRIPA, AL ORIENTE: 19.00 METROS CON SILVIA
CONTRERAS (AHORA HUGO ALEJANDRO BARAJAS
DUEÑAS), AL PONIENTE: 19.00 METROS CON JUANA
MODESTO PEREZ (AHORA JUANA MODESTO MENDOZA).
CON UNA SUPERFICE APROXIMADA DE 228.00 METROS
CUADRADOS.
CON LA FINALIDAD DE QUE LA SENTENCIA QUE SE
DICTE SIRVA DE TITULO DE PROPIEDAD Y SE INSCRIBA A
SU NOMBRE EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA. EL JUEZ DIO
ENTRADA A LA SOLICITUD Y ORDENO: PUBLIQUESE UN
ESTRACTO DE LA SOLICITUD DEL PROMOVENTE EN LA
GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, Y EN UN
PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA CIUDAD, POR
DOS VECES CON INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS
DIAS, PARA CONOCIMIENTO DE LAS PERSONAS QUE SE
CREAN CON MEJOR DERECHO SOBRE EL INMUEBLE
OBJETO DE LAS PRESENTES DILIGENCIAS Y SE
PRESENTEN A DEDUCIRLO EN TERMINOS DE LEY.-TOLUCA,
MEXICO, A OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL CATORCE.-DOY
FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO
DE CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE PRIMERA
INSTANCIA DE TOLUCA, MEXICO, LIC. LARIZA ESVETLANA
CARDOSO PEÑA.-RUBRICA.
3243.-15 y 20 agosto.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: ALICIA MARTINEZ HERNANDEZ.
En el expediente marcado con el número 804/2011,
promovido por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES demanda en la vía
Ordinaria Civil en contra de ALICIA MARTINEZ HERNANDEZ, las
siguientes PRESTACIONES.
1).-
El vencimiento anticipado del plazo para el pago del
crédito otorgado en el Contrato de Crédito y Constitución de
garantía hipotecaria, base de la acción.
2).-
El pago de 140.2730 VSMM en concepto de capital,
que a la fecha de esta demanda y de acuerdo al salario mínimo
general vigente en la zona da como resultado la cantidad de
$255,090.38 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL
NOVENTA PESOS 38/100 M.N.), de acuerdo al documento al
certificado de adeudos que se presenta como anexo 2.
3).-
El pago de los intereses Ordinarios a razón de la tasa
pactada en el basal, mismo que se liquidaran en ejecución de
sentencia.
4).-
El los intereses moratorios, al tipo pactado en el basal
desde la fecha del incumplimiento y los que se sigan generando
hasta la total conclusión, mismos que se liquidaran en ejecución
de sentencia.
5).-
En caso de no hacer pago voluntariamente, se ordene
el remate de la garantía hipotecaria materia de este asunto,
misma que se describe en el basal.
6).-
El pago de las primas de seguros contratados y de
acuerdo a lo que se probará oportunamente, de conformidad con
el documento base de acción.
7).-
El pago de gastos y costas procesales que se
generen por la tramitación del presente juicio.
Se funda la presente demanda en los siguientes hechos y
consideraciones de derecho.
HECHOS
1.- El cuatro de enero de dos mil ocho la parte
demandada celebró con mi representada un contrato de
OTORGAMIENTO DE CREDITO Y CONSTITUCION DE
GARANTIA HIPOTECARIA, como consta en el documento que se
anexa como base de la acción.
Documento por el cual se otorgó a la parte demandada
un monto equivalente a 134.7714 VECES el salario mínimo
mensual la demandada se obligó y aceptó que el saldo del crédito
se ajustaría cada vez que se modificara el salario mínimo
incrementándolo en la misma proporción en que aumente el
salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Para obtener el salario mínimo Mensual, el salario mínimo
diario se multiplica por treinta punto cuatro.

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