Avisos Judiciales

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OBIERNO
8 de agosto de 2014
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO
I
QUINCUAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SECRETARIA "B".
EXPEDIENTE NUMERO: 48/10.
En los autos del Juicio Ordinario Civil, promovido por
INSTITUTO E EL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA
LOS TRABAJADORES en contra de MARIA DEL ROCIO
JARQUIN ORTIZ, expediente número 48/2010, el C. Juez
Quincuagésirro Sexto de lo Civil del Distrito Federal, dictó autos
de fecha tres y cuatro de junio del año dos mil catorce, la cual en
su parte conducente dicen:
`México, Distrito Federal a cuatro de junio de dos mil
catorce. Visto el contenido del segundo proveído de fecha tres de
junio de dos mil catorce, del que se advierte que por un error
involuntario ro se señaló la fecha y hora en que tendría
verificativo el remate en primera almoneda, se aclara y en la parte
conducente q le dice: "... las de dos mil catorce..." debe decir
"...las diez horas con treinta minutos del día veinte de agosto de
dos mil catorce...", asimismo en la parte que dice: "...NUMERO
468...", debe decir: "...NUMERO 458...", aclaración que deberá
formar parte ir tegrante del auto antes referido..."
"México, Distrito Federal a tres de junio de dos mil
catorce... con fundamento en los artículos 564, 570, 572 y 574
manda subastar el inmueble materia de la hipoteca y se señalan
las de dos mi catorce, para que tenga verificativo el remate en
primera almoneda, del bien inmueble ubicado en la vivienda de
interés social lúmero 468, del lote número 103, de la manzana 7,
del conjunto habitacional de interés social denominado "Geovillas
de Santa Bánara", Municipio de Ixtapaluca, Estado de México,
debiendo convocar postores por medio de edictos que se
publiquen por das veces en los tableros de avisos del Juzgado en
los de la Tesorería del Distrito Federal y el periódico "El Sol de
México" debiendo mediar entre una y otra publicación siete días
hábiles y entre la última y la fecha del remate igual plazo, sirve de
base para el remate la cantidad de $312,100.00 (TRESCIENTOS
DOCE MIL CEN PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que es
el precio del avalúo y es postura legal la que cubra las dos
terceras partes de dicha cantidad, toca vez que el bien objeto del
remate se encuentra fuera de esta jurisdicción, con los insertos
necesarios gí >ese atento exhorto al C. Juez Civil en Ixtapaluca,
Estado de Mécdco, para que se sirva mandar publicar los edictos
en los sitios de costumbre y en las puertas de los Juzgados
respectivos y conforme a la Legislación de aquella entidad y en el
periódico de mayor circulación del Estado de México;...".-La C.
Secretaria de Acuerdos "B", Lic. María Lorena Muñiz Espinoza.-
Rúbrica.
2967.-29 julio y 8 agosto.
J LIZGADO CIVIL DE CUANTÍA MENOR
METEPEC, MEXICO
EDICTO
MARIA DEL ROSARIO ROMERO RONQUILLO, por su
propio derecho, en el expediente número 1426/13, que se tramita
en el Juzgado Civil de Cuantía Menor de Metepec, México,
promueve Jt icio Ordinario Civil, en contra de MAURICIO
ENRIQUE VALDES GUTIERREZ, que en fecha treinta de octubre
de dos mil trece, la parte actora presento en este Juzgado un
escrito en donde reclama las siguientes prestaciones: "...a) La
rescisión del contrato de arrendamiento que tenemos celebrado
entre la suscr4 MARIA DEL ROSARIO ROMERO RONQUILLO y
MAURICIO ENRIQUE VALDEZ GUTIERREZ respecto del
inmueble ubi cado en departamento número 102, bloque 03,
módulo 06 da la Unidad Habitacional Lázaro Cárdenas de la
Ciudad de Metepec. México en virtud de haber incumplido a la
cláusula segi.nda y sexta del contrato de arrendamiento...b) La
desocupación y entrega del departamento marcado número 102,
bloque 03, módulo 06 de la Unidad Habitacional Lázaro Cárdenas
de la Ciudad de Metepec, México por la falta de pago de los
meses de mayo, junio, julio, agosto, del presente año que de la
renta deberá pagar y los demás que se sigan venciendo hasta la
terminación del presente juicio...B).- El pago de las
mensualidades rentísticas correspondientes a los meses de
mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre a razón de
$4,350.00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS
00/100 M.N.), haciendo un total de $26,100.00 (VEINTISEIS MIL
CIEN PESOS), así como los demás que se sigan venciendo
hasta la total solución del presente juicio...A).- El pago de daños y
perjuicios que se han generado por motivo de la falta de pago de
rentas que adeudan el demandado para el pago de las
prestaciones aquí reclamadas...C).- El pago de gastos y costas
que origine el presente juicio hasta la total terminación del
presente juicio...narrando en su escrito de demanda los
siguientes HECHOS: 1.- "...En fecha primero de DICIEMBRE de
dos mil doce la suscrita MARIA DEL ROSARIO ROMERO
RONQUILLO y el ahora demandado MAURICIO ENRIQUE
VALDES GUTIERREZ celebramos contrato de arrendamiento
respecto del departamento marcado con el número 102, bloque
03, módulo 06 de la Unidad Habitacional Lázaro Cárdenas de la
Ciudad de Metepec, México..." 2.- "El ahora demandado
MAURICIO ENRIQUE VALDES GUTIERREZ a la firma del
contrato que me he referido en el hecho que antecede tomo
posesión del referido inmueble, obligándose a pagar una renta
mensual de $4,350.00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), situación que ha incumplido
el pago de los meses mayo, junio, julio, agosto, septiembre y
octubre del presente año adeudando la cantidad de $26,100.00
(VEINTISEIS MIL CIEN PESOS 00/100 M.N.), de lo anterior cabe
mencionar que se le ha requerido del pago de las rentas vencidas
o bien la desocupación y entrega del inmueble al arrendatario en
varias ocasiones negando a realizar el pago correspondiente..." Y
toda vez que no ha sido posible localizarlo, en tal virtud, mediante
proveído de fecha veinte de junio de dos mil catorce, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1.138 y 1.181 del
Código de Procedimientos Civiles vigente en la Entidad, se
ordenó emplazar a MAURICIO ENRIQUE VALDES GUTIERREZ
a través de edictos, que contendrán una relación sucinta de la
demanda, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días
en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en el de mayor
circulación de esta localidad y en el Boletín Judicial, haciéndole
saber que deberá comparecer dentro del plazo de treinta días,
contados a partir del siguiente al de la última publicación a dar
contestación por sí. por apoderado o por gestor que pueda
representarlo, con el apercibimiento que de no hacerlo se seguirá
el juicio en su rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones por
lista y Boletín Judicial. Debiendo fijar la Secretario copia íntegra
del presente proveído en la puerta de este Juzgado por todo el
tiempo que dure el emplazamiento.-Doy fe.-Dado en Metepec,
México, a veintisiete de junio de dos
mil
catorce.-Esto de
conformidad con el proveído de veinte de junio de dos mil
catorce.-Secretario, Licenciada Esther Sánchez Alvarez.-Rúbrica.
2781.-7, 30 julio y 8 agosto.
JUZGADO DECIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NICOLAS ROMERO, MEXICO
EDICTO
EMPLACESE: A: FELIPE GARCIA y
MARIA ESTHER SIMON
DE
GARCIA.
Que en los autos del expediente número 847/2013,
relativo al Juicio Ordinario Civil (usucapión), promovido por
JORGE REYNOSO HERNANDEZ, por auto dictado en fecha
veinticinco de junio de dos mil catorce, se ordenó emplazar por
medio de adictos a los demandados FELIPE GARCIA y MARIA
ESTHER SIMON DE GARCIA, ordenándose la publicación por
tres veces de siete en siete días, en el Periódico Oficial, GACETA
DEL GOBIERNO, en otro de mayor circulación en esta entidad y
en el Boletín Judicial, y que contendrá una relación sucinta de la
demanda:

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