Avisos Judiciales

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23 de junio de 2014
AVISOS JUDICIALES
J ZGADO TRIGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
Es los autos del Juicio Especial Hipotecario. promovido
por QUIN JNES SALIDO VICTOR HUGO en contra de JORGE
GUSTAVO VALERIO HUERTA, expediente 1569/2011. el C. Juez
Trigésimo Segundo de lo Civil de esta Ciudad, dictó dos autos de
fecha treinta y uno de marzo riel año en curso y doce de
septiembre del año dos mil trece, mismos que en su parte
conducente dicen: Se señalan las diez horas del día tres de julio
próximo, para que tenga verificativo la audiencia de remate en
primera almoneda del inmueble lipotecado ubicado en la calle
Tajo del Monte doscientos veintisiete. lote número cincuenta y
uno. de la manzana setenta y uno del fraccionamiento residencial
denominado
-
Los Pirulos', Sección Balcones del Valle, Municipio
de Tlalnepant a Estado de México, sirve de base para el remate,
la cantidad de S:2'085.000GO (DOS MILLONES OCHENTA Y
CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), que corresponde al precio
actualizado mediante avalúo exhibido primero en tiempo, siendo
postura legal aquella que cubra as dos terceras partes de esa
cantidad, debiendo los posibles postores satisfacer el depósito
previo previsto por el articulo 574 dei Código de Procedimientos
Civiles para ser admitidos como teles.
Para su publcación por dos veces, debiendo mediar entre
una y otra publicación siete chas hábiles y entre la ultima y ia
fecha del remate iguiti plazo en: México. D.F., a 6 de mayo del
año 2014.-El C. Secretario de Acuerdos "A", Lic Jorge García
Ortega-Rúbrica.
2398.-11 y 23 junio.
JUZGADO CUADRAGESIIVO NOVENO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES:
En los autos del expediente número 363./2013 relativo al
Juicio Especial Hipotecado prorrovido por BBVA BANCOMER,
S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO
FINANCIERO SBVA BANCOMER, en contra de FRANCISCO
JAVIER MARTINEZ ORTEGA, el C. Juez Cuadragésimo Noveno
de lo Civil en el Distrito Federal, mediante proveidos de fechas
treinta de abril y dieciséis de mayo ambos del año dos mil
catorce, ordenó sacar a REMATE EN PRIMERA ALMONEDA,
respecto del bien inmueble hipotecado ubicado calle Fresas y lote
de terreno que ocupa. o sea la manzana noventa y cuatro lote
veinte, Fraccionamiento Ojo de Agua, Municipio de Tecárnac,
Estado de México, para que tenga verificativo la audiencia de
remate en primera almoneda, se señalan las diez horas del día
tres de julio del año en curso. Sirviendo de base para el remate la
cantidad de 51,250,000.00
MILLON DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), precio de avalúo, siendo
postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha
cantidad; Debiendo los posibles postores satisfacer lo dispuesto
el Distrito 'Federal.
Mediante edictos que serán fijados en los estrados de
este Juz
g
ado. en los tableros de avisos de la Tesorería del
Gobierno el Distrito Federal y publicados en el periódico Diario
Imagen, or dos veces, debiendo mediar entre una y otra
publicaci
siete dias hábiles y entre la última y la fecha del
remate, i ual plazo.-México, D.F., a 27 de mayo del 2014.-El C.
Secretad de Acuerdos "A" del Juzgado Cuadragésimo Noveno
de lo Civil' Lic. Ricardo Oropeza Bueno.-Rubrica.
2399.-11 y 23 junio.
JUZGADO TRIGESIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por HSBC MEXICO S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE
GRUPO FINANCIERO HSBC, en contra de VERONICA LOZANO
PENA, expediente 628/2011. el C. Juez dicte unos autos de
fechas seis de mayo y diecinueve y catorce ambos de febrero del
año en curso que en su parte conducente dice: para que tenga
verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN TERCERA
ALMONEDA SIN SUJECION A TIPO. se
señalan las NUEVE
HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA TRES DE JULIO
DEL DOS MIL CATORCE. Respecto del bien inmueble ubicado
en LOTE DE TERRENO NUMERO TREINTA Y CUATRO, DE
MANZANA OCHENTA Y CINCO, Y CONSTRUCCIONES SOBRE
EL MISMO EDIFICADAS. MARCADAS ACTUALMENTE CON EL
NUMERO OFICIAL OUINCE DE LA CALLE JERUSALEM,
FRACCIONAMIENTO "VALLE DORADO" EN TERMINOS DEL
MUNICIPIO Y DISTRITO DE TLALNEPANTLA DE SAZ. ESTADO
DE MEXICO Y ANEXIDADES DESCRITAS EN LOS
ANTECEDENTES DOS Y TRES DEL INSTRUMENTO BASE DE
LA ACCION. Sirviendo de base para el remate la cantidad de
53,397.000.00 tvl.N., (TRES MILLONES TRESCIENTOS
NOVENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
MENOS EL VEINTE POR CIENTO siendo postura legal la quo
cubra las dos terceras partes y para intervenir en el remate los
licitadores deberán exhibir el diez por ciento del precio fijado
mediante billete de depósito expedido por e: BANCO NACIONAL
DEL AHORRO Y SERVICIOS FINANCIEROS, sin cuyo requisito
no será admitido...•.
Para su publicación por dos veces de siete en siete días
debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles o
igual término entre la última publicación y la fecha de remate. en
la SECRETARIA DE FINANZAS Y EL PERIODICO EL SOL DE
MEXICO, asi como en los ESTRADOS DEL JUZGADO DEL C.
JUEZ EXHORTADO, RECEPTORIA DE RENTAS, GACETA
OFICIAL Y BOLETIN JUDICIAL DE DICHA ENTIDAD Y EN EL
PERIODICO DE MAYOR CIROULACION.-México, D.F., a 07 de
mayo del 2014.-La C. Secretaria de Acuerdos bB•, Lic. María
Yvonne Pérez López.-Rúbrica.
2412.-11 y 23 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-IXTAPALUCA
EDICTO
CRUZ GONZALEZ CEFERINO Y JUANA RAMIREZ GIRON.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha diez de
abril del año dos mil catorce, dictado en el expediente número
700/2013, que se ventila en el Juzgado Segundo Civil de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Chalco, con residencia en
Ixtapaluca, Estado de México, relativo al Juicio Ordinario Civil
sobre usucapión, promovido por MARIA NATIVIDAD ISLAS
SANCHEZ, en contra de CRUZ GONZALEZ CEFERINO, JUANA
RAMIREZ GIRON y OTRO, les demanda la usucapión del
Inmueble ubicado en Cerrada Nuevo México, número 6, Colonia
Centro en Ixtapaluca, antes conocido como "Colonia La Eraii, en
el Municipio de Ixtapaluca. México. con una superficie de 168.00
metros cuadrados, en atención a que con fecha veintiuno de julio
/de mil novecientos noventa y tres, celebró contrato de
compraventa con CEFERINO CRUZ GONZALEZ y JUANA
RAMIREZ GIRON, que el precio pactado fue de U35,000,00.
mediante pagos parciales. que los demandados adquirieron el
inmueble mediante inmatriculación administrativa del expediente
número 7010/91, en la oficina registral correspondiente; que los
señores CEFERINO CRUZ GONZALEZ y JUANA RAMIREZ
23 de junio
de 2014
OG A C E
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GIRON, le entregaron la posesión material y jurídica a MARIA
NATIVIDAD ISLAS SANCHEZ, del inmueble objeto del presente
juicio, que desde que le entregaron el bien inmueble materia del
presente juicio, no ha vuelto a saber de los demandados e ignora
el domicilio donde pueden ser emplazados, que desde el
veintiuno de junio de mil novecientos noventa, es poseedor de la
cosa por el transcurso del tiempo, según copias certificadas de
las diligencias de información ad perpetuam de fecha once de
junio de mil novecientos noventa y seis, bajo el expediente
317/96, en de buena fe, de forma pública, pacífica, en concepto
de dueña, ya que se ha ostentado con la posesión desde hace
más de diez años.
Haciéndole saber que deberá presentarse ante este
Juzgado para deducir sus derechos, dentro del plazo de treinta
días, contados a partir del día siguiente en que surta efectos la
última publicación, quedando las copias de traslado en la
Secretaría para que el demandado las recoja y le pueda dar
contestación a la incoada en su contra, con el apercibimiento si
pasado ese plazo, no comparece a dar contestación a la
instaurada en su contra por sí, por apoderado legal que le
represente, o gestor, se le seguirá el juicio en su rebeldía y se le
tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, debiendo
señalar domicilio dentro de la población en que se ubica este
Juzgado, en caso de no hacerlo las ulteriores notificaciones aún
las de carácter personal se le harán en términos de los artículos
1.165 fracciones II y III, 1.168, 1.170 y 1.181 del Código de
Procedimientos Civiles vigente en el Estado de México, asimismo
se ordena fijar en la puerta de este Juzgado una copia íntegra de
la resolución por todo el tiempo del emplazamiento.
Publíquese por tres veces, de siete en siete días, en el
Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en otro periódico de
mayor circulación en esta población y en el Boletín Judicial.
Expedido en Ixtapaluca, Estado de México, el día treinta de abril
del año dos mil catorce.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic.
Guadalupe Verenice Aguilar García-Rúbrica.
343-B1.-3, 12 y 23 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
EDICTO
CONSTRUCTORA SAN ANTON S.A.: En cumplimiento a
lo ordenado por auto de fecha veintiuno de febrero de dos mil
catorce, dictado en el expediente número 653/13, relativo al Juicio
Ordinario Civil usucapión promovido por GUADALUPE
HERRERA VIDAL en contra de CONSTRUCTORA SAN ANTON
S.A., se hace de su conocimiento que se expide el presente
edicto para notificarles que la parte actora le ha demandado la
acción de usucapión, respecto del lote de terreno número 4,
manzana 9, actualmente conocido como calle Barca de Oro
número 287. Colonia Aurora, Municipio de Nezahualcóyotl,
Estado de México, que cuenta con una superficie total de 150.87
metros cuadrados y las medidas y colindancias siguientes: al
norte: 17.00 mts. colinda con lote 3; al sur: 17.00 mts. colinda con
lote 5; al oriente: 9.00 mts. colinda con lote 30; y al poniente: 8.75
mts. colinda con calle Barca de Oro; inmueble del que el actor
refiere haber adquirido de CONSTRUCTORA SAN ANTON S.A.,
mediante contrato de promesa de venta en fecha 31 de diciembre
de 1962, y aduce que desde entonces a la fecha ha detentado la
posesión de ese bien, en concepto de propietario, en forma
pacífica, pública, continua y de buena fe; ejerciendo actos de
dominio pagando todos y cada uno de los impuestos que genera
el mismo, además de realizar todas y cada una de las mejoras
que actualmente presenta y que se encuentra inscrito en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad,
a favor de CONSTRUCTORA SAN ANTON S.A. Luego, tomando
en cuenta que se desconoce su domicilio actual, entonces como
parte demandada se le emplaza a juicio por medio de edictos,
haciéndole saber que deberá de presentarse a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente
al en que surta efectos la última publicación, con el
apercibimiento que en caso de no comparecer a dar contestación
a la instaurada en su contra, por sí o por apoderado legal que le
represente, entonces se seguirá el Juicio en su rebeldía;
haciéndole las posteriores notificaciones conforme lo dispone el
articule 1.170 dei Código de Procedimientos Civiles vigente en la
entidad.
Publíquese el presente por tres veces, de siete en siete
días, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en
el periódico Rapsoda de esta Ciudad, y en el Boletín Judicial;
además deberá fijarse una copia íntegra del respectivo proveído,
en la puerta de este Tribunal, por todo el tiempo del
emplazamiento. Expedido en Nezahualcóyotl, Estado de México,
a los tres días del mes de marzo del año dos mil catorce.-Doy fe.
VALIDACION: Fecha del acuerdo que ordena la
publicación: 21 de febrero de 2014. Nombre, cargo y firma del
funcionario que expide el edicto: Secretario de Acuerdos, Lic.
Rubén Mosqueda Serralde.-Rúbrica.
341-61.-3, 12 y 23 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE LERMA
EDICTO
A SEGUNDO RAUL SAMPEDRO REIGADAS O A QUIEN SUS
DERECHOS REPRESENTE SE LE HACE SABER QUE:
En el expediente número 919/2013, relativo al Juicio
Ordinario Civil (usucapión), promovido por DUSTIN MARK
MENDEZ MEJIA, en contra de SEGUNDO RAUL SAMPEDRO
REIGADAS, radicado en el Juzgado Primero Civil de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Lerma de Villada, México, por
auto dictado en fecha catorce de abril del año dos mil catorce, la
Juez ordenó se le emplazara por medio de edictos, debiendo
contener estos una relación sucinta de la demanda, los cuales
deberán ser publicados por tres veces, de siete en siete días, en
el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en otro de mayor
circulación en la población y en Boletín Judicial, por lo que al
efecto se le emplaza, haciéndosele saber que debe presentarse
dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente
al de la última publicación, a dar contestación a la demanda
instaurada en su contra, por sí, por apoderado o por gestor que lo
pueda representar, apercibido que si pasado este plazo no
comparece, se seguirá el Juicio en rebeldía, haciéndose las
ulteriores notificaciones en términos del articulo 1.182 del Código
de Procedimientos Civiles en vigor, asimismo, por conducto de la
notificadora adscrita, procédase a fijar en la puerta del Tribunal,
una copia íntegra del presente proveído por todo el tiempo del
emplazamiento, dejando a su disposición en la Secretaría las
copias simples de traslado, en tal virtud, se le hace saber a usted
que:
DUSTIN MARK MENDEZ MEJIA, por su propio derecho,
le demanda en la vía ordinaria civil, Juicio de usucapión en su
contra, respecto del predio ubicado en Km. 54.5 de la carretera
México-Toluca, en la calle Hacienda Cieneguillas, lote 66,
manzana 104, Fraccionamiento Santa Elena, Municipio de San
Mateo Ateneo, Estado de México, las siguientes prestaciones:
A).-
Se declare en sentencia definitiva que por !a
transmisión de la propiedad y el tiempo transcurrido en posesión,
ha operado la usucapión en favor del actor, respecto del inmueble
ubicado en Km. 54.5 de la carretera México-Toluca, en la calle
Hacienda Cieneguillas, lote 66, Manzana 104, Fraccionamiento
Santa Elena, Municipio de San Mateo Ateneo, Estado de México,
cuyas medidas y colindancias que más delante se indicarán.
B).-
Que la resolución que se dicte en su oportunidad, le
sirva de título de propiedad al actor, remitiéndose copia
certificada de la sentencia al Director del Instituto de la Función
Registral del Estado de México, específicamente a la Oficina
Registral de Lerma, para que proceda a la inscripción
correspondiente a nombre del actor, toda vez es procedente lo
peticionado ya que se trata de un predio no mayor a los 200 m2,
con fundamento en lo dispuesto por el artículo 5.141 del Código

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