Avisos Judiciales

4 de junio de 2014
" C E
-
wa
Página 21
araa
U=39
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO DECIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por DITYATKINA ELENA en contra de LIMON HERNANDEZ
JOSE MARTIN. co el expediente Ido. 957/2009, el C Juez
Décimo Sexto de lo Civil de esta Capital dicté un auto que a la
letra dice.
México, Distrito Federal, a veintinueve de abril del dos mil
catorce
Dada nueva cuenta de autos y con fundamento en el
articulo 84 y 272-G del Código de Procedimientos Civiles, se
aclara el proveido del veinticuatro de abril del año en curso en
sus renglones sexto y séptimo en la parte que dice: "...resulto de
la subdivisión de la Fracción C. resulto de la subdivisión del Lote
1 de la Zona A...". por ser incorrecto. en su lugar debe decir:
"....que resulto de la subdivisión de la Fracción C, Lote 1 de la
Zona A...", por ser lo correcto, aclaración que se hace para no
dejar en estado de indefensión a ninguna de las parles; de igual
forma se procedo a subsanar la ornision contenida en proveído de
fecha antes, indicada. de la siguiente 1orma: " ...y como lo solicita
el promovente se deberán de publica! !os edictos ordenados en
autos en la Receptoria de Rentas del Estado de México...", lo
anterior para los efectos legales a que haya lugar. Notifiquesee
Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Sexto de lo Civil Licenciado
FRANCISCO CASTILLO GONZALEZ. ante el C. Secretario de
Acuerdos Licenciado CARLOS EMILIO CARMONA que autoriza y
da fe.-Doy fe. - - - - - - - -
México, Distrito Federal. a veinticuatro de abril del dos mil
catorce
-
A sus autos el escrito de cuenta de la parte acto).
sus
términos para les efectos legales a que haya lugar y CCH 1)0 lo
solicita con fundamento en el artículo 570 del Cocino de
Procedimientos Civiles, se ordena SACAR A REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA, el bien inmueble ubicado 'ro: e!
departamento 101. del edificio 2, construido sobre la Fi acción 1.
resulto de la Sabdivisión de la Fracción C. resulto de la
Subdivisión del Lote 1 de la Zona A. de los ejidos de Plan de
Guadalupe Victoria y San Martín Obispo o Tepotlixpa, que forma
parte del conjunto habitacional denominado Los Pájaros, marcado
con el número oficial 1 de la Avenida Hidalgo, en el
Fraccionamiento Granjas Guadalupe, Cuautitlán, Estarlo de
México. debiéndose convocar postores por medio de edictos que
se publicaren por dos veces debiendo mediar entre una
publicación y otra siete dias hábiles e igual término dentro de la
Ultima publicador y la fecha de audiencia; en el periódico El
Diario de México. en los estrados de avisos de la Tesorería, en
los estrados de avisos de este Juzgado; y gírese atento exhorto al
C. Juez coinpelente en Cuautitlán Izcalli. Estado de México, para
que en auxilio de las labores de este Juzgado ordene a quien
corresponda se sirva publicar los edictos er, los lugares de
costLimare do ese Juzgado. en el Boietin JudMial, Gaceta y
melados del Juzgado y un periódico de mayor (simulador) en esa
Ciudad. sirviendo do base para el remate la cantidad de $
252,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS
00100 M.N.), avalúo mayor en beneficio de la parte actora,
siendo postura lean! la cantidad que cubra las dos terceres partes
de !a cantidad adies indicada y
pare
que tenga verificativa la
1-1LP:fiel
-
en:a COI
tliscre-
sor al
laS de/ ho e riel dia
gigeiegls
de
¡unir) riel año en curso.- Notifíquese.- Lo ppoeyo y
fama el C. ii107 Pócima Sexto de lo Civil Licenciado FRANCISCO
CASTILLO GONZALEZ, ante el C. Secretario de Acuerdos
Licenciado CARLOS EMILIO CARMONA que autoriza y da fe.-
Doy fesSe converge postores.
-
---
México 0.E.. a 7 de mayo del 2014.-El C. Secretario de
Acuerdos, LA. Cedes Emilio Carriceresnierica
2098.-23 -amen y -1 jorro.
JUZGADO QUINCUAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO DE REMATE
En les autos del Juicio Especia; Hipotecario. promovido
por ESPECIAL HIPOTECARIO. promovido por SCONASANK
1NVERLAT, S.A., INSTITIJCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO
FINANCIERO SCOTIAE3ANK INVER1 AT, en contra de RICARDO
AGUSTIN RUIZ MURILLO, expediente numero 365/2011, la C.
Juez Interina Quincuagésimo Segando do lo Civil del Distrito
Federal, ordenó mediorde proveidos de uno y cuatro de abril del
año en curso, sacar a remate en primera almoneda respecto del
bien inmueble hipotecado ubicado en el departamento mercero 5
(tres), del condominio ubicado en la calle de Jazmines número
oficial 12 (doce), lote número 18 (dieciocho). de la manzana 20
(veinte), del conjunto denominado "Jardines de la Cañada", en el
Municipio de Tultitlán, Estado de México, siendo el precio del
avaluo más alto el rendida por el perito designado en su rebeldía
de la parte demandada. por la cantidad de S 202500.00
(DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS
00/100 MONEDA NACIONAL)..."; sirviendo como postura legal le
que cubra las dos terceras partes de la cantidad antes o:Palada y
para tomar parle en la subasta, deberán los licitadores consignar
previamente ante este juzgado billete de deposito el 10eli del
valor del bien hin olecadc. sin cuyo requisito no serán admitidos.
En virtud de que el valor del inmueble hipotecado es superio
r
4
equivalente a ciento ochenta y dos días de salario minino general
vigente en el Distrito Federal, procede realizar dicha subasta en
alocideda pública por medio de edictos que se filman por dos
veces
en los siguientes n'odios de difusión: tableros de avisos de
este Juzgado, Tesoreria del Distrito Federal. en el periódico la
Crónica'. En la inteligencia que las publicaciones ardes indicadas
deberá mediar entre una y otra publicación siete días Pabilos v
entro la última publicacien y la lecha de remate igual plazo. En
viitud que el inmueble se encuentra fuera de la Mrisdiccian
territorial de este Juzgado, gírese atonto exhorto con
!os
insertos
necesarios al C. .luez competenro en Cuautitlán. Estado de
México, para que en auxilio de las labmes de este Juzgado,
publique eclic:cs que se fijarán por dos veces y en los siquionles
medios de difusión: sNds de costumbre, en las picerías Mei
Juzgado exhortado y en un pegódico local; facubando a la
autoridad exportada, si !o estimare pertinente, ademas de !es
medios de deusión antes indicados utilizar otros medios
publicidad, en la inteligencia que las publicaciones respectivas
deberán mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y
entre la última publicación y la facha de remate igual plazo,
del:IP:ido la parte actora proporcionar anticipadamente nl
Juzgado exhortado las lechas de., publicación, lo adterici de
conformidad a in dispueseo por los _írculos 570 y 572 del Cbdide
de Procedimientos Cl
es para el Distrito Federal. S_
dase
lag diez horas dei dia. dieciséis de ¡unto de ano dos
sic
verificativo la audiencia die: remate an pl,rnern almon
Se convocan postores.
México, D.F. e 11 de abril del año 2014.-La
d))
Acuerdos
-
A5 Liemmiacia Margarita Alvarade ?osas.
-P: ' me)
209 q-23 rnay r I jui
JUZGADO
S13:XAGES/M0
.
1
1lEGUNDC1
133
LO (31
,
111
MEXICO.
E
n 1 C,
M & 1 E
En los autos de: Juicio Especial Hipotecarle,. radmovide
par V & L ARRENDAMIENTO, SA. DE 0.V.,
ratira cly
GUILLERMO
VFLA/GUEZ
BAILE
-
1E7J
Al 1,4
1
,1DP)11
Vi21...AZQUEZ
BARRE T°,
GIJILLERl,i0
1
IF LAZO ;EL
HERNANDEZ. MARIA DE TOL:PC/ES PMPRETO SALAS •
HEC
-
COR SAL1UEL PORRAS GUTIERREZ e:que:Led :, eme 4
491 2012. el C. Juez SnX:3116S.MC Snennii.7. Je le CL.S.
GA
CETA
Página 2
4 de junio de 2014
auto que a a letra dice: México, Distrito Federal, a veintiocho
de
abril de do mil catorce. A sus autos el escrito de cuenta de la
parte actor por hechas ias manifestaciones y como lo solicita se
deja sin efe to la fecha de remate señalada en acuerdo de fecha
veintisiete d marzo del año en curso fojas 322 para celebrarse el
eta, y en s iugar son de señalarse las diez horas con treinta
,,.cotos del dia dieciséis de junio del año en curso, debiendose
:reparar el remate como se encuentra ordenado en autos.
tictifíctuese, Lo proveyó y firma el D. Juez Sexagésimo Segundo
' Icenci
17CDTIGO ULICURTLE2 DOMINGUEZ TOLEDANO,
asistido r
Secretario
S
dos "A" tcenciado
iLVADO CO'-.
OCV,711BAS TOfit
n
on
curen actúa y !da te.-
ficy
co, distrito Federal, c.' eintisiete de marzo de des mil
caterce, A s is acto el asecho de cuenta de la parte actora, como
iciicita y listo ni ocido rumor/ea de As presentes autos, cara
que penca iverificative la a:idiocia de remate en cimera
e.uscnecla r
-spetutó slot Inribeeluto t'entripado en el predio urbano
!constricción al:trade en la calla de Cinco de irobrero
into
eiritides. sr. el Municipio y :Distrito de El Oro, Estado de
se señalar ias diez horas con treinta minutos del día
Je de leve cle Nos mil catorce, icor lo que con fundamento
dispuesto en el artículo 570 dei Código de Procedimientos
se para el dlistrito Federal, se :dona la publicación de
ecn
ociando postores que se fijarán por dos veces en los
de avisos de este Juzgado en la Tesorería del Distrito
icrtieral, en el periódico
Imanen'', debiendo mediar entre
erre y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
feo tia del remate igual plazo. Toda
-
tez que el domicilio del
inertieble a rematar se encuentra fuera de la jurisdicción de este
Juzgado, por o oye con los insenos necesarios, gírese atento
!gel
-
orlo y edictos correspondientes al C. Juez competente en el
itiunicipio de El Oro de Hidalgo, Estado de México, a efecto de
r.
e proceda con plenitud de jurisdicción a publicar los edictos en
a lugares públicos de costumbre y en el periódico de mayor
Prociación de dicha entidad en igtiat ,ttlazo: facultando al Juez
exhortado a girar los oficios correspondientes. Sirviendo como
Case para la subasta la cantidad de $ 2700,000.00 (DOS
MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo
costura legal la que cubra las dos terceras partes, debiendo los
postores exhibir mediante billete de depósito por lo menos del
diez por ciento del valor del bien a efecto de que intervenga en el
remate. Notif (queso.- Lo proveyó y firma el C. Juez Sexagésimo
Segundo Civil Licenciado RODRIGO CORTES DOMINGUEZ
TOLEDANO, asistido del C. Secretario de Acuerdos "A'
Licenciado SALVADOR COVARRUBIAS TORO, con quien actúa
y da fe.-Doy fe,
México, Distrito Federal, a 29 de abril del 2014.-El C.
Secretario
de
Acuerdos "A", Lic. Salvador Covarrubias Toro.-
Rúbrica.
2100.-23 mayo y 4 junio.
JUZGADO TRIGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCA A POSTORES
(REMATE EN PRIMERA ALMONEDA)
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha, treinta
y uno de marzo del año en curso, dictado en los autos del Juicio
Especial
Hipotecario,
promovido
por
SANTANDER
HIPOTECA 3 10, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD
REGULADA en contra de JOSE FRANCISCO LEON LEDESMA
y MARIA E HER ALCANTAR PETRIZ. Expediente 322/2013, el
C. Juez Trig "simo Sexto de lo Civil. Licenciado JULIO GABRIEL
IGLESIAS OMEZ. señaló las diez horas del día dieciséis de
junio de dos mil catorce, para que tenga verificativo la audiencia
de remate en primera almoneda, respecto del inmueble ubicado
en: la vivienda en condominio identificada como vivienda
"B"
del
conjunto en condominio marcado con el número oficial cuatro, de
la calle Bosque de Azucenas, edificado sobre el lote cuarenta y
cinco, de la manzana seis, del conjunto urbano de tipo interés
social denominado "Real del Bosque", ubicado en el Municipio de
Tultitlán. Estado de México"; en consecuencia convóquese
postores por medio de edictos que deberán publicarse por dos
veces debiendo mediar entre una y otra publicación, siete días
hábiles y entre la última y la fecha de remate igual plazo, en los
taittercs je avisos de este -Juzgado, en los de la Tesorería dei
Distrito Federal, en el Boletín judicial y en el periódico Diario de
.tico. sirve de base dura remate la cantidad de
872,692.00
(SEISCIENTOS SETENTA,
DOS MIL SEISCIENTOS
NOVENTA. Y DOS PESOS 00100 MONEDA HACION!AL), que es
el drectlo de avalúo, siendo ;uostura legal la que cubra las dos
terceras. cantes de dicha cantidad. Para que los risibles postores
puedan tomar paoe en ;a subasta. deberán consignar
previamente una cantidad icluai o por lo menos al diez por ciento
efectivo dei valor de avalúo, tal como to exige el artículo 574 de la
Ley Procesal Civil. Ahora dien atendiendo a que el inmueble
materia del remate se encuentra fuera de la jurisdicción de este
juzgado gírese atento exhorto con los insertos necesarios al C.
Juez conspetente en Tultitián. Estado de bióxido. para que en
auxilio de las labores de este Juzgado se sirva ordenar a quien
corresponda la publicación de pos edictos en los sitios de
costumbre y en las puertas del Juzgado respectivo, facultándose
al Juez exhortado con plenitud de jurisdicción para acordar todo
'jipo de promociones tendientes a la diligenciación del presente
exhorto. concediendo un dia más por cada doscientos kilómetros
de distancia o fracción que exceda de la mitad uara la publicación
de los edictos.
liulexico, D.F., a 03 de abril del 2014.-La C. Secretaria de
Acuerdos "5". Lic. Julia Nolasco Ochoa.-Rúbrica.
210E-23 mayo y 4 junio,
JUZGADO
CUADRAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido
por HIPOTECARIA SU CASITA S.A. DE C.V.. SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, hoy HSBC MEXICO, S.A.
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO
HSBC, DIVISION FIDUCIARIA en su carácter de FIDUCIARIO
DEL
FIDEICOMISO F/262757, en contra de LILIA SANCHEZ
MALDONADO, expediente número 573/2008. el C. Juez
Cuadragésimo Sexto de lo Civil, señaló las once horas del día
dieciséis de junio dos mil catorce, para que tenga verificativo la
audiencia de remate en primera almoneda, respecto del bien
inmueble hipotecado consistente en la vivienda de interés social
identificada como la letra "A", tipo dúplex, ubicada en el lote
número 73, de la manzana 9 nueve sujeta al régimen de
propiedad en condominio del Fraccionamiento denominado "Los
Sauces", en Toluca, Estado de México, siendo precio de avalúo
actualizado la cantidad de $ 341.000.00 (TRESCIENTOS
CUARENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), y siendo postura
legal la que cubra las dos terceras partes de dicho precio.
Para su publicación por dos veces mediando entre una
publicación y otra siete días hábiles y entre la última y la fecha de
remate igual plazo en: los tableros de este Juzgado, los de la
Tesoreria del Distrito Federal, en el periódico "El Sol de México",
y en los lugares de costumbre que la Legislación Procesal Civil de
esa entidad contemple dentro de igual término. México, D.F., a 4
de abril de 2014.-La C. Secretaria de Acuerdos "A", Lic. Alejandra
E. Martínez Lozada.-Rúbrica,
2104s23 mayo y 4 junio.
4 de junio de 2014
G A IC
ETA
, coE111E121,110
Página 23
JUZGADO OCTAVO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
EMPLAZAMIENTO: Se le hace saber que
en el
expediente número 1124/2012, relativo al Juicio de
CONTROVERSIA DE DERECHO FAMILIAR (CANCELACION DE
PENSION ALIMENTICIA), promovido por RAFAEL CHAVEZ
SILVA, en contra de KAREN DANIELA y DULCE MARIA ambas
de apellidos CHAVEZ ROMERO, en el Juzgado Octavo Familiar
de Toluca, México, el Juez del conocimiento dictó auto que
admitió la demanda y por auto de fecha veinticinco de abril del
año dos mil catorce, se ordenó emplazar por medio de edictos
a
DULCE MARIA CHAVEZ ROMERO, haciéndosele saber que
debe presentarse dentro del plazo de treinta días contados
a
partir del día siguiente que surta sus efectos la última publicación,
a dar contestación a la instaurada en su contra, con el
apercibimiento que de no hacerlo por sí, por apoderado o
por
gestor que pueda representarlo. se
seguirá el juicio en su
rebeldía
y las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal
se le
harán por lista y Boletín Judicial: Relación sucinta de la demanda
PRESTACIONES: Cesación de la pension alimenticia que se ha
venido dando a KAREN DANIELA y DULCE MARIA ambas de
apellidos CHAVEZ ROMERO. HECHOS: Que en octubre de 1988
inicie relación de concubinato con XOCHITL ROMERO TORRES,
de nuestra unión procreamos a KAREN DANIELA y DULCE
MARIA ambas de apellidos CHAVEZ ROMERO, el 19 de abril de
1993 se tramito Juicio de Pensión Alimenticia en el Juzgado
Segundo Familiar de Toluca bajo el número de expediente
275/1992. En fecha 12 de junio de 2008 KAREN DANIELA
CHAVEZ
ROMERO y 9
de junio de 2009 DULCE MARIA
CHAVEZ ROMERO cumplieron ia
mayoría
de edad.
Se dejan a disposición de la parle interesada, en la
Secretaría de este Juzgado las copias simples de traslado, para
que se imponga de las mismas. Se expide el edicto para su
publicacion por tres veces de siete en siete días, en GACETA
DEL GOBIERNO del Estado, en el Boletín Judicial del Estado de
Mexico, y en un periódico de mayor circulación de Toluca,
México.-Doy fe.-Fecha de acuerdo que ordena la publicación:
veinticinco de abril del año dos mil catorce.-Doy fe.-Secretario de
Acuerdos. Lic. Jocabeth Isaura Alvarez Reyes.-Rúbrica.
1973.-15, 26 mayo y 4 junio.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS-TECAMAC
EDICTO
En
el expediente número 1058/2013, la actora
ELIDA
GÜEMEZ GARCIA. promovió Juicio Ordinario Civil en contra de
MARIA MARTINEZ DE RIVERO: en el que entre otras cosas
solicita como prestaciones: A) La declaración Judicial de que
ELIDA GÜEMEZ GARCIA, ha poseído la fracción del Terreno que
en totalidad cuenta con las siguientes medidas y colindancias; al
norte: 32.20 metros con Francisco Avila. actualmente con Rogelio
Guzmán: al sur: 32.20 metros con Lorenzo Gutiérrez. actualmente
con calle: al oriente: 231.10 metros con Roque Martínez,
actualmente con Gregorio Martinez y propietario María Martínez
de Rivero: al poniente: 228.80 menos con Sabino Gutierrez; el
inmueble a que pertenece la fracción de terreno cuenta en su
totalidad con una superficie de 7,409.00 metros cuadrados, que
forma parte del inmueble marcado como lote de terreno numero
31, del predio denominado Axalpa, ubicado en la calle sin
nombre, en San Pedro Alzompa, Municipio de Tecámac del
Distrito Judicial de °tumba. Estado de México, fracción que
cuenta con las medidas y colindancias siguientes: al norte: 11.57
metros linda cor Ana Elena Aclame Madero, actualmente con
Planuei Solórzano; a, sur: 11.57 metros linda con Eiizabeth Reyes
Paredes. actualmente Marcos Armilar Guevara: al oriente: 10.80
meros lindaron cerrada Maravillas actualmente Primera cerrarle
de Maravillas; al poniente: 10.80 metros linda con Sahino
Clinuirez, con una supedicie d 124.96 metros cuadradoe: En 1 o
declaración Judicial, en el sentido de que se ha consumado la
USUCAPION a favor de ELIDA GÜEMEZ (ARCIA así como; C)
La
inscripción de dicho inmueble; D) El pago de gastos y costas
que origine el procedimiento; lo anterior en base a los siguientes
hechos: 1.
-
La causa generadora de la posesión se debe a que el
6 de marzo de 2001 se celebró contrato de compraventa por la
cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.),
entre la señora MARIA MARTINEZ DE RIVERO y ELIDA
GÜEMEZ GARCIA; 2.- La fracción de terreno materia de la Litis.
la posee ELIDA GÜEMEZ GARCIA, desde el día 6 de marzo de!
2001, en calidad de propietaria, teniendo la posesión en forma
pública. pacifica, continua, de buena fe; 3.- El inmueble se
encuentra inscrito en el Instituto de la Función Registral del
Estado de México, a favor de MARIA MARTINEZ DE RIVERO.
Por lo que el Juez ordena por auto de fecha veintiocho de abril de
dos mil catorce, emplazar por edictos a MARIA MARTINEZ DE
RIVERO, mandándose publicar dicha solicitud por medio de
edictos, para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en el periódico
de
mayor circulación en la Entidad y en el Boletín Judicial al cual
se
le hace saber que deberá de presentarse en este Juzgado por
sí o por apoderado o por gestor que pueda representarlo en un
plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la última
publicación a producir su contestación a la demanda entablada
en
su contra, apercibida que de no comparecer. el juicio se seguirá
en su rebeldía haciéndole las ulteriores notificaciones por lista y
Boletín. Debiéndose fijar en la puerta de este Tribunal una copia
integra de la resolución por todo el tiempo del emplazamiento.
Y para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en el periódico
de mayor circulación en la Entidad y en el Boletín Judicial.-Se
expiden los presentes a los ocho días del mes de mayo de dos
mil catorce.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos. Lic. Teresa °maña
Hernández.-Rúbrica.-Publicación ordenada por auto de tech_
veintiocho de abril de dos mil catorce,-Secretario Judicial, LIC.
Teresa Omaña 1
-
lernándezeRúbrica.
1978.-15, 26 mayo y 4 junio.
111!1
■■
!a
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A HECTOR MERLOS GARCIA.
Se le hace saber que en el expediente número 625/2012.
radicado en este Juzgado. relativo al Juicio Ordinario Cite,.
promovido por MARIO GONZALEZ VALADEZ, seguido en contra
de ROBERTO JESUS COLIN SUENOS y SERGIO CRUZ
HERNANDEZ, el Juez Segundo Civil de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, dictó auto e;
diecisiete de mayo de dos mil trece, por el cual se admitió la
demanda reconvencional ordenando emplazar de la misma a
RECTOR MERLOS GARCIA y MARIO GONZALEZ VALADEZ y
por auto de fecha veintitrés de abril de dos mil catorce, se ordenó
emplazar por medio de edictos de la demanda reconvencional
promovida por SERGIO CRUZ HERNANDEZ a RECTOR
MERLOS GARCIA haciéndole saber que deberá presentarse por
propio derecho o por conducto de persona alguna que legalmente
lo represente dentro del plazo de treinta dias contados a parid
de! día siguiente al en que surtan sus efectos la última
publicación, pare dar contestación a la demanda instaurada en su
contra. con el apercibimiento que de no hacerlo por sí o por
persona que legalmente la represente, se seguirá el juicio en su
rebeldía y las ulteriores notificaciones aun las de carácter
personal, se le harán por lista y Boletín Judicial. Relación de las
prestaciones reclamadas: A).- La propiedad por prescripción
positiva del terreno ubicado en la Colonia 'rola Patricia Galindo.
calle México 86 del lote uno. Municipio de Zinacantepec. Estatec
de México. con !a superficie, medidas y colindancias que 5.5
expresan en el contrato base de la acción ce fecha quince de
marzo de dos mi; cinco a favor de SERGIO CRUZ HERNANDEZ.
B).- La cancelación parcial de la inscripciail hit el volumen 575.
Libro Primero. Sección i. partida 295 de feche iiebe do e Jeste 'de
dos
m
H nueve
.
ei. el Registro publico nH la PropIcdad
Distrito Judicial le Toluca. México. I tmy el :meren° de la Eunciter,
Registra! del Estado de México, y cies) aparece a favor de iffiARYD
GCNZALEZ VALADEZ. C).- El pago de gastos y costas que
origine el pr ente iuicic, hasta su conclusión.
Fije,_ en la cuera cid juzgado, copia íntegra de esta
resolución p r locio el tiempo riel emplazamiento.
Se ejan a disposición de demandado reconvencional
RECTOR M RLOS GARCIA las copias simples de traslado, para
que se fin') nga de las mismas. Se expide un edicto para su
pubiicacion o: tres veces de siete en siete días, en la GACETA
DEL GOEIE ,NO dei Estado de México, en un periódico de mayor
circulación n la población donde se haga la citación y en el
Boletín Judi ial -Dado en la Ciudad de Toluca. Estado de México.
en fecha eintiocho de abril de dos mil catorce.-Doy fe.-
Vaiidación: fecha de acuerdo que ordena la publicación, veintitrés
de abril de dos mil catorce.-Primer Secretario de Acuerdos,
Licenciada Eva María Manen Cruz García-Rúbrica.
1975.-15, 26 mayo y 4 junio.
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
En el expediente número 1130/2011, relativo a la
Controversia sobre el Estado Civil de las Personas y del Derecho
Eantilar, promovido por la Licenciada MONICA ILIANA
REYNOSO DE LA VEGA en su carácter de Apoderado Legal del
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de
México en contra de LUIS ALCANTARA PALMA y CRISTINA DE
LA CRUZ JIMENEZ, se reclama a estos ultimos la siguiente
prestación:
A.-
La pérdida de la patria potestad que ejercen los
demandados sobre los menores JESICA NOEMI y NICOLAS de
apellidos ALCANTARA DE LA CRUZ. quienes se encuentran en
el Aibergue Temporal Infantil dependiente de la institución que
represento, por las causas, motivos y razones señaladas en las
fracciones II y V del articulo 4.224 del Código Civil del Estado de
México. B.- El aseguramiento de alimentos en cualquiera de las
formas establecidas por el artículo 4.143 del Código Civil del
Estado de México. C.- La fijacion y pago de una pensión
alimenticia suficiente para sufragar las necesidades alimentarias
de los menores antes mencionados. D.- Como consecuencia de
la pérdida de la patria potestad se nombre tutor definitivo de los
menores a la institución que represento. Ignorando el domicilio de
CATALINA JIMENEZ SEGURA; el Juez Primero Familiar de
Primera Instancia de Toluca, México, por auto de fecha
diecinueve de febrero de dos mil catorce. Con fundamento en el
ordenó emplazar a la demandada CATALINA JIMENEZ SEGURA
por tres veces de siete en siete días en el Periódico Oficial
GACETA DEL GOBIERNO, en otro de mayor circulación y en el
Boletin Judicial, mismos que contendrán una relación sucinta de
la demanda:correspondiente mediante los cuales se le hará saber
que debe de presentarse dentro del plazo de treinta días,
contados a partir del día siguiente en que surta efectos la última
publicación, fijándose además en la puerta del Tribunal una copia
integral de la resolución por todo el tiempo del emplazamiento, si
pasado ese plazo no comparece por sí, por apoderado o por
gestor que pueda representarlo se seguirá el Juicio en rebeldía,
haciéndose las ulteriores notificaciones en términos del artículo
fundatorio del presente proveído.
Dado en la Ciudad de Toluca, a los diez días del mes de
marzo de dos mil catorce.-Secretario, Lic. Miriam Martínez
Juárez.-Rúbrica. Auto que lo ordena de fecha: diecinueve de
febrero de dos mil catorce: Segundo Secretario de Acuerdos, Lic.
Miriam Martínez Juárez.-Rúbrica.
1985.-15, 26 mayo y 4 junio.
O NOVENO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
sobre el Estado Civil de las Personas y del Derecho Familiar
(pérdida de la patria potestad), promovido por el SISTEMA PARA
EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE
MEXICO en contra de SERGIO ZACATECAS MARTINEZ y
ALEJANDRA TRUJILLO ALVAREZ, por auto del veintisiete de
noviembre del año dos mil trece. el Juez dei conocimiento ordenó
emplazar por medio de edictos a la demandada ALEJANDRA
TRUJILLO ALVAREZ, a quien se le hace saber de la demanda
instaurada en su contra en la vía de Controversia del Derecho
Familiar. y el ejercicio de la acción que le compete las siguientes
PRESTACIONES. A) La pérdida de la patria potestad que tienen
sobre las menores BRENDA ITZEL y MARITZA de apellidos
ZACATECAS TRUJILLO. quienes se encuentran en el Albergue
Temporal Infantil dependiente de la institución que represento,
por las causas, motivos y razones señaladas en las fracciones II y
V del artículo 4.224 del Código Civil del Estado de México; I3) El
aseguramiento de los alimentos en cualquiera de las formas
establecidas por el artículo 4.143 del Código Civil del Estado de
México: C) La fijación y pago de una pensión alimenticia
suficiente para sufragar las necesidades alimentarias de las
menores antes mencionadas: O) Como consecuencia de la
pérdida de la patria potestad se nombre tutor definitivo de las
menores, a la institución que represento. Fundándose para ello
en los siguientes HECHOS: 1.- El 20 de febrero de 2012,
compareció ante el Ministerio Público adscrito al Segundo Turno
de Zinacantepec, ELIANA GIL ANTOLIN. manifestando ser
trabajadora social del DIE de Almoloya de Juárez y que en esa
fecha se presentaron en las oficinas del DIE, ANA LIZET
SALADO ANALCO y LUIS MIGUEL MARTINEZ, quienes son
vecinos de las menores BRENDA ITZEL y MARITZA de apellidos
ZACATECAS TRUJILLO, señalando que éstas vivían con su
madre ALEJANDRA TRUJILLO ALVAREZ en Barrio Le
Cabecera, Tercera Sección s.M. Almoloya de Juárez, Estado de
México, y que desde el 15 de febrero de 2012. escucharon que
lloraban las niñas y se encontraban dentro de una habitación.
donde estaba totalmente cerrado. por lo que, solicitaron apoyo de
un cerrajero para poder sustraerlas, ya que se veían
desesperadas y lloraban mucho, también manifestaron no saber
el paradero de los padres de nombres SERGIO ZACATECAS
MARTINEZ y ALEJANDRA TRUJILLO ALVAREZ. 2.- Es el caso
de que en fecha 20 de febrero de 2012 la representación social
remite a las menores a la institución que represento. 3.- Se
presentaron alternativas familiares para la reintegración de las
menores, las cuales y posterior a las vacaciones, les fueron
reintegradas las niñas a su tía ANTONIA ZACATECAS
MARTINEZ, en fecha 29 de mayo de 2012, es el caso de que en
fecha 24 de septiembre del año próximo pasado la mencionada
tía de las menores compareció al Albergue para reintegrarlas,
bajo el argumento de que no cuenta con capacidad económica
para hacerse cargo de su manutención, aunado a que el papá de
las mismas ha amenazado con llevarse a sus hijas, motivo por lo
cual decidió regresarlas ya que no quiere que les pase nada
malo, haciéndole saber que debe presentarse a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente al
de la última publicación, fijando la Secretaria una copia íntegra de
la resolución por todo el tiempo del emplazamiento,
apercibiéndole a la demandada que de no comparecer por sí, por
apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el Juicio
en rebeldía, haciéndole las subsecuentes notificaciones aún las
de carácter personal por medio de lista y Boletín Judicial.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en un
periódico de mayor circulación en esta Ciudad, en el Boletín
Judicial, así como para la fijación en este Juzgado por todo el
tiempo del emplazamiento. Dado en el Juzgado Octavo Civil de
Toluca con residencia en Metepec, México, a los treinta días del
mes de enero de dos mil catorce-Fecha de acuerdo: 27/11/2013.-
Secretario, Lic. Rosina Palma Flores.-Rúbrica.
JUZGAE
Página
CACE"-
4 de junio de 20 í 4
E)LI COIE111Er1T30
En el expediente radicado en este Juzgado bajo el
número 282/2013, relativo al Juicio relativo a la Controversia
1965.-15, 26 mayo y 4 junio.
C c
-
N'a
4 de junio de 2014
Página
25
JUZGADO QUINTO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
NIEZAI-IUALCCYOTL,MEXICC
EDICTO
En el Juzgado Quinto Familiar de Nezahualcóyotl, Estado
de México, se radicó Juicio Procedimiento Especial Divorcio
Incausado, promovido por VICTOR BUENO GOMEZ en contra de
JUDITH RUTH ROBLES GUZMAN, bajo el número de expediente
1768/2012, demandando las siguientes prestaciones: 1.- La
disolución del vínculo matrimonial. Y admitida que fue la demanda
se ordenó emplazar a juicio a JUDITH RUTH ROBLES GUZMAN,
a juicio mediante edictos, para que dentro del término de treinta
días contados a partir del siguiente de la última publicación,
pasado ese plazo, se señalará audiencia dentro de los cinco días
siguientes en términos de lo dispuesto por el artículo 2.375 del
Código invocado, edictos que contendrán una relación sucinta
de
la presente solicitud de divorcio incausado promovido por el
cónyuge promovente, fijándose además en la puerta de este
Juzgado copia íntegra de la resolución por todo e! tiempo de esta
notificación, apercibida que en caso de no comparecer,
se
continuará con la tramitación del mismo.
Publíquese el presente edicto por tres veces de siete en
siete días en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en
otro de mayor circulación en esta población y en el Boletín
Judicial. Fíjese en la puerta del Juzgado por todo el tiempo del
emplazamiento copia del edicto por conducto del Secretario de
Acuerdos.-Dado en Nezahualcóyotl, Estado de México. a los
nueve días del mes de mayo del año dos mil catorce.-Doy fe.-Se
expide el presente en cumplimiento a lo ordenado por auto
de
fecha veinticuatro de abril del año dos mil catorce.-Doy
fe.-
Secretario de Acuerdos, Licenciado Miguel Reyes García.-
Rúbrica.
539-A1.-15, 26 mayo y 4 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO
CELIA VIVEROS
RAMIREZ.
PRESENTE.
En el Juzgado
Primero Civil de Primera Instancia
de
Cuautitlán, México, se tramita el
expediente número 180/2014,
relativo al Juicio Ordinario Civil-USUCAPION,
promovido por
FRANCISCO ALFREDO SANCHEZ SUAREZ, en contra
de
CELIA VIVEROS RAMIREZ.
Demandándole la parte actora las siguientes
prestaciones:
A).-
La USUCAPION del inmueble denominado: "Sin
Nombre", ubicado en la calle Valle de Los Pirules número 10,
Fraccionamiento Izcalli del Valle, Tultitlán, Estado de México, el
cual tiene una superficie de 120.05 metros cuadrados.
B).-
La inscripción en el Registro Público de la Propiedad
y del Comercio del Distrito Judicial de Cuautitlán, Estado de
México, de la resolución que se emita.
C).-
El reconocimiento de que el promovente ha adquirido
la propiedad del inmueble materia del presente asunto.
D).-
Los gastos y costas.
HECHOS: Con fecha cuatro de enero del 2006, mediante
contrato de compraventa celebrado entre la actora y CELIA
VIVEROS RAMIREZ, persona ésta que celebró una compraventa
con URBANIZADORA ELEFANTE, S.A., la parte actora adquirió
la propiedad del terreno que se menciona en el escrito inicial de
demanda; la posesión que la actora ha tenido, ha sido en
concepto de propietario, en forma pacífica, continua, pública y de
buena
fé; dicho
inmueble se encuentra inscrito en el Instituto de
la
Función Registral del
Estado de México, Oficina Registral
de
Cuautitlán, México, a nombre de CELIA VIVEROS RAMIREZ;
En virtud de que se ignora su domicilio actual se le
emplaza por medio del presente edicto el cual contiene una
relación sucinta de la demanda, para que dentro del término de
treinta días, contados a partir del siguiente de la última
publicación de este edicto, comparezca ante este Tribunal a
apersonarse al presente Juicio, con el apercibimiento de que de
no hacerlo, el mismo se seguirá en su rebeldía, también se le
previene para que señale domicilio dentro de esta Ciudad, con el
apercibimiento que de no hacerlo, las posteriores notificaciones
aún las de carácter personal, se les harán por lista y Boletín
Judicial como lo establece el artículo 1.170 del Código de
Procedimientos Civiles.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días,
en la GACETA DEL GOBIERNO, en un periódico de mayor
circulación en esta Ciudad y en el Boletín Judicial del Tribunal
Superior de Justicia del Estado de México. Se expider a los cinco
días del mes de mayo del dos mil catorce.-Doy fe.-Habiéndose
ordenado la publicación del presente edicto por auto de fecha
veintinueve de abril del dos mil catorce.-Secretario de Acuerdos
del Juzgado Primero Civil de Primera Instancia de Cuautitlán,
México, Lic. Ruperta Hernández Diego.-Rúbrica.
539-A1.-15, 26 mayo y 4 junio.
JUZGADO SEPTIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EDICTO
NOTIFICAR A: ABRAHAM HERRERA ORDOÑEZ GLORIA
MONFORTE DE HERRERA y LAS ARBOLEDAS S.A.
Se hace de su conocimiento que SILVIO EDUARDO
ZEPEDA GARCIA, bajo el expediente número 804/2013,
promovió en contra de ABRAHAM HERRERA ORDORIEZ
GLORIA MONFORTE DE HERRERA y LAS ARBOLEDAS S.A.,
demandándoles las siguientes prestaciones: A) Demando de los
señores ABRAHAM HERRERA ORDORIEZ y GLORIA
MONFORTE DE HERRERA conjuntamente, así como de la
persona jurídica colectiva LAS ARBOLEDAS SOCIEDAD
ANONIMA el otorgamiento y la firma que de forma legal al
contrato privado de compraventa que celebrara el suscrito con
los
primeros de
los mencionados. B) El
otorgamiento y la firma de la
escritura pública, como causahabiente, que de forma legal al
contrato
privado de compraventa que celebran con el suscrito, los
hoy demandados, conjuntamente, quienes a su vez habían
celebrado contrato de compraventa con LAS ARBOLEDAS S.A.,
respecto de la casa marcada con el
número 66, de la Avenida de
los Deportes, del Fraccionamiento Las Arboledas
y lote de terreno
sobre el que esta constituida que es el número 33 de la manzana
28, ubicado en el Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de
México, el cual tiene una superficie de 425.90 metros cuadrados y
las siguientes medidas y colindancias; al suroeste: 12.00 metros
con Avenida de Los Deportes; al noroeste: 35.78 metros con lote
número 34; al noreste: 12.00 metros con Zona Federal; al
sureste: 35.23 metros con lote número 32. C) El pago de las
costas y gastos que se originen en las instancias que se agoten
por la tramitación de este juicio, fundándose en los siguientes
hechos. 1) En fecha diecinueve de junio de
mil
novecientos
setenta y dos, adquiere de los señores ABRAHAM HERRERA
ORDONEZ y GLORIA MONFORTE DE HERRERA por medio de
contrato de compraventa quienes a su vez habían adquirido
mediante contrato de LAS ARBOLEDAS S.A. la casa marcada
con el número 66, de la Avenida de Los Deportes,
del
Fraccionamiento
Las Arboledas y lote de terreno sobre el que
esta constituida que es el número 33, de la manzana 28, ubicado
en el Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con
las medidas y colindancias mencionadas con anterioridad. 2)
Como
consecuencia de lo anterior hicieron entrega material
de
dicho inmueble descrito con anterioridad el cual tiene posesión
desde el día
19 de junio de 1972 fecha en que con el suscrito
celebraron contrato de referencia. 3) Se hace del conocimiento
Página 26
CACE TA
Ico Ef. I .0 Ft 1.4
4 de junio de 2014
que el precio pactado en el contrato base de la acción quedo
debidamente satisfecho en la cláusula segunda y por lo que hace
a lo establecido en la cláusula tercera lo acredita con los
respectivos omprobantes. 4) Que el inmueble objeto del
presente per se encuentra inscrito ente el Registro Público de la
Propiedad de este Distrito Judicial soy Instituto de la Función
Registral a ombre de ARBOLEDAS S.A., bajo los asientos
registrales qu se mencionan en el certificado de inscripción. El
Juez por aut de fecha cinco de diciembre de dos mil trece, dio
entrada a la ensanda y por desconocer su actual domicilie, por
auto de fech cinco de mayo de dos mil calorce, ordenó su
emplazamien
-
por medio de edictos, haciéndoles saber que
dentro del l rmino de treinta días siguientes a la última
publicación, eberán de comparecer por si, por apoderado o
gestor que I represente, a dar contestación a la demanda
instaurada en su contra, señalando domicilio de su parte para oír
y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo
asi, se seguirá el juicio en su rebeldía. y las posteriores
notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por
medio de liste y Boletín Judicial, en la inteligencia de que las
copias de traslado se encuentran a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado.
Y para su publicación en el periódico de mayor
circulación, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado y en el
Boletín Judicial, por tres veces, de sete en siete días, se expide
el presente a los nueve dias del mes de mayo del año dos mil
catorce.-Atizapeen de Zaragoza. Estado de México, a nueve de
mayo le das mil catorce.- Segunda Secretario de Acuerdos,
Licenciada Verónica Rodríguez 1
-
rejo:Rúbrica.
539-Al.
-
15, 26 mayo y 4 junio.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD
EDICTO
Dado cumplimiento al auto de fecha veinticinco de marzo
del año dos mil catorce. emitido en el expediente 1354,
1
2013,
relativo al Juicio Divorcio Incausado, promovido por PEDRO
TIMOTEO LOPEZ LOPEZ, en contra de JUANA GARCIA CRUZ,
se le nace saber que: Existe una demanda interpuesta en su
contra donde se le reclaman las siguientes prestaciones: A) La
disolución del vínculo matrimonial que aún nos une, manifestando
expresamente y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que es
mi voluntad indeclinable de no querer continuar unido en
matrimonio civil. con mi todavía esposa señora JUANA GARCIA
CRUZ para lo cual acompaño a la presente solicitud, la propuesta
de convenio pa
-
a efecto de
regular
las consecuencia inherentes a
!a disolución del vinculo matrimonial que se solicita, convenio que
cumple con los requisitos legales, haciéndole saber que deberá
presentarse dentro del término de treinta días contados a partir
del dia siguiente del que surta efectos la última publicación de los
mismos, con el apercibimiento que en caso de no comparecer a
dar contestacion a la instaurada en su contra por si o por
apoderado legal que :crepresente, se seguirá el Juicio en su
rebeldía, hacienapie las ulteriores notificaciones en términos de
f
ijándose además en la puerta de este Juzgado una copia íntegra
de la resolución por todo el tiempo del emplazamiento.
Publíquese por tres veces de siete en siete días en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en el periódico ae mayo)
circulación v boletin Judicial. Se expiden a los veinticinco días de
abril del dos si' catorce.
-
Doy fe.-Lo que se hace en cumplimiento
al auto de fecha veinticinco de marzo de! año dos mil catorce
-
Secretario d '. juzga:Os Cuarto Civil de Primera Instancia del
I r I ie.l pie Orlasen coa residencia es VHS= he ,
,
ta oc
Solidaridad.
sers
OHs'ares CasS1
ssi 5. 2
,
3 msys
jsrSo.
JUZGADO OUINCUAGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
NUMERO EXPEDIENTE 291/1999.
SECRETARIA "A".
SE CONVOCAN POSTORES.
En el Juicio Especial Hipotecario. promovido por BANCA
SERFIN. S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO
FINANCIERO SERFIN HOY SU CESIONARIA SOLIDA
ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS S.A. DE C.V., en contra
de FRANCISCO JAVIER GONZALEZ MENDOZA y OTRA,
número de expediente 291/1999, la C. Juez Quincuagésimo
Séptimo de lo Civil. Maestra en Derecho MARGARITA CERNA
HERNANDEZ. ha señalado las diez horas del dia dieciséis de
junio del dos mil catorce. para que tenga verificativo la audiencia
de remate en primera almoneda del inmueble ubicado en
departamento 201, del edificio 5, construido sobre la fracción V,
que resulto de la subdivisión de la fracción C, que resulto de la
subdivisión del lote 1 de la zona "A" de los ejidos de Plan de
Guadalupe Victoria y San Martín Obispo o Tepotlixpa, que forma
parte del conjunto habitacional denominado Los Pájaros. marcado
con el número oficial 1, de la Avenida Hidalgo en el
Fraccionamiento Granjas de Guadalupe en Cuautitlán. Estado de
México, sirviendo de base para el remate la cantidad de S
414,000.00 (CUATROCIENTOS CATORCE MIL PESOS
MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos
terceras partes de dicha suma.
Para su debida publicación por dos veces debiendc
mediar entre una y otra fijación de edictos y publicación siete días
hábiles. México, D.F., a 23 de abril de 2014.-C. Secretario de
Acuerdos "A", Lic. Mario Hernández Jiménez.-Rúbrica.
2105:23 mayo y 4 junio.
JUZGADO OUINCUAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO 1619/11.
SECRETARIA
"A"
En los autos del Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por
SCOTIABANK INVERLAT, S.A.. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, en
contra de MIGUEL ANGEL ALANIS ORTEGA, expediente
número 1619/2011. el C. Juez Quincuagésimo Sexto de lo Civil,
dictó un auto en la audiencia de fecha veintiuno de abril en
relación con el auto de fecha diez de diciembre del año dos mil
trece, por medio del cual se ordenó subastar en TERCERA
ALMONEDA el inmueble embargado ubicado en vivienda B tipo
dúplex, manzana 14, lote 2, del condominio "Paseos del Valle
III". Municipio de Toluca. Estado de México. sirviendo como
base del remate la cantidad de S 955 700.00 (NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS PESOS 00/100
M.N.). con la reducción del diez por ciento del valor señalado para
el remate en la SEGUNDA ALMONEDA, que será de S
774,117.00 (SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO
DIECISIETE PESOS 00/100 M.N.) de conformidad con lo
dispuesto del articulo 475 y 476 del Código Federal de
Procedimientos Civiles como aplicación supletoria al Código de
Comercio. siendo postura legal la que cubra las dos terceras
panes cie dicha cantidad y los postores que acunan deberán
hacer el previo depósito de Ley. Para la subasta se señalan las,
diez horas con treinta minutos del día veintitrés de iunic reí
dos mil catorce.
reexico. D.F., a 25 de
del año 2014.-.s.tsntarriente.-1:1
Seri retar
,
orL Acue-dscs siSS
Lr
Msrec Ast.s
,
s Sil esa Serrano--
2
1
56..-2S
,
mays
10
4 de junio de 2014
GACE
TA
Página 27
JUZGADO QUINTO ANTES SEXTO Y OCTAVO CIVIL DE
PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC
EDICTO
En el expediente numero 12/10. relativo al Juicio
Ejecutivo Mercantil. promovido por GIMSA. AUTOMOTRIZ. S.A.
71
7
C.M. :o contra ce MIGUEL SOLANO GUTIERREZ. 'a Juez
:sido L .1 Ce 77
-
1:
-
..cra jactancia de Toluca. con residencia en
facripipp chic de :cc va doce)
Ce.
mayo
7:CS
set _c ;cuece horas ton treinta minutos Ti clic
reirift
i
scio del Jos ITU cotorce. pura que te7ca verilicuivo
-
le la SEGUNDA. ALMONEDA DE REM,ATE da1 cien
mouclifft ifabm'écdo, en el
001111.1111.0 ur
uano de tipo habitacional,
esirt
nanol
-
o E: Mesón ubicado en la calle Mesón de San
juico, icenzona
Sto 27, Colonia De 'o El Mesón Municipio
oc Cr
ja.EstaOcMáxico oce !as siguientes medidas y
. olas; al coño: 24.357.1 metros con lote 26: al sur: aLS727
dichas
t lote 2E: a: oriente: 17.0041 metros con calle Riesen cie
Chal r
ente: 17.0010 metros con
-
ate 17 y caometario
- Disc 7 L.lairep Hiquel, con ira superficie de 416.1605 metros
s Con :olio real 70025984 con los siguientes catos
: ;arida ,número 1012, volumen28, Libro Fiimero.
Yecosi Primeria. de fecha 21 de junio del 2006, a favor de
Sh17
1
,11/1 GUTIERREZ MIGUEL. Sirviendo de base para el
occucle ,a cantidad de 5968,310.00 (NOVECIENTOS SESENTA Y
.'ORO MIL TRESCIENTOS DIEZ PESOS 00/100 MONEDA
1
1,1COIONAL), precio fijado por el perito nombrado en rebeldía de
lo par
te
demandada, siendo postura legal la cantidad que
cubra
el
'liado en dicho avalúo, cítese a los acreedores que
floiyan eit
ct certificado de gravamen en el domicilio cue se
ffic:veguese postores para esta almoneda.
ri ulthuiese por tres eces dentro de los nueve dias por
balarse cle un bien inmueble, en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México, en un periódico de circulación amplia en el
Solado de México. en el Boletín Judicial, en la tabla de avisos de
este Juzgado y del Juzgado de la ubicación del inmueble,
mediando cuando menos de siete días entre la última publicación
de edicto ordenado y la fecha señalada para la almoneda. dado
coi el Juzgado Quinto antes Sexto y Octavo de lo Civil de Primera
instancia de Toluca. residencia en Metepec. México. a los
dieciséis días del mes de mayo del año dos mil catorce.-Doy fe.-
7echa de acuerdo: 12/05/14.-Segundo Secretario adscrito al
juzgado Quinto antes Sexto y Octavo Civil de Toluca con
ssidencia en Metepec, México. Lic. María Alicia Osorio Arellano.-
Rúbrica.
2108.-23, 29 mayo y 4 junio.
JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por
SISTEMA DE CREDITO AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V., en contra
de PEDRO PABLO MORALES ORTIZ y OTRO, expediente
número 603/2009, la C. Juez Décimo Primero de lo Civil mediante
proveído de fecha veintiocho de marzo del dos mil catorce, señaló
las diez horas del día seis de junio de dos mil catorce, para que
tenga verificativo la audiencia de remate en segunda almoneda,
respecto del bien inmueble hipotecado ubicado en: calle Avenida
del Rosario número 7, en la Colonia Tequisistlán. C.P. 56020. en
Tezoyuca. Estado de México. en consecuencia convóquense
postores por medio de edictos que se publicarán por tres veces
dentro de nueve días, en los tableros de avisos de este Juzgado,
en los de la Tesorería del Distrito Federal, así como en el
periódico "El Diario de México", se sirve de base para el remate la
cantidad de 51'130,400.00 (UN MILLON CIENTOTREINTA MIL
CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), precio con la rebaja del
diez por ciento, sirviendo de postura legal las dos terceras partes
del precio
que sirva para dicha almoneda; diligencia que se
verificará en el domicilio de este Juzgado, ubicado en Niños
Héroes, número 132, Sexto Piso: Torre Sur. Colonia Doctores,
Delegación Cuauhtémoc. C.P. 06720, México. Distrito Federal.-
t.:léxica
: .04 fie abril ce 2014.-La C. Secretaria de
• •
_
of)a.:(1 fatsiN
-
1.2.11819._
2‘'RiMIER.A.
o
-
TEI
.
7)710 looCOLiCLI
7
E O 1 0 O fj
¡Cid'
jISC:
s
DIRLI
1
7
dos oil catorce is
nafter las :ose horas f.
R.
dia dore e funio
ce
itf..).toe
que Iertga venticativo
STGUNUA
LJNEDA 17
8
. REMATE soore 5: Inmueole eitQamacio en al
presente as iolo consistente Ni: 1 -
EDIO HUSTICO
DENOMINADO LOS GU1P.OS, UBICADO ELI EL PUEBLO
DE
SABANCUY, PIUNICIPIO DEL CARMEN. ESTADO
DE
CAMPECHE ; INSCRITO BALO EL IiIIIMERO 68917
iNSCRJPCION SEGUNDA A FOLIO 213-216 DEL TOMO 97 E.
I ISRO PRIMERO DEL 6 DE MARZO CE 2001, CON LAS
SIGLIENITES :IEDIDAS
SCLINDANCIAS; AL
NORTE:
00.00 METROS CON TERRENOS 8ALDIOS: AL SUR:
;
2
00 le METROS Y COLINDA CON ARROYO CHIVOJA; AL
CE:LEUDE 8.000
.00 ?vIEDROS CON PREDIO RUSTICO "LAS
ESnENANZAS
7
AL PONIENTE: 3,000 00 METROS CON
SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL "VALLE SAGRADO",
PROPIEDAD DE CENTRO DE CONTACTO AVANZADO S.A.
DE
C.V., sirviendo de base para el remate la cantidad de
56,491,032.00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA
Y UN MIL TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), en que fue
valuado por el perito tercero en discordia por lo que en términos
del artículo 2.234 del Código de Procedimientos Civiles
vigente
en el Estado de México de aplicación supletoria a la Legislación
Mercantil, anúnciese su venta a través de la publicación
de
edictos en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en otro
de mayor circulación en el Estado de México, en el Boletín
asi como en la tabla de avisos de este y del Juzgado en
que se encuentra ubicado el mencionado bien, por tres veces
dentro de nueve días, a efecto de convocar postores, siendo
postura legal la que cubra el precio fijado para el remate.
Se expide el presente. en la Ciudad de Toluca, México, a
los veinte días del mes de mayo del dos mil catorce.-Doy te.-Auto
que lo ordena de lecha: nueve de mayo de dos mil catorce.-
Segundo Secretario de Acuerdos. Lic. India Ivon Castillo
Robledo.-Rúbrica.
2106:23, 29 mayo y 4 junio.
JUZGADO TRIGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En los autos del Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por
AUTOFINANCIAMIENTO AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V.. en contra
de GIL SORIA MARIO y GIL FLORES FEDERICO, expediente
número 1176/2011, se han señalado las once horas con treinta
minutos del dia doce de junio del año en curso, para la
celebración de la audiencia de remate en segunda almoneda del
bien embargado en Juicio, ubicado en la Avenida Independencia
número 151, manzana D-1, lote 10, Colonia Loma Bonita,
Nezahualcóyoll, Estado de México, cuyas medidas, colindancias
y
características obran en autos, sirviendo de base para el remate
la cantidad de $ 1223,100.00 (UN MILLON DOSCIENTOS
Página 28
VEINTITRES
i
al precio de
1'359,000.00
NUEVE MIL
del diez po
Federal de
Para el eve
interese en
1
atento al a
convocan izo
MIL CIEN PESOS 00/100 M.N.), que corresponde
retazo cuenta habida que al precio primitivo de $
(UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y
PESOS 001100 M.N.), se le ha hecho la deducción
ciento previstos por el articulo 474 del Código
rocedimientos Civiles, supletorio al de Comercio.
to de que no acudan postores y la acreedora se
adjudicación, esta será por el precio de la retaza,
ículo 1412 de la Ley Mercantil ya invocada. Se
?Oree.
Para su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado y en otro periódico de mayor circulación ceo se edite en.
esta Ciudad, por dos veces en cada uno de ellos, con intervalos
de por lo menos dos días. se
expiden en la Ciudad de Texcoco.
Estado de México, a los catorce días del mas de mayo del año
dos mil catorce: Doy fa-Secretario de Acuerdos, Lic. Alicia
Apolineo Franco.-Rubrica.
601-A1.-30 mayo y 4 junio.
C C E riet.
71 I C O 13. I
,
a
Fit •4
4 de junio de 2014
Para su publicación en los ugares que para el caso de
remates establezca
s''
egislación Procesal Local por tres veces,
dentro de nr eve días, el primero en el primer día de los nueve
que establece el artículo 1411 del Código de Comercio, el tercero
en el noveno día, y el seoundo en cualquier dia, México, D.F.. e
12 de mayo de 2014.-El C. Secretario de Acuerdos "B", Lic. Abel
Martínez Camacho.-Rúbrica.
317-31.-23, 29 mayo y 4 junio.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE IXILAHUACA
EDICTO
En los autos del expediente 96312014, promovido por
FELIPE JUAREZ fyiARTINEZ, promoviendo Procedimiento
Judicial no Contencioso, sobre Inmatriculación Judicial, respecto
de un bien inmueble ubicado en San Lorenzo Toxico, manzana
número tres, Segunda Sección, Municipio de Ixtlahuaca, México:
cuyas medidas y collnciancias son: a! norte: en dos lineas 28.00
metros en una línea más 25.00 metros otra linea con camino
vecinal; al sur: 24.00 metros con camino vecinal; al oriente: 61.50
metros con Anacleto Cruz Salvador; al poniente: 53.00 metros
con Beatriz Martínez Cruz. Con una superficie aproximada de
2,102.00 metros cuadrados.
Por auto de fecha veintiunc de mayo de dos mil catorce,
se ordenó, con Fundamento en los artículos 1.42 fracción VIII,
3.20, 3.21, 3.22 y 3.23 del Código de Procedimientos Civiles
hacer el emplazamiento mediante edictos, los cuales se
publicaran en e! Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO. en
un periódico de circulación diaria en esta Ciudad y deberán
publicarse Por dos veces con intervalos de por lo menos dos días,
para conocimiento de las personas que se crean con mejor
derecho y se presenten a deducirlo en términos de Ley.
Dado en la atetad de Ixtlahuaca. México, a los veintitrés
días del mes de mayo del dos mil catorce.-Doy fe.-Validación:
Fecha de acuerdo que ordena la publicación veintiuno de mayo
de dos mil catorce- Sscretarío de Acuerdos, Lic. Gilberta Garduño
Guadarrama.-Rú brisa.
2218.-30 mayo y 4 junio.
JUZGADO TERCERO CIVIL. DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DF TEXCOCO
EDiCTO
EXPEDIENTE NUMERO: 474/14.
SEGUNDA SECRETARIA.
LIJis S;:1
1
0 LOPEZ FLORES. promueve Proceda
-
siento
Judicial no Cetaaciose de informac
i
ón de dominio, respecto del
inmueble Oenemisaria "Mittence" ubicado en: calle Libertad
número once, Acuexcomac, Municipio de Ateneo, Estado de
j
México. y iene ias siguientes medidas y colindarcias: al nene:
mide 33.81 metros y ceiinda co
r privada Flores. al ser mide
21.38 melr ros con Migue! Pérez. actualmente con Blanca Pérez
Flores, al onteile. mide 23.00 metros y colinda con izaría
Guadalupe Dépez Filores, actualmen1e con sucesión dz Esieban
López de t Rosa, representada por Luis Ulises López Rodriguez,
si ponienti : mide 20.70 y colinda con calle Libertad. Coa una
superficie total de Gos.30 metros cuadrados.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE IXTLANUACA
EDICTO
En los autos del expediente 695/2013, promovido por
ELADIO CARDENAS VELAZOUED, por se propio derecho,
promoviendo Procedimiento Judicial nc Contencioso, sobre
Información de Dominio, respecto de un bien inmueble ubicado
en domicilio conocido, Santa Ana Ixtlahuaca, Municipio de
Ixtlahuaca, México, cuyas medidas y colticlancias son: al norte:
67.00 metros colinda con Jesús Remigio Piña; a! sur: 25.00
metros colinda con Alberto Cárdenas Reyes con un coge cíe
10.00 metros colinda con Feliciana Antonio Macana; al oriente:
70.00 metros colinda con Carlos Remigio Isabel y la barranca; al
poniente: 62.50 metros colinda con Feliciana Antonio Macario.
Por auto de fecha catorce de mayo de dos rail catorce, se ordenó.
con fundamento en los artículos 1.42 fracción VIII, 3.20, 3.21.
3.22 y 3.23 del Código de Procedimientos Civiles hacer ei
emplazamiento mediante edictos, los cuales se publicarán en el
Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO. en un periódico de
circulación diaria en esta Ciudad y deberán publicarse por dos
veces con intervalos de por lo menos clos días, para conocimiento
de las personas que se crean con mejor derecho y se presenten a
deducirlo en términos de Ley.
Dado en la Ciudad de Ixtlahuaca,
México, a los veintidós
días del mes de mayo del dos mil catorce.-Doy ie.-Validación:
Fecha de acuerdo que ordena la publicación catorce de mayo de
dos mil catorce.-Secretario de Acuerdos, Lic. Gilberta Garduño
Guadarrama-Rúbrica.
2207.-30 mayo y 4 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO
DE OTUMBA
EDICTO
ARMANDO OCTAVIO S,ANCHEZ islARTINIZ, promueve
por su propio derecho, en el expediente numero 1270/2013, por
medio dei cual promueve Procedimiento Judicial no Contencioso.
Diligencias de Inmatrioulacion Judicial, rec
a
e to del inmueb e
denominado sin nombre. ubicado en carretera Federal
Libramiento México-Tulancingo, kilometro 27 - 300. en el
Municipio de San Manir de las Pirámides. Estado de México, que
manifiesta que lo ha venido poseyendo en forma interrumpida
desde ei día quince de febrero de dos mi'.- celebró contra
-
la de
compraventa que realizara con la señora SANDRA BENITED
PORCAYO, desde esa fecha tiene posesión en concepto do
propietario en forma pacífica, pUblica. eteeleece
de buena Da.
inrruebie que cuenta con una supenicie total aproximada da
12.417.95 metros cuadrados. las siciaientes medidas y
colindancies aI nade: 77.25 metros
y :inda yo'n
Feelando Benítez:
al sur: 100.00 metros y linda con Luis Ben1rez actualmente Aurora
Arenas Iviaranez; al oriente: en 141.00 mellas linda con camino
sin nombre; al poniente: 140.70 metroe con Lloran
-
.unto ttiotopletti
México-Tulancingo.
Se expide el itresente edicto para su publicación por 2
dos veces con intervalos ce dos días hábiles. en la GACETA DEL
GOBIERNO del Estecc y en otro periódico local de ntaym
circulacian de esta Catead. Glosaba, Mexico, veintidós de mayo
del ano dos mil caros e.-Doy fe.-Secretario de Acuerdes. Lic.
Juan de jesús Alonso Carrasco.-Rübrica.
332-51.-30 mayo y 4 jenio.
GACETA
1
GOB•ER NO
4 de junio de 2014
Página 29
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-NAUCALPAN DE JUAREZ
EDICTO
EMPLAZAMIENTO: Se le hace saber que en el
expediente 334/2013 relativo al Juicio Ordinario Civil (interdicto de
retener la posesión) promovido por JOSE DECEGA GUTIERREZ
en contra de RECUPERACION DE COMERCIO INTERIOR,
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE, en el Juzgado Sexto Civil de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Tlalnepantla con residencia en Naucalpan de
Juárez, Estado de México, el Juez de conocimiento dicto en fecha
siete de junio de dos mil trece auto que admitió la demanda y por
auto de fecha treinta de abril de dos mil catorce, se ordenó
emplazar por medio de edictos a RECUPERACION DE
COMERCIO INTERIOR, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD,
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, haciéndole saber que
deberá presentarse dentro del plazo de TREINTA DIAS (30)
contados a partir del día siguiente de la última publicación, a dar
contestación a la instaurada en su contra, apercibida que si
trascurrido el plazo antes mencionado no comparece por si, por
apoderado legal o gestor que pueda representarle, se seguirá el
juicio en su rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones por
lista y Boletín Judicial, relación sucinta de la demanda
PRESTACIONES: A) Le demando la acción que me compete,
tendiente a retener la posesión que detento respecto del bien
inmueble ubicado en calle Plaza de la Conchita, número 36 en la
Colonia Colonial Satélite, Municipio de Naucalpan de Juárez,
Estado de México, y terreno que ocupa y que corresponde al lote
diez, de la manzana marcada con la letra "H", con las siguientes
medidas y colindancias: al suroeste: en diez metros, con la calle
Plaza de la Conchita, vía pública de su ubicación; al noroeste: en
veintidós metros con cincuenta centímetros con lote del terreno
número nueve; al noreste: en diez metros con propiedad
particular; al sureste: en veintidós metros con cincuenta
centímetros, con el lote de terreno número 11, teniendo una
superficie total de doscientos veinticinco metros cuadrados; B)
Por medio del presente interdicto se haga cesar cualquier acto
perturbatorio de la posesión que de manera ilegal viene
ejerciendo la demanda en perjuicio del suscrito; C) Que se
proceda por parte de la demanda a indemnizar al suscrito
derivado de todos y cada uno de los actos perturbatorios que
para tal efecto ha venido realizando la parte demandan en mi
perjuicio; D) Que en la sentencia que tenga a bien emitir su
Señoría se condene a la parte demandada para el efecto de que
en lo futuro se abstenga de ejecutar o tratar de ejecutar cualquier
acto perturbatorio de la posesión en mi contra, debiéndose
condenar al otorgamiento de la fianza correspondiente,
haciéndole saber que en caso de desacato se hará acreedor a
una multa o arresto en caso de reincidencia. HECHOS: 1.- En
fecha 15 de diciembre del año 2006 el señor RUBEN MARTINEZ
Y BARRON, suscribió en mi favor un título de crédito (pagaré),
por la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS MIL PESOS
00/100 M.N., pagadero en la Ciudad de Naucalpan, México, el día
31 de enero del 2007; 2.- Procedí a endosarle dicho documento
en procuración a favor del Licenciado Antonio Rosas Palomino;
3.- Se ejerció en la vía ejecutiva mercantil el cobro del citado
documento, en el Juzgado Sexto Civil de Naucalpan de Juárez,
embargando la propiedad del demandado RUBEN MARTINEZ Y
BARRON, respecto del bien inmueble descrito con antelación; 4.-
En fecha 10 de mayo de del año 2011, se celebró convenio que
fue ratificado en fecha 12 de mayo del 2011, ante la autoridad
referida; 5.- Cabe aclarar que en el momento en que fue
celebrado el convenio de dación en pago, el bien antes referido
se encontraba libre de todo gravamen. 6.- Desde el día 25 de
mayo del 2011 derivado del convenio judicial de dación de pago
el suscrito se encuentra en posesión del bien inmueble antes
referido; 7.- Es el caso que el nueve de mayo del año 2013, se
presentaron a mi domicilio personas que venían de parle de la
empresa denominada Recuperación de Comercio Interior,
Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable y que
tenían una orden de desalojo; 8.- El día 24 de mayo del año 2013,
recibí una llamada telefónica de mis vecinos indicándome que me
trasladara de manera inmediata a mi casa, encontrándome con
dos personas de traje y trece cargadores, indicándome que
pasarían a tomar posesión de la casa de mi propiedad, porque
esa casa la habrá comprado la persona jurídico colectiva
mencionada con antelación. Los presentes edictos se publicarán
por tres veces de siete en siete días en el Periódico Oficial
GACETA DEL GOBIERNO, en otro de mayor circulación en la
Ciudad de Naucalpan, México, y en el Boletín Judicial.
Validación: Treinta de abril de dos mil catorce, Licenciada
Ariadna Miranda González, Segundo Secretario de Acuerdos del
Juzgado Sexto Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de
México.-Rúbrica.
572-A1.-26 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION DE DOMINIO DE
PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: JULIA TORAL BONILLA y FRANCISCO
CELADA TINOCO.
Por medio del presente, se hace saber que dentro del
expediente 209/2014, ESTELA PINEDA ARIAS, promovió Juicio
Ordinario Civil, en contra de JULIA TORAL BONILLA y
FRANCISCO CELADA TINOCO; reclamando lo que a la letra
dice:
A)
El otorgamiento y firma de escritura de compra-venta
ante Notario Público, respecto al lote de terreno número treinta,
manzana ciento cincuenta y cuatro, sección segunda de la
Colonia Moctezuma en la vigésima región catastral de la Ciudad
de México, y casa construida en dicho lote con el número 184, de
la calle 142 Oriente antes calle Nueve, Distrito Federal, el cual
tiene una superficie de 180.00 metros cuadrados y las siguientes
medidas y colindancias: al norte: 22.50 metros linda con el lote
número 29; al sur: 22.50 metros con lote 31; al oriente: 8.00
metros linda con la calle Ciento Cuarenta y dos Oriente (antes
calle Nueve); al poniente: 8.00 metros linda con el lote número
12, siendo estos los lotes colindantes de la misma manzana
ciento cincuenta y cuatro.
B)
El pago de los daños y perjuicios que se ocasionaron
por motivo de la tala de escrituración del inmueble a mi favor,
cantidad que se cuantificará en ejecución de sentencia.
C)
El pago de gastos y costas que se originen en el
presente Juicio.
Lo que se hacer saber, en términos de lo ordenado en el
auto de siete de mayo de dos mil catorce, que ordenó: publicar
por tres veces de siete en siete días, en el Periódico Oficial
GACETA DEL GOBIERNO de este Estado, en otro periódico de
los de mayor circulación en este lugar y en el Boletín Judicial,
haciéndoles saber que deberán presentarse a este Juzgado,
dentro del plazo de treinta días, contados a partir del siguiente de
la última publicación, con el objeto de que de contestación a la
demanda instaurada en su contra y fíjese además, en la puerta
de este Juzgado, una copia íntegra de la resolución, por todo el
tiempo del emplazamiento, en la inteligencia de que, si no
comparecen, por sí, por apoderado o gestor que la represente, se
seguirá el juicio en su rebeldía y se les harán las subsecuentes
notificaciones por medio de lista y Boletín Judicial.
Validación: Fecha del acuerdo que ordena la publicación,
siete de mayo de dos mil catorce.-Primer Secretario de Acuerdos,
Lic. Rita Erika Colín Jiménez.-Rúbrica.
572-Al .-26 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
Que en el expediente 1032/2013, relativo al Juicio
Ordinario Civil (OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA),
promovido por ESTARAGUES VIDALES MIGUEL ANGEL, en
contra de JOSE HUMBERTO MEZA, MARIA ELENA CASTILLO
45 C E T'A
CYEL
GO61E
RN
4 de junio de 2014
Página 10
DE MEZAI e IRMA ANDREA RIOS ARMENDARIZ. La parte
actora reci ma
1.-
E! cumplimiento de contrato de compraventa
de fecha di cisiete de agosto de mil novecientos noventa y cuatro
que suscri en los CCS. JOSE HUMBERTO MEZA RUEDA y
MARIA E ENA CASTILLO DE MEZA, en su calidad de
vendedore con el suscrito con respecto del inmueble marcado
como cas tipo "M". uno guión setecientos construida sobre el
lote diecis is de la manzana nueve actualmente marcada con el
número 1
de la calle de Hortensia del conjunto habitacional
"Los Rey
Ixtacala", Municipio de Tlalnepantla, Estado de
México; 2. El otorgamiento y firma de escritura correspondiente
que a fav r del suscrito respecto de la compraventa de la
propiedad itada y para el caso de rebeldía se firme por su
Señoría; 3. El pago de la cantidad de $25,000.00 (VEINTICINCO
MIL PESO 00/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de pago
de pena convencional de acuerdo a la cláusula tercera del citado
contrato y 4.- Ei pago de gastos y costas que origine el presente
juicio: basándose la parte actora en los siguientes hechos: 1.- Tal
y como se acredita con el contrato de compraventa que en
original se acompaña a la presente demanda de fecha diecisiete
de agosto de mil novecientos noventa y cuatro; 2.- Toda vez que
el suscrito hizo entrega de la cantidad en efectivo a los
vendedores tal y como se estipula en el citado contrato, se dan
por recibidos firmando dicho contrato; 3.- Es el caso que una vez
transcurrido el término de tres meses a efecto de llevar a cabo la
correspondiente escritura, los demandados simplemente se
ausentaron 4.- A la fecha han transcurrido 19 años en que el
suscrito ha habitado el domicilio del cual se pretenden las
prestaciones reclamadas; 5.- Cabe manifestar que a la fecha y
desde el mes de agosto de 1994 me encuentro habitando de
manera pacífica, continua a título de propietario y de buena fe el
inmueble base de la acción, eje'ciendo los actos de dominio
correspondientes así como pagando los servicios de
mantenimiento de dicho inmueble; 6.- Por tal motivo es que acudo
a esta instancia a efecto de que se lleve a cabo el cumplimiento
de! contrato de compra-venta y con ello el tiraje de la escritura
correspondiente.
Y oda vez que se desconoce el domicilio y paradero
actual de la codemandada IRMA ANDREA RIOS ARMENDARIZ;
con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1.181 del Código
de Procedimientos Civiles para el Estado de México vigente;
emplácese a la demandada por medio de edictos; haciéndole
saber que deberá contestar la demanda instaurada en su contra
dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente al
en que surta sus efectos la última publicación, haciéndole saber
que deberá señalar domicilio pa
-
a oír y recibir notificaciones
dentro de la Unidad Habitacional Hogares Ferrocarrileros, Colonia
Centro, Los Reyes Iztacala de esta Ciudad; con el apercibimiento
que de no hacerlo, se seguirá el juicio en su rebeldía y las
notificaciones se les harán por medio de lista y Boletín Judicial,
en términos de los dispuesto por los artículos 1.168 y 1.170 del
Código en cita.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en el periódico de
mayor circulación de ésta Ciudad y en el Boletín Judicial. Fíjese
además una copia íntegra de esta resolución por todo el tiempo
del emplazámiento en la puerta de este Juzgado. Dado en el local
de este Juzgado a los quince días del mes de mayo del año dos
mil catorce. Doy fe.
Val dación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación,
05 de mayo de 2014.-Secretario de Acuerdos, Lic. Raúl Soto
Alvarez.-Rúbrica.
572-A1.-26 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO PRIMERO MERCANTIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
En ios autos del expediente 34513. relativos al Juicio
Ordinario vil, promovido por ABDON ORTIZ HERNANDEZ. en
contra de r ARMEN PINA DE AVALOS también conocida como
MARIA D CARMEN PIÑA DE AVALOS y de "ROMANA",
SOCIEDAD ANOIMMA o LA ROMANA SOCIEDAD Ah ANIMA.
mediante auto de fecha trece de mayo de dos mil catorce, se
ordenó emplazar a los demandados por medio de edictos,
solicitando I.- La declaración judicial en sentencia definitiva que
ha operado a favor del actor la usucapión respecto de la posesión
que tiene y disfruta sobre el inmueble motivo del presente juicio y
que es el terreno identificado como el LOTE SEIS Y
CONSTRUCCIONES EN EL ADHERIDAS IDENTIFICADAS CON
EL NUMERO DOSCIENTOS CINCUENTA, DE LA CALLE DE
TEOTIHUACAN, DE LA MANZANA VEINTIUNO DEL
FRACCIONAMIENTO ROMANA, TAMBIEN CONOCIDO COMO
FRACCIONAMIENTO LA ROMANA, MUNICIPIO DE
TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEMO, CON SUPERFICIE DE
CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS, CON LAS
SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS: al norte: en veinte metros
con lote siete; al sur: en veinte metros con lote cinco, al oriente:
en ocho metros, con lote trece; y al poniente: en ocho metros con
Avenida Teotihuacán. II.- Como consecuencia de lo anterior, se
inscriba a favor del actor en el Instituto de la Función Registrar de
Naucalpan, Estado de México la sentencia que se dicte en este
juicio a fin de que la misma le sirva de título de propiedad, III.- Se
tengan por purgados todos y cada uno de los vicios de su
contrato de promesa de compraventa que es la causa generadora
de la posesión, IV.- El pago de gastos y costas judiciales que, en
su caso, genere el presente juicio hasta su total solución.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días
en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en otro de
mayor circulación en la población donde se haga la citación y en
el "Boletín Judicial", fijándose una copia íntegra de la resolución
por todo el tiempo del emplazamiento en la puerta del Tribunal,
haciéndole saber a los demandados que deberán presentarse
dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al
que surta sus efectos la última publicación, a producir
contestación a la demanda entablada en su contra, con el
apercibimiento que de no hacerlo, se seguirá el juicio en su
rebeldía y las posteriores notificaciones se le harán en términos
del artículo 1.181 del ordenamiento legal en cita. Se expide el
presente a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil
catorce.-Doy fe.
Autó que ordena la publicación del edicto trece de mayo
de dos mil catorce, expedido por la Secretario, Licenciada
Sammay Susana Mejía Sarellana.-Rúbrica.
572-A1.-26 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI
EDICTO
OSCAR HILARIO PUGA SOLIS. Se hace de su
conocimiento que VICTOR EDUARDO FERNANDEZ BUENO,
promoviendo como Apoderado de JAVIER ARRIOLA BUENO,
demanda en la vía ordinaria civil en contra de PETRA MARICELA
VILLALVA SANCHEZ y OSCAR HILARIO PUGA SOLIS, en el
expediente 129/2012, las siguientes prestaciones:
a)
La rescisión del contrato privado de compra venta
(traspaso) celebrado con los hoy demandados en fecha diecisiete
(17) de octubre del año dos mil once (2011).
b)
Como consecuencia inmediata de la prestación que
antecede, el pago de la cantidad de $260,000.00 (DOSCIENTOS
SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).
c)
El
pago de la cantidad de $30,000,00 (TREINTA MIL
PESOS 00/100 M.N.), por concepto de pena convencional
pactada.
d)
El pago de los daños y perjuicios que han venido
ocasionado a mi poderdante y en ejecución de sentencia, a juicio
de peritos.
e)
El pago de ios gastos y costas,
HECHOS: 1.- Mi poderdante y los hoy demandados,
celebraron contrato privado de compra venta (traspaso), respecto
del inmueble ubicado en Avenida Teotihuacán 8, manzana 17,
lote 20. casa C, Colonia Cofradía de San Miguel IV; en Cuautitlán
4 de junio de 2014
G
ACETA
1)I I GOBIERN
O
Página 31
Izcalli; Estado de México. 2.- Como se acredita en la cláusula
PRIMERA, de la documental base de la acción, mi poderdante y
los hoy demandados convinieron que el precio del inmueble
objeto de la compra venta fuera la cantidad de $260,000.00
(DOSCIENTOS SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad
que fue pagada y recibida por los hoy demandados a la fecha y
firma del contrato base de la acción. 3.- Del contenido de la
cláusula QUINTA del documento base de la acción se desprende
que, se pactó la pena convencional de $30,000.00 para el caso
que los vendedores retrasaran la entrega del inmueble objeto de
la compra venta por más de ocho días, razón por la cual y toda
vez que hasta la fecha no han hecho entrega del referido
inmueble, los hoy demandados deberá ser condenados al pago
de todas y cada una de las prestaciones reclamadas. 4.- Corno se
justifica con el contenido de la cláusula DECIMA CUARTA. Los
contratantes se sometieron expresamente a la competencia de
los Tribunales de la Ciudad de Cuautitlán Izcalli, Estado de
México, razón por la cual su Señoría resulta competente para
conocer y resolver el presente juicio. 5.- Manifiesto a su Señoría
que mi poderdante se reserva acción y derecho para ejercitar
acción penal en contra de los hoy demandados, a virtud que
estos, lejos de hacer entrega del inmueble objeto de la compra
venta, hasta la fecha han venido disponiendo del inmueble,
Tentándolo y obteniendo un lucro indebido, al venir cobrando el
pago de las rentas. tal y como se justifica con la documental
pirrgercia que anexo a la presente, con la cual acredito plenamente
que les ner, demandados han venido rentando y recibiendo el
pago de las rentas, sin tener derecho a ello, razón por la cual
debe:ás ser condenados al pago de los daños y perjuicio, en
ejecución de sentencia y a juicio de peritos, 6.- No omito hacer
dcl conocimiento de su Señoría que los demandados han
defraudado a mi poderdante, puesto que éstos a sabiendas que
no podía disponer del inmueble lo han vendido, lo anterior dado
gLe ahora tengo pleno conocimiento que el inmueble objeto de la
compra venta, no es de su legítima propiedad. dado que
pertenece al INFONAVIT; por lo cual me reservo acción y
derecho para hacer valer la denuncia penal correspondiente. 7.-
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto a su Señoría, que el
poder mediante el cual acredito mi personalidad, no me ha sido
revocado o modificado, lo que hago del conocimiento para los
efectos legales a que haya lugar.
El Juez del conocimiento por auto del veintiséis de marzo
del año en curso, ordenó emplazar a OSCAR HILARIO PUGA
SOLIS, mediante edictos. Comunicándole que se le concede el
término de treinta días, a fin de que produzca su contestación a la
demanda, contados a partir del siguiente al en que surta efectos
la última publicación del presente edicto, si pasado este término
no comparece por sí, por apoderado o gestor que pueda
representarla, se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndosele las
posteriores notificaciones aún las de carácter personal en
términos de lo dispuesto por el artículo 1.181 del Código de
Procedimientos Civiles.
Publíquese por tres veces de siete en siete días cada uno
en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado, periódico de mayor
circulación en el Municipio, en el Boletín Judicial y en la puerta de
éste Tribunal.-Doy fe.-Dado en Cuautitlán Izcalli, Estado de
México, veintiuno de abril de dos mil catorce.
Se emite en cumplimiento al auto de fecha veintiséis de
marzo de dos mil catorce.-Firmando la Secretario Judicial,
Licenciada Leticia Rodríguez Vázquez.-Rúbrica.
572-A1.-26 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI
EDICTO
DEMANDADO EN LA RECONVENCION: JUAN LOPEZ
RODRIGUEZ.
MARIA EUGENIA GOMEZ PEREZ, al contestar la
demanda reconviene ante este Juzgado bajo el expediente
número 885/2013, Juicio Ordinario Civil, la parte actora en la
reconvención reclama las siguientes prestaciones:
A) La declaración judicial de que ha operado a favor de la
suscrita la usucapión del lote de terreno número 6, de la manzana
XV del Distrito Habitacional H-01 (Jardines del Alba), del núcleo
urbano Cuautitlán Izcalli, de la calle Parque Iztaccihuatl número
cuarenta, con las siguientes medidas y colindancias:
al norte: 6.16 (seis metros con dieciséis centímetros) y
colinda con calle Parque Iztaccihuatl;
~~
al sur: 12.41 (doce metros con cuarenta y un centímetros)
y colinda con lote número siete;
al oriente: 3.35 (tres metros con treinta y cinco
centímetros) y colinda con primer retorno Iztaccihuatl;
ir- al poniente: 20.32 (veinte metros con treinta y dos
centímetros) y colinda con lote número cinco;
nororiente: 17.33 (diecisiete metros con treinta y tres
centímetros) y colinda con primer retorno Parque
Iztaccihuatl.
Teniendo una superficie de 212.46 (doscientos doce
metros con cuarenta y seis centímetros cuadrados).
3) La cancelación del registro que obra en el folio real
electrónico número 00022372 con fecha de inscripción de treinta
de abril del dos mil trece en el cual aparece como propietario del
bien inmueble la señora María Carmen Lemus Torres, toda vez
que ha operado a favor de la suscrita la usucapien del mismo.
O) El nuevo asiento de inscripción de los libros que para
tal efecto maneja el Instituto de la Función Registra' del Estado de
México, de que la suscrita actora en esta reconvención, es la
legítima propietaria del lote de terreno número 6, de la manzana
XV del Distrito Habitacional H-01 (Jardines del Alba), del núcleo
urbano Cuautitlán izcalli, de la calle Parque iztaccihuatl número
cuarenta, por las razones y fundamentos de derecho que más
adelante se detallaran.
9) El pago de los castos y costas que con motivo de la
tramitación del presente litigio se generen.
Fundando su demanda en los hechos cuyo contenido
sustancial es: 1.- Con fecha veintiuno de noviembre de mil
novecientos ochenta y ocho, celebré contrato privado de
compraventa con el señor JUAN LOPEZ RODRIGUEZ, respecto
del inmueble identificado como lote de terreno número 6. de la
manzana XV del Distrito Habitacional H-01 (Jardines del Alba),
del núcleo urbano Cuautitlán Izcalli, de la calle Parque Iztaccihuatl
número cuarenta, cuya superficie medidas y colindancias son las
siguientes:
al norte: 6.16 (seis metros con dieciséis centímetros) y
colinda con calle Parque Iztaccihuatl;
al sur: 12.41 (doce metros con cuarenta y un centímetros)
y colinda con lote número siete;
al oriente: 3.35 (tres metros con treinta y cinco
centímetros) y colinda con primer retorno Iztaccihuatl;
al poniente: 20.32 (veinte metros con treinta y dos
centímetros) y colinda con lote número cinco;
nororiente: 17.33 (diecisiete metros con treinta y tres
centímetros) y colinda con primer retorno Parque de
Iztaccihuatl.
Teniendo una superficie de 212.46 (doscientos doce
metros con cuarenta y seis centímetros cuadrados).
Siendo que ese mismo día veintiuno de noviembre de mil
novecientos ochenta y ocho, se me hizo entrega de la posesión
física y material del terreno antes descrito, por lo que a partir de
esos momentos lo he poseído de manea pública, pacífica, de
buena te, continua y a título de propietaria; 2.- Hago del
conocimiento de su Señoría que platicando con el señor JUAN
LOPEZ RODRIGUEZ, dicha persona se comprometió con la
suscrita a que en el momento en que tuviera dinero para
escriturar dicho terreno ante notario. él no tendría problema y es
más me acompañaría a las oficinas de Austroplan, México, S.A.
de C.V.. para que a su vez dicha sociedad formalizará la escritura
de compraventa ante Notario a mi nombre, siendo el caso que al
no tener dinero, durante más de cinco años no acudí a buscar al
señor JUAN LOPEZ RODRIGUEZ en el domicilio que señaló en
GACETA
OEL GOBIERNO
Página 2
4 de junio de 2014
el contrato, pero cuando ya tuve los ingresos, acudí al domicilio
señalado
el contrato y me decían que dicha persona no
estaba, qu ya trabajaba fuera de la Ciudad. Pero que mía de
vez en cua do y que le iban a informar que lo había ido a buscar,
por lo que o me preocupaba mucho dicha situación, ya que tenía
la posesió del bien materia del presente Juicio, y nunca habla
tenido prob ema con la misma, peo al ver que ya habían pasado
varios año y no encontraba a dicha persona, pues hasta ese
momento e asesore con un abogado, me dice que al no
encontrar I vendedor, lo mejor es promover un juicio de
usucapión
nombre de la persona a quien se encuentre el
terreno se alado, por lo que solicitamos un certificado de
inscripción nos damos cuenta que está a nombre de la empresa
denominada Austroplan México S.A. de C.V., por lo que con
fecha íreirta de junio del año dos mil ocho, presente demanda en
la vía ordinaria civil en contra de Austroplan México S.A. de C.V.
y del propio señor JUAN LOPEZ RODRIGUEZ, demandándoles
la usucapión del lote de terreno número 6, de la manzana XV del
Distrito Habitacional H-01, del Fraccionamiento Cuautitlán Izcalli,
en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, mismo
que fue radicado ante el Juzgado Segundo Civil de Cuautitlán,
con residencia en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, bajo el
expediente' 812/2008, procedimiento que se llevó a cabo y
dictándose sentencia a mi favor, por el cual se me declara
propietaria del bien inmueble mencionado, Juicio que fue anulado
por sentencia de fecha cuatro de julio del año dos mil doce por
parte de la Segunda Sala Colegiada Civil en el TOCA número
371/2012 en relación al Juicio Nulidad de juicio concluido
promovido por la señora María Carmen Lemus Torres ante este
H. Juzgado bajo el expediente 451/2010, Juicio que se inició en
mi contra dos años posteriores al juicio que promoví de
usucapión; 3.- Desde que tengo la posesión de dicho terreno, he
realizado obras para la conservación y mantenimiento del mismo,
en fecha ininterrumpida por casi veinticinco años, siendo que
siempre me he ostentado, como propietaria, lo cual me daba la
certeza de que podía construir en aquel, disponer de dicho
InmenHe como a mi derecho convenga, por lo que realiza
de nivelación de la tierra, reforestación, le puse malla
ciclónica para que nadie se metiera al terreno, le quité un árbol
que le estaba estorbando a la vecina contigua, metiendo trascabo
para todo lo anterior; 4.- Desde cue se me entregó la posesión
del lote de terreno por parte del señor JUAN LOPEZ
RODRIGUEZ, el veintiuno de noviembre de mil novecientos
ochenta y ocho, la suscrita adquirió la posesión originaria y por lo
tanto el animus dominio, desde nace casi 25 años no solo la
propiedad sino poseyéndola desde ese momento en concepto de
`DUEÑO"; 5.- Por lo anterior expuesto con el contrato privado de
compraventa celebrado con el señor JUAN LOPEZ RODRIGUEZ,
con fecha 21 de noviembre de 1988, en relación con el lote de
terreno número 6, de la manzana XV del Distrito Habitacional H-1,
del Fraccionamiento Cuautitlán Izcalli, en el Municipio de
Cuautitlán Izcalli
,
Estado de México, se acredita de manera
contundente, en primer lugar, la causa generadora de la posesión
a título de ,propietario no solo del terreno que se vendió, sino las
mejoras que se le han realizado al mismo, pues es importante
manifestar que desde el momento mismo de la celebración del
contrato citado, la suscrita ha ostentado la posesión originaria de
dicho predio y el dominio pleno, y en segundo lugar se demuestra
la buena fe de dicha posesión; 6.- Existe en el caso particular
UNA POSESION CIERTA, es decir, existe la absoluta seguridad
de que la posesión que ostento del lote materia de la presente
reconvención, la tengo plenamente en concepto de dueño, en
otras palabras, dicha posesión no se encuentra viciada de
EQUIVOCIDAD, ni siquiera es dudosa; 7.- Derivado de la calidad
de dueño ligue siempre he ostentado frente a terceros, es por lo
que les
hecho diversas modificaciones al terreno; 8.- Así
también
artículo 5.128 en su fracción II, establece que la
posesión a título de propietario debe provenir de manera
PACIFICA, lo cual queda debidamente corroborado, pues dicha
posesión se ha llevado a cabo sin oposición de terceros y de
buena fe, por tanto se considera en otras palabras que al
momento de la adquisición, careció del vicio de la Violencia; 9.-
En cuanto a la POSESION CONTINUA que estatuye la fracción
III, del articulo 5.128, manifiesto que desde que se toma la
posesión de dicho lote de terreno y hasta el día de hoy, lo ha sido
en forma constante y continua es decir, se adolece del vivió de la
INTERRUPCION; 10.- En relación con la fracción IV de
multicitado artículo 5.128 de la Ley Sustantiva, se debe
mencionar que al igual que las anteriores condiciones necesarias
para usucapir el terreno a favor de la actora reconvencionista, la
POSESION PUBLICA que se ha ostentado carecerá del vicio
denominado de CLANDESTINIDAD, en efecto como se ha venido
narrando en el cuerpo de la presente reconvención, la posesión
que se ostenta desde la adquisición del lote de terreno y hasta el
día de hoy, siempre lo ha sido de Forma Pública sin intención
alguna de ocultarla, habida cuenta de que frente a terceros
siempre me he ostentado como la legitima propietaria de dicho
lote de terreno, no existiendo nunca impedimento ya sea legal o
humano que perturbara dicha ocupación; 11.- Así las cosas
siendo que desde el dia veintiuno de noviembre de mil
novecientos ochenta y ocho, fecha en la que se me vendió el lote
de terreno, misma fecha en la que tomó la posesión y el dominio
del mismo la suscrita ha ostentado la posesión a titulo de dueño,
de manera pacífica, continua y pública, y es por lo que se acude a
esta H. Organo Resolutor con el objeto de que se resuelvan
favorable las prestaciones de la suscrita.
Asimismo, por auto del doce de mayo del año en curso, el
Juez Segundo Civil de Cuautitlán, México, con residencia en
Cuautitlán Izcalli, Estado de México, ordenó emplazar al
demandado en la reconvención JUAN LOPEZ RODRIGUEZ, por
medio de edictos toda vez de que no fue posible la localización
de algún domicilio de la misma por tal motivo se le hace saber
que debe presentarse a contestar la demanda instaurada en su
contra dentro del plazo de treinta días, contados a partir del
siguiente al en que surta efectos la última publicación,
habiéndose fijado además en la puerta de este Tribunal tina copia
íntegra de la resolución que ordena su emplazamiento por todo el
tiempo del mismo, con el apercibimiento que si pasado dicho
plazo no comparece por sí, por apoderado o por gestor que
pueda representarla, se seguirá el Juicio en su rebeldía y las
ulteriores notificaciones se le harán por medio de lista y Boletín
en términos de lo dispuesto por los artículos 1.182 y 1.183 del
Código Adjetivo de la Materia.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días,
en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en
otro de mayor circulación en esta población y en el Boletín
Judicial; dado en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a los
dieciséis días del mes de mayo del dos mil catorce. Se emite en
cumplimiento al auto de fecha doce de mayo de dos mil catorce,
firmando la Secretario Judicial, Licenciada Leticia Rodríguez
Vázguez.-Rúbrica.
2125:26 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO SEPTIMO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS A: ALMA YURIRIA
MONDRAGON ESQUIVEL.
Ea el expediente número 238/2014, relativo al
Procedimiento Especial de Divorcio Incausado, promovido por
GIOVANNI SANCHEZ GARCIA, en contra de ALMA YURIRIA
MONDRAGON ESQUIVEL, se desprende que dentro de las
prestaciones son: la disolución del vínculo matrimonial que una al
señor GIOVANNI SANCHEZ GARCIA con la señora ALMA
YURIRIA MONDRAGON ESQUIVEL; El pago de gastos y costas
que el presente juicio origine.
Dentro de los hechos que manifiesta el actor son: Que en
el dieciocho de julio de dos mil nueve contraje matrimonio ante el
Oficial 01 del Registro Civil de Almoloya de Juárez con la señora
ALMA YURIRIA MONDRAGON ESQUIVEL, bajo el régimen de
sociedad conyugal; de dicha unión procreamos a un menor de
nombre GIOVANNI SANCHEZ MONDRAGON, registrado en
CACE "'FA
Im E I
CarbIESIERN•40
4 de junio de 2014
Página 33
fecha cuatro de mayo de dos
mil
diez, quien actualmente cuenta
con la edad de tres años. Establecimos nuestro domicilio
conyugal en domicilio conocido S/N Barrio Ejido de San Pedro,
perteneciente al Municipio de Almoloya de Juárez, México.
Durante nuestra relación de casados se suscitaron problemas,
toda vez que ella quería irse a vivir con sus padres, el C. LUCIO
MONDRAGON GONZALEZ y la C. MARTHA ESQUIVEL
HERNANDEZ, al Municipio de Jilotepec, México, y ese fue el
motivo principal por el cuál decidimos separarnos y pese a los
esfuerzos que realicé en varias ocasiones por salvar nuestro
matrimonio esto fue imposible, pues mi cónyuge ro me daba a mí
y a nuestro hijo el lugar que nos correspondía. En fecha doce de
julio de dos mil diez nos separarnos definitivamente quedándose
la hoy demandada a mi menor hijo GIOVANNI SANCHEZ
MONDRAGON. Durante nuestro matrimonio no se adquirieron
bienes de ningún tipo. En fecha veintiocho de octubre de dos mil
diez, el suscrito y mi aún esposa, realizarnos un convenio elevado
a categoría de cosa juzgada ante el Juzgado Sexto Familiar de
Toluca, México.
Se expiden estos edictos para su publicación por tres
veces de siete en siete días, en GACETA DEL GOBIERNO del
Estado, en el Boletín Judicial del Estado de México, y en un
periódico de mayor circulación de la Ciudad de Toluca, México,
emplazando a la demandada y haciéndole saber que deberá
presentarse dentro del plazo de cinco días, contados a partir del
siguiente de la última publicación, a la primera audiencia de
avenencia, y si pasado el plazo no comparece por sí, por
apoderado legal o por gestor que pueda representarla, se
decretará la Segunda Audiencia de Avenencia, la disolución de!
vínculo matrimonial y terminación de la sociedad conyugal de ser
el caso, haciéndole a la demandada las posteriores notificaciones
en términos de los artículos 1.165 fracción II y 1.170 del Código
citado. Debiendo fijar la Secretaria en la puerta de este Juzgado,
copia
íntegra de la resolución por todo el tiempo que dure
el
emplazamiento. Se expiden éstos en la Ciudad de Toluca,
México, a veintiuno de mayo del año dos mil catorce.-Doy
Secretario de Acuerdos, Lic. Claudia lbeth Rosas Díaz.-Rúbrica.-
Funcionario emisor.-Segunda Secretario de Acuerdos del
Juzgado Séptimo Familiar de Toluca, México, Lic. Claudia lbeth
Rosas Díaz.-Rúbrica.
2122.-26 mayo, 4 y 13 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO
TIANGUISTENCO
EDICTO
En el expediente número 521/14, relativo al
Procedimiento Judicial no Contencioso sobre Información de
Dominio, promovido por JOEL GONZALEZ GUADARRAMA,
respecto del inmueble ubicado en el paraje denominado
"Hacienda Vieja", sin número, en la Rivera de la Laguna de San
Miguel Almaya, en Santiago Tilapa, Municipio de Tianguistenco,
Estado de México, con las siguientes medidas y colindancias:
norte: con tres líneas 85.00, 46.00 metros con Silverio Olvera
Lucas y 48.00 metros con Rafael Aguilar; al sur: 28.00 metros con
Juan González; al oriente: 34.00 metros con Rafael Aguilar, al
poniente: 28.00, 10.00 y 6.00 metros con Juan González. Con
una superficie de 5850.00 cinco mil ochocientos cincuenta metros
cuadrados, y se expide el presente edicto.
Para su publicación por dos veces con intervalos de por lo
menos dos días en la GACETA DEL GOBIERNO y en otro
periódico de circulación diaria en esta Ciudad, con el objeto de
que si alguna persona se cree con igual o mejor derecho sobre el
inmueble descrito lo deduzca en términos de Ley, lo anterior en
cumplimiento al proveído de fecha veintiocho de abril de dos mil
catorce.-Doy fe.
Validación: auto de fecha veintiocho de abril de dos mil
catorce.-La Primer Secretario de Acuerdos, Lic. Anita Escobedo
Ruiz-Rúbrica.
2196.-30 mayo
y 4
junio.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
En los autos del expediente 836/2014, promovido por
EVARISTO MENDEZ MARTINEZ, relativo al Procedimiento
Judicial no Contencioso, Información de Dominio con respecto del
predio urbano denominado 'Tecorral", ubicado Avenida México,
sin número, del pueblo de Santiago Tolman, Municipio de
Otumba, Estado de México, el cual adquirió de PABLO
HERNANDEZ FLORES y FLORENTINA HERNANDEZ
HERNANDEZ, teniendo la posesión desde el año dos mil cinco,
predio que lo ha venido poseyendo en concepto de propietario de
manera pacífica, continua, de buena fe, el cual tiene las
siguientes medidas y colindancias; al norte: 10.38 metros y linda
con Nicolás Sánchez Bautista; al sur: 10.00 metros 3
,
linda con
Pablo Hernández Flores; al oriente: 10.07 metros y linda con
Avenida México: al poniente: 10.07 metros y linda con Pablo
Hernández Flores. Con una superficie de 102.12 metros
cuadrados.
Se expide el presente edicto para su publicación por 2
dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA
DEL GOBIERNO del Estado y en otro periódico de mayor
circulación en este Municipio.-En Otumba, México, a veintisiete
de mayo del dos mil catorce: Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic.
Juan de Jesús Alonso Carrasco.-Rúbrica.
2212.-30 mayo y 4 junio.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC
EDICTO
En el expediente número 139/11, relativo al Juicio
Ejecutivo Mercantil, promovido por INMOBILIARIA HATTIE S.A.
DE C.V., a través de sus endosatarios en procuración
Licenciados HECTOR BERNARDO ORTEGA GOMEZ y BLANCA
MARGARITA REYNOSO PEDRAZA, en contra de NORMA
ELVIRA CRUZ GUTIERREZ y HORACIO DANIEL VALDES
FIERRO, por auto de veinte de mayo del dos mil catorce, se
señalaron las diez horas del día veintitrés de junio del dos mil
catorce, para que tenga verificativo la celebración de la primera
almoneda de remate, respecto del bien inmueble consistente en
la casa tipo aile número 2. lote 1, manzana 3 Bosque de los
Encinos, Avenida Miguel Hidalgo número 112, Colonia Benito
Juárez. Ocoyoacac, Estado de México, con las siguientes
medidas y colindancias: al norte: 25.00 metros con lote 3, al sur:
25.00 metros con lote número 1, al este: 7.50 metros con calle y
al oeste: 7.50 metros con área común de circulación vehicular,
con una superficie de 187.50 metros cuadrados, sirviendo de
base para el remate la cantidad asignada al citado inmueble por
los peritos de las partes, siendo postura legal la cantidad que
cubra el importe fijado en dichos avalúos, esto es, la cantidad de
$2,293,000.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y
TRES MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por lo que
anúnciese su venta en forma legal, convocando postores para
esta almoneda.
Publíquese por tres veces dentro de nueve días en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en un periódico
de circulación amplia en el Estado de México, en el Boletín
Judicial, en la tabla de avisos de este Juzgado y del Juzgado de
la ubicación del inmueble, mediando cuando menos siete días
entre la última publicación del edicto ordenado y la fecha
señalada para la almoneda, dado en el Juzgado Quinto Civil de
Primera Instancia de Toluca. con residencia en Metepec, Estado
de México, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil
catorce.-Doy fe.-Fecha de acuerdo: 20/05/2014.-Primer
Secretario Adscrito al Juzgado Quinto Civil de Toluca con
residencia en Metepec, Estado de México, Lic. María Antonieta
Irme Escalona Valdés.-Rúbrica.
2192.-29 mayo, 4 y 10 junio.
Página 34
GACETA
GEL G0131ElinG
4 de junio de 2014
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
En los autos del expediente 835/2014, promovido por
HILARION ORONEL LEMUS, relativo al Procedimiento Judicial
no Contenc oso, Información de Dominio con respecto del predio
rústico den minado "Azcatonco o Escatonco", ubicado en calle
Academia in número, del pueblo de Cuautlacingo, Municipio de
Otumba, E lado de México, el cual adquirió de ERIK GABRIEL
CORONEL ROLDAN, teniendo la posesión desde el año dos mil
cinco, pre io que lo ha venido poseyendo en concepto de
propietario e manera pacífica, continua, de buena te, el cual
tiene las si uientes medidas y colindancias; al norte: 42 metros y
linda con c Ile Academia; al sur: 50 metros y linda con calle sin
nombre; al oriente: 147 metros y linda con Gregoria Alvarez
Coronel; al poniente: 162 metros y linda con Raymundo Alvarez
Sánchez. Con una superficie de 7,107.00 metros cuadrados.
Se expide el presente edicto para su publicación por 2
dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA
DEL GOBIERNO del Estado y en otro periódico de mayor
circulación en este Municipio.-En Otumba, México, a veintisiete
de mayo del dos mil catorce.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic.
Jesús Juan Flores.-Rúbrica.
2213.-30 mayo y 4 junio.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y
GENERALES
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE IXTLAHUACA
EDICTOS
Exp. 91/91/2013, EL C. MARIO ALBERTO GONZALEZ
HERNANDEZ, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble ubicado en Barrio de Sar Pedro la Cabecera, Municipio
y Distrito Judicial de Ixtlahuaca, mide y linda: al norte: 27.50
metros y colinda con Emelia Garduño Ortega; al sur: 28.00
metros y colinda con Mario Alberto González Hernández; al
oriente: 27.00 metros y colinda con Camino Vecinal; y al poniente:
24.00 metros y colinda con María del Carmen Garduño Ortega.
Con superficie aproximada: 701.00 metros cuadrados.
La C. Registradora de la Propiedad de la Oficina Registrar
de Ixtlahuaca, Lic. Gema Flores Vázquez, dio entrada a la
promoción y ordenó su publicación en GACETA DEL GOBIERNO
y periódico de mayor circulación, sor tres veces de tres en tres
días; haciéndose saber a quienes se crean con derecho,
comparezcan a deducirlo.-Ixtlahuaca, México, a 26 de marzo de
2014.-Rúbrica.
2149.-27, 30 mayo y 4 junio.
Exp. 89./89/2013, LA C. AMADA REYES QUIJADA,
promueve inmatriculación administrativa, sobre el inmueble
ubicado en Barrio de San Pedro, Municipio y Distrito Judicial de
Ixtlahuaca, mide y linda: al norte: 41.00 metros y colinda con
propiedad de la vendedora; al sur: 39.00 metros y colinda con
propiedad de la vendedora; al oriente: 15.17 metros y colinda con
Tomás Bartolo; y al poniente: 15.17 metros y colinda con
propiedad de la compradora. Con superficie: 606.00 metros
cuadrados.
La C. Registradora de la Propiedad de la Oficina Registrar
de Ixtlahuáca, Lic. Gema Flores Vázquez, dio entrada a la
promoción
II
ordenó su publicación en GACETA DEL GOBIERNO
y periódico de, mayor circulación, por tres veces de tres en tres
dias; haci iscrose saber a quienes se crean con derecho,
comparezc ,n a gen cidosixtlahriaca, México, a 26 de Marzo de
2014.-Rúbr ca.
2149.-27, 30 mayo y 4 junio.
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
Expediente 271645/176/2013, C. ANA MARIA PEDRAZA
ROGEL, promueve inmatriculación administrativa, sobre el
inmueble denominado "El Llorón", ubicado en Primera cerrada
Ignacio R. Alatorre número 10, Colonia Zaragoza, Municipio de
Nicolás Romero, Distrito de Tlalnepantla, Estado de México, mide
y linda: al norte: mide 26.45 mts. y colinda con propiedad
particular; al sur: mide 25.72 mts. y colinda con Juan Carlos
Camacho Guerrero; al oriente: mide 6.35 mts. y colinda con
Primera cerrada Ignacio Alatorre; al poniente: mide 11.19 mts. y
colinda con propiedad particular. Con una superficie de 226.83
m2.
El C. Registrador. dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor
circulación por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber
a quienes se crean con derecho comparezcan a deducirlo.-
Tlalnepantla, México, a 10 de diciembre del 2013.-La C.
Registradora de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial
de Tlalnepantla, Lic. Midan Guadalupe Rodríguez Rico.-Rúbrica.
2222.-30 mayo, 4 y 9 junio.
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE CHALCO
EDICTOS
Expediente No. 171/132/13, LEONARDO LOPEZ
GALLARDO, promueve inmatriculación administrativa sobre un
inmueble denominado "Sin Nombre", que se encuentra ubicado
en calle Palma S/N, en San Pedro Nexapa, Municipio de
Amecameca, Estado de México; que mide y linda; al norte: 07.00
mts. con Margarita Ramírez; al sur: 07.00 mts. con Leonardo
López Gallardo; al oriente: 12.00 mts. con Apolonio Flores
Palestino; al poniente: 12.48 mts. con paso de servidumbre; con
una superficie total de 87.36 metros cuadrados.
El C. Registrador de la Oficina Registrar de Charco dio
entrada a la promoción y ordenó su publicación en GACETA DEL
GOBIERNO y periódico de mayor circulación, por tres veces, de
tres en tres días, haciéndose saber a quienes se crean con
derecho comparezcan a deducirlo.-Chalco. México, 22 de mayo
de 2014.-La Registradora de la Propiedad y del Comercio de
Chalco, Estado de México, Lic. Maribel Hernández Pérez.-
Rúbrica.
2134.-27, 30 mayo y 4 junio.
Expediente No. 234/8/2014, PATRONATO SAN DIEGO
DE ALCALA A.C., promueve inmatriculación administrativa sobre
el inmueble denominado "El Río", ubicado en prolongación
Manuel Avila Camacho S/N, en la población de San Pablo
Atlazalpan, en el Municipio de Chalco, Estado de México, que
mide y linda; al norte: 55.402 metros con Victor Díaz Guevara: al
sur: 55.462 metros con calle ampliación Manuel Avila Camacho;
al oriente: 25.033 metros con Florencio Rojas: al poniente: 25.284
metros con Fernando Yescas; con una superficie total de
1,394.58 metros cuadrados.
El C. Registrador de la Oficina Registrar de Chalco dio
entrada a la promoción y ordenó su publicación en GACETA DEL
GOBIERNO y periódico de mayor circulación, por tres veces, de
tres en tres dias, haciéndose saber a quienes se crean con
derecho comparezcan a deducirlo Chalco. México, 22 de mayo
de 2014.-La Registradora de la Propiedad y de[ Comercio de
Chalco, Estado de México, Lic. Maribel Hernández Pérez.-
Rúbrica.
2134,-27, 30 mayo y 4 junio.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR