Avisos Judiciales

I de abril de 2014
GACETA
Página 19
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES PARA AUDIENCIA DE REMATE
EN PRIMERA ALMONEDA.
SECRETARIA "A".
EXPEDIENTE 477/08.
En cumplimiento a lo ordenado en auto de cinco de marzo
del año dos mil catorce, dictado en los autos del Juicio Especial
Hipotecario seguido por SOLIDA ADMINISTRADORA DE
PORTAFOLIOS S.A. DE C.V. hoy su causahabiente, SOLIDA
ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, S.A. DE CM.,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD
REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de
MENDOZA DOMINGUEZ MARTHA, expediente 477/08. la C.
-Juez 4
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de lo Civil de esta Capital, señala las once horas del
próximo treinta de abril del año dos mil catorce. para que tenga
verificativo la audiencia de remate en pública subasta de primera
almoneda del inmueble hipotecado: 33.33% de los derechos de
propiedad en condominio, vinculados en el lote número 22,
manzana 69, en el que se edificó la casa habitación tipo triplex
ubicada en la planta alta, a la que conforme a la actual
nomenclatura le corresponde el número 3-C de la Avenida
Bosques de Contreras del Fraccionamiento Bosques del Valle,
Segunda Sección, del Municipio de Coacalco, Estado de México,
valuado en la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
PESOS 00/100 M.N.. sirviendo como postura legal la que cubra
las dos terceras partes de dicha cantidad.
Para su publicación por dos veces en los tableros de
avisos de este Juzgado en los de la Tesorería del Distrito Federal,
así como en el periódico "Diario de México", debiendo mediar
entre una y otra publicación siete días y entre la última
publicación y la fecha de remate igual plazo.- México, D.F., a 11
de marzo del 2014.-El C. Secretario de Acuerdos, Lic. Eduardo
Herrera Rosas.-Rúbrica.
1378.-1 y 11 abril.
JUZGADO SEXAGESIMO SEPTIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha
veintinueve de mayo del año dos mil trece, dictado en los autos
de las diligencias de Jurisdicción Voluntaria, promovido por
INMOBILIARIA PROURBE S.A. DE C.V. a AVIONES S.A. DE
C.V., EXP. 877/2012. La C. Juez Sexagésimo Séptimo de lo Civil,
de esta Capital, dictó el siguiente auto que a la letra dice:
México, Distrito Federal, a veintitrés de agosto del dos mil
trece. Agréguese a sus autos del expediente número 877/12 el
escrito de cuenta del apoderado de la promovente de estas
diligencias por hechas las manifestaciones proceda la persona
encargada del turno a elaborar correctamente el exhorto como
esta ordenado en auto de fecha veintinueve de mayo del año en
curso haciéndose notar que la persona que le corresponde
elaborar el exhorto ordenado en autos es a la C. MARIA DEL
CARMEN LECOURTOIS ROSAS.
NOTIFIQUESE. Lo proveyó y
firma la C. Juez. Ante la C. Secretaria de Acuerdos "A" que
autoriza y da fe.- Doy fe.
México, Distrito Federal, a veintinueve de mayo del dos
mil trece. Agréguese a su expediente número 877/2012 el escrito
de cuenta y copias simples que del mismo se acompaña. Se tiene
por presentado apoderado de la promovente de estas diligencias
visto su contenido y con fundamento en el artículo 122 del Código
de Procedimientos Civiles procédase a notificar las presentes
diligencias de jurisdicción voluntaria a AVIONES S.A. DE C.V. por
medio de edictos deberán publicarse por tres veces de tres en
tres días en el Boletín Judicial así como en el periódico El Sol de
México y que quedan a su disposición en la Secretaría del
Juzgado las copias de traslado correspondientes. Y toda vez que
el inmueble materia del contrato de comodato y del cual solicita
se notifique la terminación de dicho contrato se encuentra fuera
de la jurisdicción de este Tribunal en tal virtud gírese atento
exhorto con los insertos necesarios al C. Juez competente en
Huixquilucan, Estado de México, para que en auxilio de las
labores de este Juzgado se ordene notificar las presentes
diligencias de Jurisdicción Voluntaria a AVIONES S.A. DE CM.,
por medio de edictos mismos que se publicarán de tres veces de
tres en tres días en el periódico El Heraldo del Estado ce México.
así como en los lugares de costumbre de dicha entidad.
Facultándose al C. Juez exhortado con plenitud de jurisdicción
para que acuerde todo tipo de promociones tendientes a dar
cumplimiento a este proveído, haga uso de las medidas de
apremio previstas en la Legislación de aquella entidad y bajo su
más estricta responsabilidad en caso de considerarlo necesario,
habilite días y horas inhábiles para la práctica de la diligencia
ordenada en este proveído. Concediéndole veinte días para su
diligenciación con fundamento en el articulo 109 del Código de
Procedimientos Civiles.
NOTIFIQUESE. Lo proveyó y firma la C.
Juez. Ante la C. Secretaria de Acuerdos "A" que autoriza y da
fe.-Doy fe.
México, Distrito Federal, a dos de agosto de dos mil doce.
Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se
acompañan, fórmese expediente y registrese en el Libro de
Gobierno bajo el número de expediente
877/2012,
que le fue
asignado por la Oficialía de Partes Común de este Tribunal.
Guárdense en el seguro del Juzgado los documentos
exhibidos como base de su acción y que se detallan en el exordio
del presente proveído.
Se tiene por presentada a
INMOBILIARIA PROURBE,
S.A. DE C.V.
por conducto de los C. CITLALI JIMENEZ
VAZQUEZ, ASURIM VAZQUEZ VELASZO y JOSE EULISES
MARTINEZ PEÑA con el carácter de apoderados, personalidad
que acreditan y se les reconoce en términos del testimonio
notarial que acompañan, el cual se ordena glosar a los presentes
autos. y quienes promueven Diligencias en Vía de
Jurisdicción
Voluntaria,
mismas que se admiten a trámite y se da entrada con
fundamento en lo dispuesto en el articulo 893 y demás relativos y
aplicables del Código de Procedimientos Civiles. En
consecuencia,
en estrictos términos de Jurisdicción
Voluntaria,
practíquese la notificación que se solicita a
AVIONES S.A. DE C.V.,
por conducto de su representante legal,
en los términos del contenido del escrito que se provee.
*Sin que exista requerimiento o interpelación alguna
por parte de esta Juzgadora,
toda vez que de las disposiciones
relativas a la jurisdicción voluntaria, no se advierte que la suscrita
se encuentre facultada para hacer requerimiento ni
apercibimiento alguno, sino únicamente tiene como
finalidad
"notificar" la voluntad unilateral de una de las partes, con
intervención de esta Juzgadora, toda vez que en las presentes
diligencias, no media controversia alguna entre las parte. •
Desprendiéndose de autos que el domicilio de la persona
moral a notificar es el ubicado en:
AVENIDA FUERZA AEREA
MEXICANA NUMERO
465,
COLONIA FEDERAL, DELEGACION
VENUSTIANO CARRANZA, C.P. 15700, EN MEXICO, DISTRITO
FEDERAL,
en tal razón elabórese el instructivo correspondiente y

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