Avisos Judiciales

13 de noviembre de 2013
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Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria.
Manual de Organización de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (proyecto).
Manual de Procedimientos de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (proyecto).
-
Lineamientos Tipo para la Elaboración del Programa Anual de Mejora Regulatoria 2014.
Manual General de Organización de la SEDECO
Reglamento Interior de la SEDECO
Demás disposiciones aplicables.
VII.
LINEAMIENTOS BÁSICOS PARA LA OPERACIÓN DE LA NORMATECA
a)
Las acciones de operación que se describen son de observancia obligatoria para todos los servidores públicos de la Secretaría.
b)
Los usuarios internos están obligados a conocer y cumplir las disposiciones internas que se difundan en la Normateca Interna de
la Secretaría.
c)
La Secretaría, con base en sus atribuciones, determinará qué disposiciones internas son de su competencia y procederá a
publicarlas en la Normateca Interna.
d)
La Normateca Interna, se pondrá en operación con los recursos disponibles por parte del Sistema Estatal de Informática del
Gobierno del Estado de México a través de la página de Internet de la Secretaría, en la cual existirá un apartado especial
denominado "Normateca".
e)
El responsable de mantener la Normateca Interna actualizada y en operación será el Director General de la Comisión Estatal de
Mejora Regulatoria, sin embargo solicitará al área de Comunicación Social e Informática, encargadas de la página de la
Secretaría, la operación vía Internet de la Normateca Interna.
f)
La integración de los archivos electrónicos de las disposiciones para su difusión en la Normateca Interna, estará a cargo de la
Dirección General de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, previa solicitud de las áreas normativas de la Secretaría.
Los titulares de las áreas administrativas serán los responsables de verificar que las disposiciones internas de su competencia,
hayan sido publicadas en forma íntegra en la Normateca Interna.
Los titulares de las áreas administrativas deberán revisar permanentemente la Normateca Interna, a fin actualizar las
disposiciones internas, así como de solicitar a la Dirección General de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, la incorporación
de aquellas disposiciones internas no contenidas en dicho medio de difusión electrónico y que se encuentren en el ámbito de su
competencia.
Es responsabilidad de los titulares de las áreas administrativas solicitantes, el contenido y clasificación normativa de los
documentos que se publiquen en la Normateca Interna.
Esta Normateca es exclusivamente de la Secretaría de Desarrollo Económico, por lo que sólo se refiere a los ordenamientos
jurídicos que norman a esta Secretaría.
k) La Normateca Interna podrá ser modificada en su estructura y contenido para mejorar su funcionamiento y presentación,
conforme disposiciones vigentes en la materia.
I) Sólo podrán ser adicionadas o sustituidas en la Normateca Interna, aquellas disposiciones internas, que hayan sido previamente
autorizadas por los titulares del área administrativa.
m)
Cualquier situación no prevista dentro de este Manual de Operación, será resuelta por el Comité Interno.
n)
Las modificaciones al presente Manual, así como los casos no previstos en el mismo, serán resueltas por la Coordinación de
Administración y Finanzas.
o)
El presente Manual de Operación de la Normateca Interna entrará en vigor una vez publicado en el periódico oficial "Gaceta del
Gobierno" del Estado de México y deberá estar disponible en el portal electrónico de la Secretaría.
ATENTAMENTE
AGUSTÍN GONZÁLEZ CABRERA
DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN
ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA
(RÚBRICA).
9)
h)
i)
j)
AVISOS JUDICIALES
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
JUÁN FERNANDO HUERTA ALCANTARA, promueve
Procedimiento Judicial no Contencioso sobre inmatriculación
judicial, en el expediente 1163/2013, respecto del inmueble
denominado "La Comunidad", ubicado en la comunidad de San
Salvador Atenco, Municipio de Atenco, Estado de México, el cual
tiene las siguientes medidas y colindancias: al norte: en dos
líneas: la primera 8.00 metros, linda con privada de La
Comunidad, la segunda 10.10 metros linda con Oscar Ríos
Salcedo; al sur: 18.60 metros linda con Enrique Pantaieón
Santillán; al oriente: en dos líneas, la primera 3.50 metros linda
con privada de La Comunidad, la segunda 14.80 metros linda con
Raúl Ríos Salcedo; al poniente: 17.97 metros linda con Francisco
Ríos Salcedo y privada de La Comunidad, con una superficie total
aproximada de: 300.05 metros cuadrados.
Para su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado, y en otro periódico de mayor circulación que se edite en
ésta población, por dos veces en cada uno de ellos, con
intervalos de por lo menos dos días, se expiden en !a Ciudad de
Texcoco, Estado de México, a los treinta días del mes de octubre
del dos mil trece.-Doy fe.

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