Avisos Judiciales

JU GADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL-CHIMALHUACAN
EDICTO
AVISOS JUDICIALES
GACETA
12 de noviembre de 2013
TERCERO. Se delegan en el Jefe del Departamento de Responsabilidades, las atribuciones conferidas en el artículo 28
I con excepción de su resolución, II, V, con excepción de su resolución, IX con excepción de su resolución, XVIII, XXIV y XXVII
ento Interior de la Secretaría de la Contraloría, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el doce de febrero de dos
ecuado ejercicio de las atribuciones que se delegan en el presente artículo, el Jefe de Departamento de Responsabilidades, se
'e los abogados adscritos a su departamento, así como del personal equivalente que le apoye, quienes podrán realizar las
s inherentes a la substanciación y trámite de los asuntos encomendados.
CUARTO. Se delegan en el Jefe del Departamento de Auditoría, las atribuciones conferidas en el artículo 28 fracciones X, XII,
XV, XVI, XVII y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del
el doce de febrero de dos mil ocho.
ecuado ejercicio de las atribuciones que se delegan en el presente artículo, el Jefe de Departamento Auditoría, se auxiliará de los
dscritos a su departamento así como del personal equivalente que le apoye, quienes podrán realizar las actividades inherentes a
ciación y trámite de los asuntos encomendados.
QUINTO. Los Titulares de los Departamentos mencionados, serán directamente responsables de la correcta aplicación de las
s delegadas mediante el presente acuerdo, en los términos y condiciones dispuestos en la legislación aplicable y rendirán los
ue correspondan al Contralor Interno del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social del Estado de México.
TRANSITORIOS
PRIMER . Publíquese el presente Acuerdo Delegatorio en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUND . El presente Acuerdo Delegatorio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno' .
TERCER ': Se deja sin efectos jurídicos el Acuerdo Delegatorio de Funciones de fecha 9 de marzo del 2007, publicado en el Periódico
Oficial "G ceta del Gobierno", el 15 de marzo del 2007.
Dado en '.an Antonio la Isla, México; a cinco de noviembre del año dos mil trece.
ATENTAMENTE
LA CONTRALORA INTERNA
DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA VIVIENDA SOCIAL
C.P. MARTHA ESTHER DÍAZ ARROYO
(RÚBRICA).
Página
ARTÍCU
fraccione
del Regla
mil ocho.
Para el a
auxiliará
actividad
ARTÍCU
XIII, XIV,
Gobierno
Para el a
auditores
la substa
ARTÍCU
atribucion
informes
EMPLAZ MIENTO:
S hace saber a la demandada SOCORRO GUADALUPE
LIMA DE MENEZ, que en el expediente 559/12, relativo al Juicio
Ordinario Civil (Usucapión), GRACIELA BELMAN ALVAREZ, le
demanda a).- La usucapión que ha operado a su favor, respecto
del inmu ble ubicado en calle Taletec, manzana 100, lote 1,
Barrio P scadores, Municipio de Chimalhuacán, Estado de
México.
- Los gastos y costas que el procedimiento legal
origine.
funda para ello que con fecha diez de junio del año
dos mil eis, celebró en su calidad de compradora, contrato
privado d compraventa respecto del inmueble ubicado en calle
Taletec, anzana 100, lote 1, Barrio Pescadores, Municipio de
Chimalhuacán, Estado de México, apareciendo como vendedora
la señor SOCORRO GUADALUPE LIMA DE MENEZ; fijando
como pre io para la adquisición del inmueble objeto del presente
juicio, la antidad de CIEN MIL PESOS, siendo pagado en su
totalidad en efectivo a la vendedora SOCORRO GUADALUPE
LIMA DE MENEZ, el día que se firmó el contrato traslativo de
dominio, iendo el diez de junio de dos mil seis; entregándole a la
actora la 'osesión real y jurídica del inmueble objeto del presente
juicio el ismo día en el que se firmó y perfeccionó el contrato de
comprav> ta referido; siendo el caso que transcurrido en exceso
el términ para que la vendedora SOCORRO GUADALUPE LIMA
DE MEN Z se presentara a la Notaría a tramitar la escritura
correspo Gente, solicitó la parte actora información al Instituto de
la Funció Registral de Texcoco, Estado de México, respecto de
las condi iones legales en las que se encuentra el inmueble
referido, or lo que la institución mencionada le expidió certificado
de insee cien, en donde aparece que dicho inmueble se
encuentra inscrito a favor de SOCORRO GUADALUPE LIMA DE
MENEZ, bajo el folio real electrónico 00040551, contando con las
siguientes medidas y colindancias: al norte: 12.65 metros con
calle Atocatl; al sur: 12.62 metros con lote 2; al oriente: 09.80
metros con calle Taletec, y al poniente: 09.70 metros con lote 60;
con una superficie total de 123.19 metros cuadrados, la posesión
que detenta la actora ha sido en concepto de propietaria, de
buena fe, de manera pacífica, continúa, pública,
ininterrumpidamente, por lo tanto se han actualizado sus
derechos para demandar la usucapión. Se hace saber a
SOCORRO GUADALUPE LIMA DE MENEZ que deberá de
presentarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir del
día siguiente al en que surta efectos la última publicación, a dar
contestación a la instaurada en su contra, con el apercibimiento
que de no hacerlo por sí, por apoderado o por gestor que pueda
representarla, se seguirá el juicio en su rebeldía y las ulteriores
notificaciones se le harán por lista y Boletín Judicial. Se expide el
edicto para su publicación por tres veces de siete en siete días en
la GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en el Boletín Judicial
del Estado de México, y en un periódico de mayor circulación en
la población en donde se hace la citación, dado en
Chimalhuacán, México, a los veintiún días del mes de mayo de
dos mil trece.-Doy fe.-Validación fecha de acuerdo que ordena la
publicación 25 de abril de 2013.-Primer Secretario de Acuerdos,
Licenciada en Derecho Ana Luisa Reyes Ordóñez.-Rúbrica.
787-B1.-12, 22 noviembre y 3 diciembre.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCOYOTL-CHIMALHUACAN
EDICTO
EMPLAZAMIENTO:
Se hace saber a la demandada MARICELA ZAMORA
FRANCO DE ALVAREZ, que en el expediente 529/12, relativo al
Juicio Ordinario Civil (Usucapión), SILVIA MALEY CASTELBERG
NORIEGA, le demanda: a).- La usucapión que ha operado a su
favor, respecto del inmueble ubicado en calle Xóchitl, lote

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