Avisos Judiciales

Página
c..c .
1
;:ra"
tVo
7
de noviembre dé 2013
AVISOS JUDICIALES
DO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA-TECAMAC
EDICTO
En el expediente número 990/2013, MARCELO
RODRIGU: Z HERNANDEZ, por propio derecho promovió
Procedimie to Judicial no Contencioso, diligencias de información
de domini , respecto del terreno denominado "La Cañada",
ubicado e el pueblo de Santa María Ajoloapan, Municipio de
Tecámac, stado de México, el cual cuenta con las siguientes
medidas y colindancias: al norte: 79.00 mts. linda con lindero
Santa Mario Ajoloapan, al sur: en dos líneas una de 40.00 mts.
linda con ule Rosas y la otra de 29.00 mts, linda con Gonzalo
López, al miente: en dos líneas, una de 13.68 mts. linda con
Paulino M- ínez y la otra de 236.50 mts. linda con Luis Rosas, al
poniente: 50.00 mts. y linda con Ricardo Tenorio. Con una
superficie total de terreno de 9,052.00 metros cuadrados.
Ex iibiendo para tal efecto los siguientes documentos:
contrato d: compraventa de fecha diecinueve de mayo de dos mil
uno, cele rado entre el promovente y el señor JOAQUIN
RODRIGU Z FLORES, certificado de no inscripción; pago de
impuesto predial y formato único de certificación, plano
descriptivo y de localización del inmueble, constancia del
Comisaria. o Ejidal, acta circunstanciada de Catastro del
Ayuntamie to de Tecámac, donde se aclara el nombre de la calle
que apare e en el recibo de pago de impuesto predial. Señalando
el domicili de todos y cada uno de sus colindantes. En fecha
quince de octubre de dos mil trece se admitieron las presentes
diligencias en la vía y forma propuesta.
En cumplimiento a lo ordenado por el auto de fecha
quince de .ctubre de dos mil trece se ordenó su publicación por
dos veces
i
con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA
DEL GOBIERNO del Estado y en otro periódico de mayor
circulació diaria en el Estado de México.- Se expiden los
presentes los veinticinco días de octubre de dos mil trece.-Doy
fe.-Secret rio de Acuerdos, Lic. Teresa Omaña Hernández.-
Rúbrica.
4867.-4 y 7 noviembre.
JUZ ADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
E los autos del expediente 810/2013, promovido por MA.
ERNESTI A ROJAS GARCIA, relativo al Procedimiento Judicial
no Conte cioso, Información de Dominio con respecto del predio
denominado "Dolores", ubicado en calle Guanajuato entre las
calles Nayarit y Veracruz del Barrio de Dolores en el Municipio de
Temascalepa, Distrito Judicial de Otumba, Estado de México, el
cual adqyirió de JORGE GONZALEZ GUERRA, teniendo la
posesión desde el año dos mil, predio que lo ha venido
poseyend
l
en concepto de propietario de manera pacífica,
continua, de buena fe, el cual tiene las siguientes medidas y
colindanc s: al norte: 37.00 metros anteriormente colindaba con
callejón í úblico ahora con calle Nayarit, al sur: 37.00 metros
anteriorm•nte colindaba con sucesión de Modesto Ramos, ahora
con Fra cisco Ramos Quezada, al oriente: 30.00 metros
anteriormente colindaba con Ma. Bonilla Camacho, ahora con
Santa G illermina Mota Bonila, al poniente: 30.00 metros
anteriorm nte colindaba con calle pública ahora con calle
Guanaju o. Con una superficie de 1,106.00 metros cuadrados.
expide el presente edicto para su publicación por 2
dos vete con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA
DEL Gse IERNO del Estado y en otro periódico de mayor
circulad "1 en este Municipio. En Otumba, México, a catorce de
agosto d•I dos mil trece.-Doy fe.-Secretario de Acuerdos, Lic.
Juan de esús Alonso Carrasca-Rúbrica.
757-131.-4 y 7 noviembre.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTA CIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
Se hace saber que en el expediente número 1 27/2013,
relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso (Infor ación de
Dominio), promovido por ESTEBAN LARRAGAIN G NZALEZ,
respecto del predio ubicado en camino Viejo a Met pec, San
Sebastián Xolalpa, Municipio de Teotihuacán, Estado de México,
el Juez del conocimiento por auto de fecha quince (15) Je octubre
del año 2013, admitió el procedimiento, ordenando p blicar un
extracto de la solicitud, en los Periódicos GAC1TA DEL
GOBIERNO y en otro de mayor circulación en esta C udad, por
dos (2) veces con intervalos por lo menos de dos (2) días para
conocimiento de las personas que se crean con mejo derecho,
comparezcan ante este Tribunal a deducirlo en términos de Ley
hechos: 1).- Se acredita con el contrato de privado de
compraventa de fecha 30 de octubre del año 1983, abquirió del
señor JUAN LUIS GARCIA BORJA, el inmueble anteS señalado
que mide y linda: noreste: en 4 líneas la primera be 252.71
metros, la segunda de 27.14 metros, la tercera de 39.1 b metros y
la cuarta de 47.03 metros todas colindan con Ferrocarril
Mexicano, al noroeste: en 46.46 metros con Diego Patrocinio
Méndez Noya, al oriente: 1.00 metros con camino sin sombre, al
sur: en 8 líneas la primera de 92.66 metros, la segunda de 108.11
metros, la tercera de 44.82 metros, la cuarta 54.21 metros, la
quinta de 60.26 metros, la sexta de 30.04 metros, la séptima de
15.70 metros y la octava de 3.91 metros todas con cardino viejo a
Metepec, al poniente: en tres líneas, la primera de 11,93 metros
colinda con Angel Mariano Méndez Noya, la segunda de 36.11
metros colinda con Fernando Castro y la tercera de 481.25 metros
colinda con Gerardo Fajardo, su superficie total de 23,827.42
metros cuadrados. 2).- El inmueble en cuestión no uenta con
antecedentes regístrales tal y como lo acredita con el certificado
de no inscripción expedido por el Instituto de la Fundó Registral.
3).- El predio de su propiedad no se encuentra sujeto al régimen
ejidal, manifestación que acredita con la consta tia ejidal
expedida por el Comisariado Ejidal de San Juan T otihuacán,
México, asimismo no afecta bienes de dominio públio o privado
del citado Municipio.
Se expide el edicto para su publicación por de s veces de
dos en dos días, en la GACETA DEL GOBIERNO y en otro
periódico de mayor circulación en esta Ciudad. Dado n Texcoco,
México, a los veintiún (21) días de octubre del año dr s mil trece
(2013).-Doy fa-Validación fecha de acuerdo que ordena la
publicación quince (15) de octubre de Sec retarlo del
Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia de Texcc co, Estado
de México, Lic. Mequiades Flores López.-Rúbrica.
757-B1 r4 y 7 noviembre.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INST NCIA
DISTRITO DE CHALCO-AMECAMECA
EDICTO
En el expediente marcado con el número 70/ 013, ALMA
ROSA RAMIREZ MANZANO, promueve ante el Juz ado Quinto
Civil del Distrito Judicial de Chalco, con res dencia en
Amecameca, México, su Procedimiento Judicial no ontencioso
Inmatriculación Judicial, respecto del inmueble enominado
"Techichilco", ubicado en San Francisco Zentlalpan, unicipio de
Amecameca, México, con una superficie apro imada de
ochocientos metros cuadrados (800.00 m2) y la siguientes
medidas y colindancias: al norte 20.00 mts. colinda con Camino a
Techichilco; al sur: 20.00 mts. colinda con Armando Negrete
i
Aguilar; al oriente: 40.00 mts. colinda con Sergio arcos Páez
Cisneros; y al poniente: 40.00 mts. colinda con Juan alagón.
Para su publicación por dos veces, con intealos de por
1
lo menos dos días, en la GACETA DEL GOBIE NO; y otro
periódico de mayor circulación en esta Ciudad p ra que las
personas que se crean con igual o mejor derec o pasen a
deducirlo a este Juzgado.- Dados en Amecameca, éxico, a los
tres (3) días de octubre de dos mil trece (2013).- Do Fe.- Fecha
del acuerdo: veintitrés (23) de septiembre de dos mil trece
(2013).- Segundo Secretario de Acuerdos, Lic. Ana María de la
Cruz Trejo.- Rúbrica.
757-B1.- 4 y noviembre.
7 de noviembre de 2013
GACETA
CEL GO BI£R
NO
Página 3
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
CAMILO DURAN CRUZ, promovió Juicio Ordinario Civil
(Reivindicatorio) en contra de FRANCISCO MARTINEZ CRUZ,
PATRICIA VELES CORONADO, ERIKA IVONNE MARTINEZ
VELES y PATRICIA VIANEY MARTINEZ VELES, mismo que le
recayera el número de expediente 711/2012, reclamándole las
siguientes prestaciones:
a)
La declaración por parte de su
Señoría, de que el suscrito es el único y legítimo propietario del
inmueble ubicado en la calle Avenida del Tanque sin número,
Colonia Lomas de San Juan lxhuatepec, Municipio de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México, inmueble también
conocido y denominado como "La Loma", con la superficie,
medidas y colindancias que se describen más adelante en el
presente escrito de demanda, en obvio de repeticiones inútiles y
atento al principio de economía procesal;
b)
Como consecuencia
de dicha declaración, la entrega material y física que deberán
hacer los hoy demandados la suscrito de la parte del inmueble
que están ocupando sin mi consentimiento y sin tener ningún
derecho a su ocupación del inmueble ante referido con sus
correspondientes frutos y accesorios, y todo cuanto hecho y por
derecho le corresponda;
o)
El pago de los daños y perjuicios que
me han causado los demandados al ocupar el inmueble motivo
de la reivindicación y propiedad del suscrito sin tener derecho
alguno a ello, los cuales serán determinados y cuantificados en
ejecución de sentencia;
d)
El pago de gastos y costas que se
originen con motivo del presente juicio; basándose en la narración
de las prestaciones aducidos en la misma. Atento a lo anterior,
emplácese a ALONSO RAMIREZ CANDELARIO, por medio de
edictos los que deberán contener una relación sucinta de la
demanda, debiéndose publicar por tres veces, de siete en siete
días, en la "GACETA DEL GOBIERNO", y en el periódico de
mayor circulación local y en el Boletín Judicial, además se ordena
fijar en la puerta de este Juzgado, una copia íntegra del presente
proveído, por todo el tiempo que
dure la notificación; haciéndole
saber que debe presentarse dentro del plazo de treinta días
contados a partir del siguiente al de la última publicación para que
conteste la incoada en su contra. Se expide el presente a los
nueve días de octubre de dos mil trece.-Doy fe.
Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación
veintitrés de septiembre de dos mil trece.-Secretario de Acuerdos,
Licenciado Chrystian Tourlay Arizona.-Rúbrica.
1254-A1.-17, 28 octubre y 7 noviembre.
JUZGADO OCTAVO (ANTES DECIMO PRIMERO) CIVIL DE
PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EDICTO
En el expediente número 190/2013, relativo al Juicio
Ordinario Civil, promovido por FELIPE DE JESUS GONZALEZ
GARZA, en contra de LAS CABAÑAS S.A. EN LIQUIDACION y
DE HUMBERTO VAZQUEZ GONZALEZ, se reclaman las
siguientes prestaciones: A).- La declaración judicial por parte de
su Señoría de que ha operado a mi favor la usucapión y en
consecuencia cambie la calidad jurídica que ostentó sobre el
inmueble materia del presente asunto pasando de ser poseedor a
propietario del inmueble que se detalla en el hecho uno del
presente escrito inicial de demanda; B).- Como consecuencia
lógica de lo anterior se ordene la cancelación y tildación de la
inscripción que actualmente existe a nombre del demandado en
el Registro Público de la Propiedad y Comercio, y se inscriba a mi
favor, a fin de que la sentencia que se dicte en el presente juicio
me sirva de título de propiedad y surta efectos contra terceros;
C).- El pago de gastos y costas que se generen por la tramitación
del presente juicio. En base a los siguientes HECHOS: I. En fecha
veintinueve de noviembre del año dos mi seis, el suscrito celebró
contrato privado de compraventa con C. HUMBERTO VAZQUEZ
GONZALEZ, adquiriendo el promovente el inmueble detallado en
el documento base de la acción, y del cual se desprende que el
inmueble motivo del presente juicio
lo
adquirió el hoy
codemandado C. HUMBERTO VAZQUEZ GONZALEZ, al haber
celebrado contrato de compraventa diverso con el señor
ANTONIO ESPINO Y MORA en su carácter de representante
legal de la persona moral denominada "LAS CABAÑAS S.A. HOY
EN LIQUIDACION", adquiriendo el suscrito el lote número 64-E
de la Loma Lupita, mismo que cuenta con las siguientes medidas
y colindancias; al noreste: 37.50 metros y colinda con área verde,
al este: 30.00 metros y colinda con lote 64-F, al sureste: 16.50
metros y colinda con línea curva con calle de Los Reyes, al
suroeste: 30.00 metros y colinda con lote 64-D, haciendo una
superficie total de: 676.00 metros cuadrados, y que su posesión
ha sido en concepto de propietario, de forma pacífica, continua,
pública y de buena fe, por más de cinco años, acreditándose de
igual modo, que la posesión que ostento es originaria y por ende
me asiste el derecho para prescribir el inmueble; II.- Que al
momento de realizar la transacción de compraventa, se me
entregó la posesión física y material del inmueble y lo he venido
poseyendo a título de dueño o propietario; en virtud de existir un
contrato privado de compraventa mediante el cual se me
transfirieron todos los derechos sobre el inmueble, dándose de tal
forma los elementos básicos de la posesión como lo son el
CORPUS Y ANIMUS; entendiéndose por el primero como el
elemento material, y el conjunto de actos materiales que
demuestran la existencia del poder físico que se ejerce sobre el
inmueble, en tanto que el segundo de ellos es el elemento
psicológico caracterizado en ejercer los actos materiales de la
tenencia, con la intención de conducirse como propietario a título
de dueño; III.- El inmueble materia del presente juicio obra inscrito
a favor de la persona moral denominada como "LAS CABAÑAS
S.A. HOY EN LIQUIDACION", ante el Instituto de la Función
Registral de! Distrito Judicial de Cuautitlán, Estado de México, tal
y como se demuestra en términos de la documental pública
consistente en el certificado de inscripción expedido por el
Registrador Público de la Propiedad de este Distrito Judicial bajo
el folio electrónico número 21349000213490; IV.- Como se
desprende del contrato de compraventa referido en el hecho uno,
el precio fijado por la operación fue la cantidad de $180,000.00
(CIENTO OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), que el vendedor
C. HUMBERTO VAZQUEZ GONZALEZ recibió a su entera
satisfacción a la firma del fundatorio, tal y como se acredita en
términos de la CLAUSULA SEGUNDA del referido contrato,
cantidad de dinero que fue recibido a satisfacción del vendedor,
constituyendo el contrato el recibo más amplio que en derecho
corresponda, y con la cual se acredita que a la fecha no adeuda
cantidad alguna por la operación de compraventa; V.- Tomé
posesión del inmueble empecé a realizar obras de construcción y
mejoras del mismo, y que actualmente vivo en él. situación que
será acreditado en su momento procesal oportuno. Asimismo, el
Juez del conocimiento, mediante proveído de fecha veinticinco de
septiembre de dos mil trece (2013), ordenó notificar la radicación
del juicio y su llamamiento a la demandada "LAS CABAÑAS S.A.
EN LIQUIDACION", mediante edictos, que contendrán una
relación sucinta de la demanda, los cuales se publicarán por tres
(3) veces, de siete (7) en siete (7) días, en el Periódico Oficial
GACETA DEL GOBIERNO del Estado, así como en un periódico
de mayor circulación de la población donde se realiza la citación y
en el Boletín Judicial, haciéndole saber que deberá presentarse
dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir del
siguiente al de la última publicación a deducir lo que a su derecho
corresponda. Debiéndose fijar además en la puerta de este
Tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del
emplazamiento, con el apercibimiento que si pasado este plazo
no comparecen por sí, por apoderado o por gestor que pueda
representarlo, se seguirá la tramitación del juicio en rebeldía,
haciéndosele las ulteriores notificaciones aún las de carácter
personal por lista y Boletín Judicial. Se expide a los ocho (8) días
del mes de octubre del año dos mil trece (2013).-Doy fe.-Segundo
Secretario de Acuerdos, Lic. Roberto Cuevas Legorreta.-Rúbrica.
Validación: Fecha del acuerdo que ordena la publicación
veinticinco de septiembre de dos mil trece.-Segundo Secretario
de Acuerdos, Lic. Roberto Cuevas Legorreta.-Rúbrica.
1254-A1.-17, 28 octubre y 7 noviembre.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR