Avisos Generales

AVISOS GENERALESEDICTOJUZGADO 2DO. MIXTO, CIVIL, FAMILIAR Y MERCANTILTECOMÁN, COL.

  1. GLORIELA TORRESILLAS DE LA CRUZPRESENTE.-Por medio del presente, se cita en el juicio CIVIL ORDINARIO DIVORCIO NECESARIO, promovido por JUAN JOSÉ BARBOSA BUENO, en contra de GLORIELA TORRESILLAS DE LA CRUZ, ya que se ha presentado ante este Juzgado Segundo Mixto Civil, Familiar y Mercantil de Tecomán, Colima, la C. GLORIELA TORRESILLAS DE LA CRUZ, demandar el divorcio necesario, mismo que se radicó bajo el número de expediente 206/2010-F, haciédoseles saber que se le concede el término legal de 25 (veinticinco) días hábiles, contados a partir de la última publicación del presente edicto, para que se presenten ante este Juzgado, a instruirse de las copias de traslado, dar contestación y oponga las excepciones a las prestaciones que se le demandan, ofrezca sus pruebas y señalar domicilio dentro del lugar del juicio.

    ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN.

    Tecomán, Col., a 26 de Febrero de 2011.

    EL PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. ANIBAL ÁLVAREZ ALCÁNTAR.-

    Rúbrica.

    3-V-3

    EDICTOJUZGADO DE LO FAMILIAR COLIMA, COL.

    Se cita al Ciudadano SERGIO HUMBERTO ESPEJEL LLAMAS, cuyo domicilio se ignora, para que comparezca a contestar la demanda entablada en su contra por la Ciudadana ANA MARCELA COBIAN AVIÑA, en un término de 30 (treinta) días contados a partir de la última publicación del presente edicto y a oponer sus excepciones legales si para ello hubiere lugar, en el Juicio Civil Ordinario, Divorcio Necesario, Liquidación de la Sociedad Conyugal y Pago Gastos y Costas, radicado en este juzgado bajo el expediente número 1068/2010, quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples de traslado.-Colima, Col., Mayo 24 del año 2011.

    EL PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO DE LO FAMILIAR.- LIC. NOÉ MARTÍNEZ REYES.-

    Rúbrica.

    3-V-3

    EDICTOJUZGADO MIXTO, FAMILIAR Y MERCANTIL MANZANILLO, COL.

    NOTIFÍQUESE A SAÚL GILES RIVERA, que dentro de los autos del expediente número 1577/2010-F relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL DIVORCIO NECESARIO, promovido por la Ciudadana CLAUDIA VANESA VÁZQUEZ ESPANTA, en contra de SAÚL GILES RIVERA, quien deberá dar contestación a la demanda entablada en su contra dentro del término de 20 días improrrogables, apercibiéndola que en caso de no hacerlo se seguirá el Juicio en Rebeldía y declarada CONFESO de los hechos que deje de contestar, y las subsecuentes notificaciones se le harán en los Estrados, aún las de carácter personal.-Quedan a su disposición las copias simples de la demanda ante la primer secretaria de dicho Juzgado.- DOY FE.-

    ATENTAMENTESUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

    MANZANILLO, COLIMA, A 27 de mayo del 2011. EL CIUDADANO PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO ALEJANDRO ÁLVAREZ ALCÁNTAR.-Rúbrica.

    3-V-3

    EDICTOJUZGADO MIXTO, FAMILIAR Y MERCANTIL MANZANILLO, COL.

    NOTIFÍQUESE.- AL CIUDADANO

    ALEJANDRO LARA BARRIOS cuyo domicilio se ignora, que en el Expediente No. 2508/2010-M, Juicio CIVIL ORDINARIO, DIVORCIO NECESARIO promovido en su contra por la Ciudadana MAYRA CÁRDENAS CORDERO, notificándole que tiene un término legal de 30 treinta días a partir de la última publicación para dar contestación a la demanda, apercibido que en caso de no hacerlo, se le tendrá por presuntamente confeso y el Juicio se le seguirá en su Rebeldía, ordenándose las subsecuentes notificaciones por medio de cédula que se fijará en los Estrados del Juzgado aún las de carácter personal, salvo en los casos que la ley prevea lo contrario.

    ATENTAMENTE.- SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN.- Manzanillo, Colima; Junio 08 del 2011, EL PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO FAMILIAR Y MERCANTIL.- LICENCIADO GUSTAVO LADINO GUTIÉRREZ.- Rúbrica.

    3-V-2

    TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 38

    COLIMA, COL.

    SECRETARÍA DE ACUERDOSOFICIO NO: 1105/2011 EXPEDIENTE: 42/08 POBLADO: CUYUTLÁN MUNICIPIO: ARMERÍA ESTADO: COLIMA ASUNTO: PUBLICACIÓNDE EDICTOSColima, Colima, Junio 7 de 2011

    C.DIRECTOR DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE COLIMA.

    Presente.

    En cumplimiento al acuerdo emitido por este Tribunal en fecha tres de junio del presente año, en el juicio agrario al rubro indicado, estoy solicitando a usted la publicación a costa de LEOBARDO GARCÍA MORENO, por 2 veces consecutivas dentro de un plazo de 10 días, en el periódico que dirige del siguiente:

    EDICTOAl margen de un sello que dice "Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Unitario Agrario Distrito 38".

    "...PRIMERO.- ... y toda vez, que de acuerdo con sus aseveraciones, dicha determinación no fue atendida, asimismo, que se han agotado los extremos establecidos en el artículo 173 de la Ley Agraria, para localizar el domicilio cierto en que puedan ser emplazados los terceros interesados, GUILLERMO HERNÁNDEZ ROCHA Y HÉCTOR OROZCO MICHEL, con el objeto de no violentar los principios de celeridad e inmediatez que rigen la materia agraria, SE ORDENA EMPLAZAR MEDIANTE EDICTOS A GUILLERMO HERNÁNDEZ ROCHA y HÉCTOR OROZCO MICHEL, tanto en la ciudad de Colima, como en el Estado de Jalisco al existir indefinición en la ubicación de sus domicilios, previniéndolos para que a más tardar a las 10:00 DIEZ HORAS DEL DÍA 6 SEIS DE SEPTIEMBRE DE 2011 DOS MIL ONCE, comparezcan a este Tribunal Unitario Agrario del Distrito 38, con sede en calle José G. Alcaráz 1651, Fraccionamiento Real Vistahermosa,en esta Ciudad de Colima, Colima, a dar contestación a la demanda presentada por LEOBARDO GARCÍA MORENO, dentro del juicio agrario que nos ocupa, en el que, entre otras prestaciones, se demanda la nulidad del acta de asamblea de fecha nueve de julio de mil novecientos noventa y cinco, por lo que ve a la asignación que se hizo del solar número 4, de la manzana 62, zona 2, del poblado CUYUTLÁN, Municipio de Armería, Colima, con una superficie de 754.70 metros cuadrados a favor de APOLONIO PUENTE DELGADO y del solar número 6, de I manzana 62 zona 2, del poblado de referencia, con una superficie de 746.57 metros cuadrados,a favor de J. GUADALUPE OLIVERA GONZÁLEZ, así como para que ofrezcan todas las pruebas que consideren idóneas, en términos de los artículos 170 y 185, fracciones I y II de la ley de la materia, bajo apercibimiento que de no hacerlo así, se tendrá por perdido tal derecho, en términos del numeral 288 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles. Asimismo, se hace de su conocimiento que deberá acudir asesorados por abogado defensor, ya que en dicha diligencia serán desahogadas las pruebas que ofrezcan y sean admitidas, para tal efecto, dígaseles que la Delegación de la Procuraduría Agraria en el Estado de Colima, tiene su domicilio en calle Revolución 369, Colonia Centro en esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR