Avisos Administrativos y Generales

9 de mayo de 2014
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(bodega) y patio ubicado en tercer manzana de Agua Escondida,
Municipio de Jilotepec, México. B.- La desocupación y entrega
que deberá hacer el demandado del inmueble antes referido con
todos sus frutos y accesiones en términos del Código Civil, mismo
que el demandado se encuentra detentando de mala fe y sin
ningún derecho puesto que carece de titulo alguno, para que
ocupe mi propiedad. C.- El pago de los gastos y costas que el
presente juicio origine hasta su total terminación. HECHOS: 1.-
Nuestro finado padre BONIFACIO ARCE MARTINEZ. adquirió
por prescripción positiva adquisitiva. mediante diligencias de
Información Ad Perpetuam, de un predio que se encuentra
ubicado en la tercera manzana de Agua Escondida en Jilotepec,
México, que tiene las siguientes medidas y colindancias: al norte:
231.00 metros y colinda con Petra, Befo Hipólito Martínez hoy con
Ernestina Hernández. al
sur: 190.00 metros y colinda con Felipe
García hoy Virginia de Jesús, al poniente: 218.00 metros y
colinda con carretera Jilotepec, Canalejas y al oriente: 191.00
metros y colinda con Marciano Hernández. con una superficie
total de 4 hectáreas treinta áreas, 47 centiáreas, con número de
expediente 264/81 y protocolizado ante notario bajo el acta
número 6043. 2.- En dicho predio existen dos construcciones, una
nave (bodega) y otras distintas para casa habitación. 3.- Es el
caso de que el ahora demandado sin derecho alguno se
encuentra en posesión de una construcción y fracción de terreno
y en varias ocasiones le he pedido como albacea de la sucesión
de mi finado padre que desocupe el inmueble, lo que se ha
negado a hacer y ya que no puedo disponer de lo que por
derecho me corresponde a la sucesión, es por eilo que el ahora
demandado, deberá entregar al suscrito la parte del inmueble de
la propiedad que indebidamente y sin derecho alguno ha estado
poseyendo y se niega a entregar. 4.- Los inmuebles
individualmente tienen las siguientes medidas PATIO: es de
17.40 metros por 17 metros, LA NAVE (BODEGA) es de 40.66
metros por 10.40 metros esta construido de lámina y block de
concreto. 5.- Por eso que ocurro en esta vía reclamando del
demandando las prestaciones que se señalan en esta demanda.
Publicándose por tres veces de siete en siete días en el periódico
Ocho Columnas de la Ciudad de Toluca, México, GACETA DEL
GOBIERNO del Estado de México y en el Boletín Judicial,
haciéndole saber al demandado JOSE LUIS TELLEZ FLORES.
que deberá presentarse a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días contados a partir del día siguiente que surta efectos la
última publicación, fijándose además en la puerta del Juzgado
una copia íntegra del presente proveído, por todo el tiempo del
emplazamiento, apercibiéndose al demandado que si pasado
dicho termino no comparece por sí, por apoderado o por gestor
que lo represente, se seguirá el juicio en rebeldía y se le harán
las ulteriores notificaciones en términos de los artículos 1.170 y
1.171 del ordenamiento legal invocado. Se expiden estos edictos
a !os cinco días del mes de mayo de dos mil catorce.-Doy fe.-
Fecha de acuerdo veintidós de abril de dos mil catorce.-Nombre y
cargo: Lic. Alejandro Peña Mendoza, Secretario Civil de Primera
Instancia.-Rúbrica.
1887.-9. 20 y 29 mayo.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y
GENERALES
NOTARIA PUBLICA NUMERO 37 DEL ESTADO DE MEXICO
TOLUCA, MEXICO
AVISO NOTARIAL
"RAFAEL MARTIN ECHEVERRI GONZALEZ, titular de la
notaria pública número treinta y siete del Estado de México, hago
saber para los efectos del articulo setenta del Reglamento de la
Ley del Notariado del Estado de México, que por escritura
número treinta y seis mil ochocientos cincuenta y seis, de fecha
cinco de diciembre de dos mil trece, ante mi, a solicitud de los
señores EZEQUIEL ALMAZAN DE LEON, EZEQUIEL ALMAZAN
PERALTA, FABIOLA ALMAZAN PERALTA, MARIA ISABEL
ALMAZAN PERALTA, DIANA ALMAZAN PERALTA, ANTONIO
ALMAZAN PERALTA, GUADALUPE INES ALMAZAN PERALTA
y LAURA ALMAZAN PERALTA, como cónyuge supérstite e hijos
de la autora de la sucesión. se
hizo constar la radicación de la
sucesión intestamentaria a bienes de la señora APOLONIA
PERALTA ARZATE.
Recibidos los informes de inexistencia de testamento a
que se refiere el artículo antes invocado, los comparecientes
señores EZEQUIEL ALMAZAN DE LEON, EZEQUIEL ALMAZAN
PERALTA, FABIOLA ALMAZAN PERALTA, MARIA ISABEL
ALMAZAN PERALTA, DIANA ALMAZAN PERALTA, ANTONIO
ALMAZAN PERALTA, GUADALUPE INES ALMAZAN PERALTA
y LAURA ALMAZAN PERALTA, como cónyuge supérstite e hijos
de la autora de la sucesión, quienes tienen capacidad de
ejercicio, manifestaron bajo protesta de decir verdad, su
conformidad pala que la presente sucesión se tramite
notarialmente, por lo que se tiene por radicada la sucesión
intestamentaria a bienes cie la señora APOLONIA PERALTA
ARZATE"
Toluca, Estado de México, a 8 de abril de 2014.
ATENTAMENTE
LIC. RAFAEL MARTIN ECHEVERRI GONZALEZ.-
RUBRICA.
1892.-9 mayo.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 37 DEL ESTADO DE MEXICO
TOLUCA,111EXICO
AVISO NOTARIAL
"RAFAEL MARTIN ECHEVERRI GONZALEZ titular de la
notaría pública número treinta y siete del Estado de México, hago
saber para los efectos del artículo setenta del Reglamento de la
Ley del Notariado del Estado de México, que por escritura
número treinta y seis mil novecientos sesenta y tres. de fecha
veintiuno de marzo de dos mil catorce, ante mí, a solicitud de las
señoras SOFIA AVENDAÑO LEON, MARIA DE LOURDES
MEDINA AVENDANO, GUADALUPE EDITH MEDINA
AVENDAÑO, SOFIA LETICIA MEDINA AVENDAÑO, MARTHA
MEDINA AVENDAÑO y MARIA DE LOS ANGELES MEDINA
AVENDANO, corno cónyuge supérstite e hijas del autor de la
sucesión, se hizo constar la radicación de la sucesión
intestamentaria a bienes del señor FRANCISCO QUIRINO
MEDINA ROJAS.
Recibidos los informes de inexistencia de testamento a
que se refiere el artículo antes invocado, las comparecientes
señoras SOFIA AVENDAÑO LEON, MARIA DE LOURDES
MEDINA AVENDAÑO, GUADALUPE EDITH MEDINA
AVENDANO, SOFIA LETICIA MEDINA AVENDANO, MARTHA
MEDINA
AVENDAÑO y MARIA DE LOS ANGELES MEDINA
AVENDANO, como cónyuge supérstite e hijas del autor de la
sucesión, quienes tienen capacidad de ejercicio, manifestaron
bajo protesta de decir verdad, su conformidad para que la
presente sucesión se tramite notarialmente, por lo que se tiene
por radicada la sucesión intestamentaria a bienes del señor
FRANCISCO QUIRINO
MEDINA
ROJAS."
Toluca, Estado de México, a 7 de abril de 2014.
ATENTAMENTE
LIC. RAFAEL MARTIN ECHEVERRI GONZALEZ.-
RUBRICA.
1891.-9 y 20 mayo.

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