Sección de Avisos

SECCIÓN DE AVSISO FORCE EEC S.A. DE C.V. ACUERDO DE ESCISIÓN

ACUERDO DE ESCISIÓN FORCE EEC S.A. DE C.V.

Por medio de la presente y dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 228 Bis, fracción V de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa al público en general que con fecha 20 de diciembre de 2013 se celebro una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas en la cual se acordó escindir la sociedad FORCE EEC S.A. de C.V. sin extinguirse ésta, dando origen a una nueva sociedad, lo cual se acompaña con la siguiente información:

El activo, pasivo y capital social que contendrá la sociedad escindida es el siguiente:

ACTIVO: La cantidad de $125,883,275.56 (Ciento veinticinco millones ochocientos ochenta y tres mil doscientos setenta y cinco mil pesos, 56/100 moneda nacional) que se encuentran en el apartado de cuentas por cobrar que se tiene en contra de la sociedad GRUPO INMOBILIARIA HOUZZ S.A. DE C.V.

PASIVO: La cantidad de $67,213,235.56 (Sesenta y siete millones doscientos trece mil doscientos treinta y cinco pesos 56/100, moneda nacional), consistente en el pasivo a cargo de la sociedad derivado de deuda en contra de la sociedad AINT

S. DE R.L. DE C.V.

CAPITAL SOCIAL: $58,670,040.00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL CUARENTA PESOS MONEDA NACIONAL) mismos que se conformarán con parte del activo transmitido, sin que sea aplicable lo dispuesto por el artículo 141 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en términos del artículo 228 bis fracción X de la misma Ley.

Que para efectos del cumplimiento de las obligaciones a cargo en razón de los activos y pasivos que asumirá la sociedad escindida y toda vez que la Escindente conservará su existencia, ésta última responderá de la totalidad de las obligaciones asumidas por la Escindida, por todo el tiempo en que las mismas sean vigentes y exigibles, sin perjuicio de la acción de regreso que pueda tener en contra de la sociedad escindida.

La escisión que se acuerda surtirá sus efectos al momento en que se cumplan los plazos previstos y los requisitos establecidos para tal efecto en la Ley General de Sociedades Mercantiles, renunciando expresamente los accionistas al derecho de oposición y de retiro previstos en las fracciones VI y VIII del artículo 228 bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles; asimismo, y en caso que cualquier acreedor considerase perjudicados sus derechos crediticios, la Sociedad Escindente o Escindida, según sea el caso, cubrirá inmediatamente el pasivo correspondiente a dicho acreedor, por lo que ninguna oposición suspenderá el acuerdo de escisión.

Los activos y pasivos transmitidos a la Sociedad Escindida no requieren de formalidad y/o publicidad especial por lo que se refiere a los bienes, derechos y/o obligaciones transmitidas, por lo que bastarán los registros contables correspondientes en los libros que tiene la Escindente y los que en su caso tenga la escindida, de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles, el Código de Comercio y el Código Fiscal de la Federación.

NOTA: Se hace del conocimiento de los socios acreedores, que el texto integro del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, así como el proyecto aprobado sobre la división de los activos, pasivos y el capital social, se encontrara a su disposición durante cuarenta y cinco días naturales contados a partir de la presente publicación, en el domicilio social de la sociedad.

ATENTAMENTE

(Firma) ________________________________

EDUARDO ENRIQUE GARCIA HIDALGO. ADMINISTRADOR UNICO

INMOBILIARA ORIGINAL, S.A. DE C.V.

DE LA PEÑA SEGURA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. AVISO DE FUSIÓN

Por acuerdo de las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas celebradas el 28 de Marzo de 2014, INMOBILIARIA ORIGINAL, S.A. DE C.V. y DE LA PEÑA SEGURA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V., acordaron fusionarse subsistiendo la primera como sociedad fusionante, y desapareciendo la sociedad denominada DE LA PEÑA SEGURA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V., como sociedad fusionada.

En virtud de lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los acuerdos de fusión, el sistema establecido para la extinción del pasivo y los balances de las sociedades al 28 de febrero de 2014.

ACUERDOS DE FUSIÓN

  1. - INMOBILIARIA ORIGINAL, S.A. DE C.V., y DE LA PEÑA SEGURA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V., convienen en fusionarse; subsistiendo INMOBILIARIA ORIGINAL, S.A. DE C.V., como la sociedad FUSIONANTE y extinguiéndose la sociedad denominada DE LA PEÑA SEGURA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V., como la sociedad FUSIONADA, en los términos que se contienen en el presente Convenio de Fusión..

  2. - La sociedad que subsiste a la fusión continuará bajo la misma denominación, es decir, INMOBILIARIA ORIGINAL, S.A. DE C.V., continuando vigentes los estatutos sociales de la misma.

  3. - La fusión se lleva a cabo con base en las cifras que aparecen en los Balances Generales al 28...

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