Aviso por el cual se da a conocer el Manual de Operación del Sistema Escalafonario en la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL OFICIALÍA MAYOR

LIC. JESÚS ORTA MARTÍNEZ, OFICIAL MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 FRACCIÓN IV Y 33, FRACCIONES XXIV Y XXV DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 49 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, EMITO EL SIGUIENTE:

AVISO POR EL CUAL SE DÁ A CONOCER EL MANUAL DE OPERACIÓN DEL SISTEMA ESCALAFONARIO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.

INDICE

  1. PRESENTACIÓN

  2. ANTECEDENTES

  3. MARCO JURÍDICO 2013 ADMINISTRATIVO

  4. OBJETIVO GENERAL

  5. INTEGRACIÓN

  6. ATRIBUCIONES

  7. FUNCIONES

  8. POLÍTICAS DE OPERACIÓN

  9. PROCEDIMIENTOS

  10. FORMATOS Y ANEXOS

P R E S E N T A C I Ó N

Se consideró necesario la actualización del Manual de Operación del Sistema Escalafonario en la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal, con el propósito de fortalecer el desarrollo del procedimiento en el sistema escalafonario; normatividad aplicable en la operatividad de las Subcomisiones Mixtas de Escalafón en las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados.

• En la Administración Pública del Distrito Federal, se considera que el Escalafón es el sistema organizado que permite en igualdad de circunstancias el reconocimiento que cada trabajador alcanza en el desempeño de sus funciones, garantizando una mejora continua en la prestación del servicio para elevar su calidad de vida.

• La Administración Pública del Distrito Federal tiene el firme compromiso de poner especial interés en las relaciones laborales con sus trabajadores, en el diseño de políticas que permitan mediante la participación en el sistema escalafonario ascender a plazas de mayor nivel salarial. En esta instancia , el trabajador encausará la satisfacción de sus principales necesidades, entre las cuales se encuentran las de desarrollo y proyección futura.

• Por lo anterior la Comisión Mixta de Escalafón ha tenido a bien emitir el presente Manual con la finalidad de contar con la metodología que permita coadyuvar al logro de los objetivos que se pretenden alcanzar con la operación del sistema escalafonario en la Administración Pública del Distrito Federal.

• Este manual será aplicable en el ámbito de la Administración Pública del Distrito Federal, a las Subcomisiones Mixtas de

Escalafón, a los trabajadores de base y a todo el personal que por necesidad de operación participe en el sistema escalafonario.

ANTECEDENTES

• Con el propósito de fortalecer e incrementar las relaciones laborales entre el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores de base, se consideró necesario restructurar el procedimiento en el sistema de ascenso escalafonario. En consecuencia y de conformidad con lo que señala el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal, se estimó necesaria la modificación y adición al Manual de Operación del Sistema Escalafonario en la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal, mismo que será publicado en la Gaceta Oficial para su difusión a las Dependencias, Órganos Desconcentrados o Delegaciones, del Gobierno del Distrito Federal.

• Que la aprobación y aplicación del nuevo Manual de Operación del Sistema Escalafonario en la Administración Pública del

Gobierno del Distrito Federal tiene el firme compromiso de analizar y valorar las actividades concretas desarrolladas por el personal, así como en el diseño de Políticas de ingresos eficaces y justas, mediante la participación de los trabajadores en el sistema escalafonario.

• Evidentemente da cumplimiento a las normas y lineamientos establecidos por el Gobierno del Distrito Federal y se pretende que los trabajadores de base del Gobierno del Distrito Federal, ejerzan sus derechos y se desarrolle al mismo tiempo el sistema escalafonario funcional e intercomunicado que satisfaga las necesidades de reconocimiento y estímulo, que plantea la problemática actual.

• En estas apreciaciones se fundamenta la necesidad de la restructuración de la Comisión y del Sistema Escalafonario, que constituye una responsabilidad compartida por el Gobierno del Distrito Federal y por el Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal. En esta instancia, el trabajador encausará la satisfacción de sus principales necesidades, entre las cuales se encuentran las de desarrollo y proyección futura.

• El compromiso del Gobierno del Distrito Federal con sus trabajadores de base es aplicar en un marco de calidad y mejora continua, la operación del sistema escalafonario, así mismo alcanzar los objetivos de la justicia social que los trabajadores de base de la Administración Pública, reclaman para hacer más viable, justa y equitativa la repartición de oportunidades participativas, en los concursos escalafonarios a realizar en el presente y en el futuro, afín de estructurar un porvenir más promisorio.

MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

017d Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Titulo Sexto Del Trabajo y de la Previsión Social
Artículo 123

apartado B, Fracción VIII.

017d Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del

Apartado "B" del Artículo 123 Constitucional.

Título Tercero Del Escalafón Capitulo I

Artículos del 47 al 66

017d Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

Titulo Segundo De la Administración Pública Centralizada Artículo 33
Articulo 33

Fracción XIV.

017d Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

Titulo Segundo De la Administración Pública Centralizada
Capítulo II Articulo 27, Fracción V.
Titulo Segundo Capítulo VIII, Sección XII, de la Oficialía Mayor Articulo 98, Fracción II, Articulo 101, Fracción XIV Artículos 77 y 151

2026 Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno del Distrito Federal

Capítulo VIII De las Obligaciones y Facultades del Titular Artículo 77
Articulo 77

Fracción X.

Capitulo IX De los Trabajadores, Derechos, Obligaciones y Prohibiciones Articulo 81, Fracción IV.
Capitulo XV Artículo 151
Articulo 151

Fracción III.

017d Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de Administración Pública

Circular Uno (Normatividad de Materia de Administración de Recursos)

Circular Uno Bis(Normatividad en Materia de Administración de Recursos)

DISPOSICIONES GENERALES

Elpresente manual tiene por objeto ser un instrumento de apoyo normativo de observancia obligatoria para las Subcomisiones Mixtas de Escalafón y la Comisión Mixta de Escalafón, así como para las áreas que intervienen en la operación del sistema escalafonario en el Gobierno del Distrito Federal.

Para efectos de este manual se entenderá por:

017d GDF: Gobierno del Distrito Federal.

017d DGADP: Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal.

017d Los Trabajadores: A los trabajadores de Base del Gobierno del Distrito Federal.

017d El Sindicato: Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal y sus Secciones Sindicales.

017d El Reglamento: Al Reglamento de Escalafón vigente.

017d La Comisión: A la Comisión Mixta de Escalafón.

017d Las Subcomisiones: A las Subcomisiones Mixtas de Escalafón registradas y autorizadas por la Comisión.

017d Órganos Político 2013 Administrativos: A las Delegaciones.

017d Órganos Desconcentrados: A los Órganos de la Administración Pública del Distrito Federal dotados de atribuciones de decisión ejecución y autonomía de gestión, distintos a los Órganos Políticos 2013 Administrativos y cuyas atribuciones se señalan en sus instrumentos de creación o en el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

017d U. A. A. T. O : A las Unidades de Apoyo Administrativo Técnico Operativo.

OBJETIVO GENERAL

Proporcionar a la Comisión Mixta de Escalafón, a las Subcomisiones Mixtas de Escalafón, así como a las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que intervienen en la operación del Sistema Escalafonario de la Administración Pública del Distrito Federal, un instrumento de apoyo para el desarrollo del proceso escalafonario, el cual se genera desde el momento en que se tiene conocimiento de la plaza vacante definitiva susceptible a proceso escalafonario, hasta el momento de la asignación; conforme a lo previsto en el Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal vigente y demás lineamientos normativos que el Pleno de la Comisión Mixta de Escalafón establezca para su cabal y estricto cumplimiento.

M I S I Ó N

Diseño de políticas de ingresos eficaces y justas, en el empleo óptimo de los recursos para el desarrollo del personal, así como la implementación de instrumentos de modernización y simplificación administrativa. Todo esto con la confianza de edificar una Administración Pública en la que el trabajador pueda desarrollar sus actividades en buenas condiciones.

V I S I Ó N

Generar una nueva ética del servidor público en el Gobierno del Distrito Federal, que permita impulsar acciones específicas para transformar el papel de la Administración Pública, alentando la participación de...

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