Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa 'Apoyo para el Desarrollo de las Sociedades Cooperativas de la Ciudad de México' (Cooperativas CDMX 2016)

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

C. AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12 fracción I, II, IV, VI y XII, 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 15 fracción XVIII, 16 fracción IV, 17 y 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 4, 9 inciso A, 22 y 23 de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal; 32 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 97, 102 y 102 bis de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 6, 11, 12 y 13 del Reglamento de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal; 119 Quintus fracciones XIII, XIV y XV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, establece que a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo, específicamente la atribución de promover y consolidar acciones que generen ocupación productiva, así como fomentar y apoyar la organización social para el trabajo y el auto empleo.

Que el artículo 9, inciso A fracción II de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal, establece que corresponde a la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, impulsar las actividades de fomento cooperativo en el Distrito Federal y proporcionar, por sí o a través de personas bajo su revisión, físicas o morales, asesoría, capacitación y adiestramiento para la constitución, consolidación, administración y desarrollo de las Sociedades Cooperativas, así como para la producción, comercialización y consumo de los bienes y servicios necesarios para los actos que establece la referida Ley.

Que el artículo 44 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, tiene por objeto establecer mecanismos para fomentar el desarrollo, fortalecimiento y visibilidad de la Actividad Económica del Sector Social de la Economía, sin perjuicio de los derechos y prerrogativas que establecen las leyes relativas a las distintas formas asociativas, se reconocen a los Organismos de este sector, el derecho de ser sujetos de fomento y apoyo a sus actividades económicas por parte del Estado y de recibir asesoría, asistencia técnica y capacitación por parte de las autoridades competentes de acuerdo a la Ley.

Que el Artículo 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal establece la obligación para las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de someter a la aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo Social del Distrito Federal, la creación y operación de programas de desarrollo social que otorguen subsidios, apoyos y ayudas a la población del Distrito Federal, de conformidad con Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2016, que emite el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal y publicarse en el órgano de difusión local, por lo que con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA "APOYO PARA EL DESARROLLO DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO" (COOPERATIVAS CDMX 2016)

INTRODUCCIÓN

A) Antecedentes.

El Programa "Apoyo para el Desarrollo de las Sociedades Cooperativas de la Ciudad de México" Cooperativas CDMX, fue operado como tal, por primera vez durante el año 2015, por la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, con el objetivo de fortalecer a cuando menos 100 sociedades cooperativas de la Ciudad de México y contribuir a mejorar sus procesos de operación, administración y funcionamiento mediante actividades de educación cooperativa y el otorgamiento de apoyos económicos destinados a dos rubros: 1) asesoría, capacitación, consultoría y/o asistencia técnica y 2) adquisición de equipo, maquinaria y/o servicios enfocados a fortalecer procesos productivos, de comercialización y/o de promoción, de acuerdo a lo establecido en las respectivas reglas de operación. Con la implementación del citado programa, se logró beneficiar a 136 sociedades cooperativas integradas por 459 mujeres y 439 hombres, logrando condiciones de trabajo digno, mediante el acceso a capital semilla, contribuyendo así a mejorar sus procesos productivos, de comercialización y de promoción.

Por lo anterior, se considera necesario brindar un apoyo mayor para la formación y fortalecimiento de estas formas de organización social, a fin de que continúen generando mayores fuentes de empleo, que a mediano y largo plazo les permita constituir fondos sociales de reserva, de previsión social y de educación cooperativa. Para contribuir a lo anterior, se plantea fomentar el cooperativismo en la Ciudad de México mediante la constitución de nuevas sociedades cooperativas y el impulso de cooperativas previamente constituidas, mediante el otorgamiento de apoyos económicos y asistencia técnica especializada, para que cuenten con herramientas que les permitan lograr una paulatina inserción en el mercado, a través de la de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

B) Alineación Programática

Alineación con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.

Eje 1. Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano.

Área de oportunidad 7. Empleo con Equidad.

Objetivo 1. Ampliar el acceso de la población del Distrito Federal a trabajos dignos, con protección social, pleno respeto a los derechos laborales y sin discriminación por su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, embarazo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar, situación de calle, entre otras.

Meta 1. Promover la creación de trabajos dignos en el Distrito Federal, especialmente para los grupos sociales que tienen más dificultad para obtenerlos.

Línea de Acción: Reforzar la coordinación interinstitucional con los órganos político-administrativos y el uso de la capacidad de compra del Gobierno del Distrito Federal para promover los emprendimientos productivos individuales, las empresas del sector social y cultural y las cooperativas, mediante la capacitación, asistencia técnica, recursos materiales, capital semilla y esquema de incubación, con énfasis en los proyectos propuestos por jóvenes, mujeres y migrantes.

Alineación con el Programa Institucional de Desarrollo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo 2014-2018.

Eje de acción 1. Fomento y garantía del trabajo digno o decente: empleo y autoempleo, salario remunerador y seguridad social, capacitación para y en el trabajo, seguro de desempleo y reinserción, inclusión y no discriminación: permanencia, salario e ingreso remunerador. Es necesario visualizar la garantía del derecho al trabajo en su ciclo completo, dado que debe impulsar la inserción laboral por medio de la capacitación, la existencia de salarios remuneradores, la protección a la persona trabajadora en el desempleo y promover su capacitación para lograr finalmente su reinserción al trabajo, sea como empleada o produciendo de manera asociada, reconociendo de esta manera su dignidad, movilizando todas las capacidades de la política laboral para contener la precarización del empleo.

Estrategia 1: Políticas activas para la inserción laboral por medio de acciones que permitan que las personas cuenten con las capacidades necesarias que demanda el mercado de trabajo 2013en particular los nuevos segmentos productivos- o bien las necesarias para realizar emprendimientos productivos.

Componente i) A través de la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo que promoverá y apoyará a las personas a la realización de su derecho al trabajo mediante la adquisición y el desarrollo de habilidades y capacidades laborales, para y en el empleo, a fin de superar las dificultades de empleabilidad y propiciar su inserción o reinserción en el mercado laboral; o también para el desarrollo de capacidades organizacionales y gerenciales con el fin de generar una actividad productiva por cuenta propia; la capacitación de esta dirección es gratuita, se realiza en cursos de corto plazo, se fortalece con becas para la persona cursante y con apoyos financieros para el autoempleo. Asimismo apoya las solicitudes de capacitación y consultoría específica de las micro y pequeñas empresas y sus trabajadores, acciones de apoyo que se realizan en un esquema de coparticipación financiera.

Acciones Institucionales: 1. Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo.- Promover y fortalecer el cooperativismo en zonas de altos índices de desempleo, identificadas como prioritarias, con el objetivo de dar a conocer el modelo cooperativo como una alternativa viable para el autoempleo.

Alineación con el Programa Sectorial de Desarrollo Económico y Empleo 2013-2018.

Área de oportunidad: Empleo con equidad.

Objetivo 1. Ampliar el acceso de la población del Distrito Federal a trabajos dignos, con protección social, pleno respeto a los derechos laborales y sin discriminación por su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, embarazo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras.

Meta 1.10: Apoyar la operación de sociedades cooperativas cuya integración sea de mujeres socias en al menos 25% en la base de datos de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo para el desarrollo de sus capacidades productivas, a través de apoyos económicos y de capacitación técnica...

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