Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación el Programa Vida/Amigo Captralir
CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (CAPTRALIR)
El C.P. Pedro Montaño Romero, Director General de CAPTRALIR, con fundamento en los, artículos 98, 99, 100 y 112, segundo párrafo, 115 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción III, 10 fracción IX, 11 párrafo Décimo Primero, 48, 53 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 28, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 1, 2, fracción II, 3 fracciones I y III; 97, 100, 101; 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 165, 167 y 168 Reglamento de Prestaciones; 17 encisos III, VI, IX, X Estatuto Orgánico de la CAPTRALIR; Anexo V número de proyecto 33 y 34 Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2015; y a los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales Específicos 2014, emitió el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN EL PROGRAMA VIDA/AMIGO CAPTRALIR.
La Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, que forma parte de la Administración Pública Paraestatal del Distrito Federal, que tiene por objeto proporcionar a los trabajadores a lista de raya del Gobierno del Distrito Federal, a sus propios trabajadores, a los pensionados, jubilados y familiares derechohabientes, las prestaciones relativas a jubilaciones, pensiones, préstamos a corto, mediano plazo, escolares, créditos hipotecarios, servicios médicos subrogados y otros servicios sociales, establecidos en el Reglamento.
La Caja de Previsión en cumplimiento al Reglamento de esta Entidad menciona que se otorgará servicios de bienestar social que tiendan a mejorar el nivel de vida de los trabajadores y el de su familia, mediante una formación social y cultural adecuada.
EJE I.
Equidad e Inclusión Social Para el Desarrollo Humano.
Objetivo 1
Realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas, independientemente de su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, aparecía física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para evitar bajo un enfoque de corresponsabilidad de la exclusión el maltrato y discriminación.
Meta 1
Eliminar las prácticas discriminatorias que generan exclusión y maltrato.
LINEAS DE ACCION 5:
Implementar programas y actividades que fortalezcan una cultura en la que se eviten prácticas discriminatorias en donde los prejuicios, estereotipos y estigmas promuevan la exclusión y el maltrato.
Alineación Área de
Oportunidad Objetivo Meta Sectorial Política Pública
Programa sectorial 2015Desarrollo Social con Equidad e Inclusión2016
2015Discriminación y Derechos Humanos2016
Realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas, independientemente de su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación y/o preferencia sexual.
Implementar en un 10% las acciones y programas enfocados al desarrollo cultural comunitario, en coordinación con diferentes dependencias locales, federales e internacionales para disminuir la exclusión al acceso a la cultura, favorecer la cohesión social y garantizar el ejercicio de los derechos culturales de la población en especial a niñas y niños, jóvenes y población en situación de vulnerabilidad en los próximos cuatro años
La Secretaria de Cultura coordinara con diversas instancias y entes públicos una política cultural que contribuya a disminuir la exclusión en el acceso a la cultura, favorecer la cohesión social y el ejercicio de los derechos culturales de la...
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