Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Oficialía de Partes, en Base al Acuerdo tomado por la Sala Superior de este Tribunal en su Sesión de Fecha 20 de noviembre del año 2014

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

LIC. OFELIA PAOLA HERRERA BELTRÁN, Secretario General de Acuerdos "A", con fundamento en artículo 17 fracción IX y el artículo 62 fracción I y XXVIII del Reglamento de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE LA OFICIALÍA DE PARTES, EN BASE AL ACUERDO TOMADO POR LA SALA SUPERIOR DE ESTE TRIBUNAL EN SU SESIÓN DE FECHA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014.

MANUAL ADMINISTRATIVO DE LA OFICIALÍA DE PARTES

OCTUBRE 2014

ÍNDICE

  1. Presentación

  2. Marco Jurídico de Actuación

  3. Atribuciones

  4. Misión

  5. Visión

  6. Objetivo

  7. Estructura básica

  8. Descripción de puestos

  9. Descripción de Actividades

    IX.1 Registro, Digitalización, Gestión y Entrega de Documentos

  10. Glosario

  11. Disposiciones Transitorias

  12. Hoja de Firmas

  13. Disposiciones Generales

  14. Hoja de Control de Cambios

    I. PRESENTACIÓN

    El presente Manual de Oficialía de Partes, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, tiene como finalidad realizar la descripción narrativa de las funciones y actividades que, para alcanzar sus objetivos y metas, se desarrollan en dicha área.

    A través del puntual seguimiento al Manual se contribuye a que las operaciones en el proceso de trabajo, se realicen de manera uniforme y eficaz.

    84 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 1° de Abril de 2015

    Con el presente Manual se impulsa la modernización y actualización administrativa del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, a fin de que pueda cumplir con eficiencia y eficacia las funciones que señala la legislación aplicable.

    II. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN

    1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    2. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

    3. Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

    4. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

    5. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

    6. Ley de Archivos del Distrito Federal.

    7. Reglamento Interior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

    III. ATRIBUCIONES

    Con fundamento en el artículo 65 del Reglamento Interior, son atribuciones de la Oficialía de Partes lo siguiente:

    "ARTÍCULO 65.- Son atribuciones de la Oficialía de Partes:

  15. Registrar en el Sistema las demandas, recursos de apelación y consignaciones para que éste les asigne el número de turno que les corresponda, el cual será aleatorio para el caso de demandas y recursos de apelación;

  16. Remitir las consignaciones a la Secretaría General de Acuerdos para su trámite correspondiente, en términos de los artículos 26 fracción XVI y 49 de la Ley;

  17. Distribuir, las demandas interpuestas, a la ponencia que corresponda según el turno asignado;

  18. Remitir los recursos de apelación a la ponencia que corresponda según el número de juicio que indiquen las partes, en términos del artículo 139 de la Ley;

  19. Solicitar en caso de escritos iniciales de demanda, una copia de la misma sin anexos, para la Secretaría General de Compilación y Difusión del Tribunal;

  20. Registrar en el Sistema las promociones, según el número de juicio que indiquen las partes, para distribuirlas al día siguiente a la Sala o ponencia a la que estén dirigidas;

  21. Remitir el mismo día las promociones para que se pueda llevar a cabo la celebración de la audiencia fijada para tal efecto, cuando lo señalen las partes por escrito en sus promociones o las soliciten los Secretarios de Acuerdos de las Salas;

  22. Solicitar a los promoventes indiquen en su escrito, las referencias necesarias en el caso de que no coincidan los datos o no los tenga su escrito, para su correcto registro en el Sistema, así como el área a la que lo desea dirigir;

  23. Recibir la correspondencia y documentos dirigidos al Tribunal, registrándolos en el libro de correspondencia para distribuirlos al área que corresponda;

  24. Despachar la correspondencia oficial de los Magistrados del Tribunal;

  25. Llevar un registro de los juicios instaurados en el Tribunal, así como de los recursos de apelación y consignaciones, para estar en aptitud de proporcionar los informes que soliciten las diferentes áreas de este Órgano Jurisdiccional;

  26. Remitir oportunamente a la Secretaría General de Acuerdos el informe de los recursos de apelación interpuestos por las partes;

  27. Rendir al Secretario General de Acuerdos, dentro de los primeros tres días hábiles de cada mes, un informe por escrito de las labores correspondientes al mes inmediato anterior y, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de enero, el informe de labores correspondiente al año inmediato anterior;

  28. En caso de falla del Sistema o falta de energía eléctrica, dentro de los siguientes veinte minutos se procederá a recibir mediante reloj foliador o en su caso manualmente.

    Para hacer constar este hecho, se levantará acta administrativa con dos testigos de asistencia, misma en la que además de las circunstancias que produjeron la interrupción del sistema, se anotará el último folio que de manera regular se ocupó; los folios usados para los ingresos durante la falla; número de promociones que correspondan a demandas, consignaciones, recursos de apelación y demás escritos;

  29. Informar a la Secretaría General de Acuerdos y a la Secretaría General de Compilación y Difusión, los números de folios que se tienen que cancelar, cuando exista error en la...

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