Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria para obtener autorización como comercializador de sistemas integrales de conversión a gas natural comprimido, gas natural licuado o gas licuado del petróleo para vehículos con sistemas de inyección electrónica para el programa de combustibles alternos

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 28 de Diciembre de 2016

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Dr. Antonio Mediavilla Sahagún, Director General de Gestión de la Calidad del Aire de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 112, fracciones I, V, VII, X y XII y 113 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 1° y 12 fracciones I, VI y X, 118 fracción IV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 7°, 15 fracción IV, 16 fracción IV, 17 y 26 fracciones I, II, III, IV, VI, XIII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1° fracciones III y V, 2° fracción I, 9° fracciones I, IV, XXVII, XXVIII y XXXI; 13 fracciones I y II, 18 fracciones II, III y IV, 19 fracción VII, 20, 71 bis fracciones I y II, 123, 131, 133 fracciones IV, X, XIII, y XVIII, 145 segundo párrafo y 147 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; 179 fracción V del Código Fiscal del Distrito Federal, 1°, 2°, 7° fracción IV numeral 1, 37 fracciones I y XVIII y 54 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 4° fracción VI, 10 fracciones II, V, VI, 14 y 31 del Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal en Materia de Verificación Vehicular; y

CONSIDERANDO

Que los contaminantes del aire producen daños sobre la salud humana, dependiendo del tipo de contaminante, de las propiedades físicas y químicas de sus componentes, la frecuencia y duración de exposición, así como de su concentración, entre otros factores.

Que de acuerdo al Inventario de Emisiones de la Ciudad de México 2014, las fuentes móviles son la principal fuente de contaminación, diariamente circulan 5.3 millones de vehículos; de los cuales, el 80% son de uso particular, el 7% de uso para el transporte público y el 13% son vehículos de carga.

Que, en las áreas urbanas como la Zona Metropolitana del Valle de México, el transporte vial o fuentes móviles generan la mayoría de los contaminantes y de los compuestos de efecto invernadero. Este sector aporta, anualmente, el 96% del Monóxido de Carbono (CO) con más de 668 mil toneladas y el 78% de los Óxidos de Nitrógeno (NOX) con más de 108 mil toneladas; respecto a los compuestos de efecto invernadero, contribuye con el 83% de carbono negro (1,501 toneladas) y el 48% de gases de efecto invernadero 27.5 millones de toneladas de Bióxido de Carbono (CO2).

Que del análisis de los vehículos con sistemas integrales de gas (equipo de inyección de gas, convertidor catalítico de tres vías, aunado a sistemas reguladores de la mezcla aire combustible), evaluados mediante la prueba FTP-75, se desprende que estos disminuyen en promedio las emisiones de hidrocarburos no metano un 59%, monóxido de carbono en un 63% y óxidos de nitrógeno en un 67%, situación que se traduce en una mejora significativa en el desempeño ambiental de este tipo de vehículos, y por ende en una reducción importante en la emisión de estos contaminantes a la atmósfera.

Que actualmente se comercializan en la Ciudad de México sistemas de inyección electrónica de gas licuado de petróleo y/o gas natural comprimido, que han cumplido con los requisitos técnicos y ambientales para su instalación en algunas marcas de vehículos, pero que es necesario diversificar su empleo en otros tipos de vehículos, siempre y cuando se demuestre su compatibilidad, reducción de emisiones y su instalación cumpla con los criterios normativos en materia de seguridad.

Que la Secretaría del Medio Ambiente tiene la facultad de otorgar permisos, autorizaciones y acreditaciones a fabricantes, distribuidores, importadores y talleres, para el servicio de diagnóstico, reparación, comercialización e instalación de dispositivos y equipos de reducción de emisiones contaminantes y de sistemas de gas, conforme a las convocatorias que al efecto emita.

Que el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio (PVVO) es una herramienta que permite impulsar el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades vehiculares para reducir las emisiones generadas. Además, el Programa para Mejorar la Calidad del Aire de la ZMVM 2011 2013 2020 (PROAIRE) establece como parte de sus estrategias, en la acción

23.1 promover el uso de combustibles menos contaminantes en vehículos de transporte público de pasajeros y de carga.

Que a través de la verificación vehicular es posible determinar el desempeño y compatibilidad de los sistemas integrales de conversión de combustibles alternos y que en el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria correspondiente a cada semestre se definirá el esquema operativo del Programa de uso de combustibles alternos en vehículos de uso particular e intensivo en la Ciudad de México.

Por todo lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA OBTENER AUTORIZACIÓN COMO COMERCIALIZADOR DE SISTEMAS INTEGRALES DE CONVERSIÓN A GAS NATURAL COMPRIMIDO, GAS NATURAL LICUADO O GAS LICUADO DEL PETRÓLEO PARA VEHÍCULOS CON SISTEMAS DE INYECCIÓN ELECTRÓNICA PARA EL PROGRAMA DE COMBUSTIBLES ALTERNOS.

I. OBJETIVO

El objetivo de la presente Convocatoria es establecer los lineamientos técnicos y normativos bajo los cuales la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire de la Secretaría del Medio Ambiente, podrá emitir autorizaciones a personas físicas y morales como comercializadores de sistemas integrales de conversión a gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado del petróleo (GLP) con el fin de que sean instalados en vehículos con sistemas de inyección electrónica que circulan en la Ciudad de México.

II. DEFINICIONES

Combustible alternativo. Se refiere al gas licuado de petróleo, gas natural.

Combustible convencional. Significa diésel o gasolina.

Instalador. Persona física o moral que cuente con autorización como Centro de Instalación, Mantenimiento y Reparación de sistemas integrales de conversión emitida por la Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México.

Sistema integral de conversión. Paquete que incluye almacenamiento y suministro de combustible, encendido, control de emisiones, Sistema de Diagnóstico a Bordo y componentes del motor que son modificados, eliminados o añadidos durante el proceso de modificación de un vehículo con combustible alternativo.

Sistema de quinta generación. Se...

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