Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 167, 179 y 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para establecer el derecho a recibir un segundo crédito de vivienda y el acceso a un nuevo esquema de financiamiento., de 30 de Abril de 2014

Que reforma los artículos 167, 179 y 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, del Grupo Parlamentario del PRD

Problemática

Nuestra Carta Magna no limita el derecho para acceder a la vivienda; sin embargo la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, quedando fuera del contexto real actual, ha limitado el disfrute de un mayor nivel de bienestar social, dignidad y decoro para los trabajadores y sus familias, por la falta de implementación de los instrumentos que permitan alcanzar dicho objetivo.

Argumentación

El Fondo de la Vivienda es el órgano desconcentrado del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), cuyo objeto es el de establecer y operar el sistema de financiamiento para el otorgamiento de los préstamos hipotecarios a los trabajadores derechohabientes de éste.

El derecho a la vivienda tiene en nuestro país profundas raíces históricas. La Constitución de 1917, en su artículo 123, fracción XII, estableció la obligación de los patrones de proporcionar a sus trabajadores viviendas cómodas e higiénicas.

Posteriormente, el país se abocó a construir la infraestructura de seguridad social para atender las diversas necesidades de la población. En 1943 se creó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para brindar seguridad social a los trabajadores, aunque en sus inicios, también proporcionó vivienda a sus derechohabientes.

Cuando México entró en una etapa de urbanización y de desarrollo industrial más avanzada, se crearon los principales organismos nacionales de vivienda. En 1963 se constituye en el Banco de México, el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, como una institución promotora de la construcción y de mejora de la vivienda de interés social, para otorgar créditos a través de la banca privada.

En febrero de 1972, con la reforma al artículo 123 de la Constitución, se obligó a los patrones, mediante aportaciones, a constituir un Fondo Nacional de la Vivienda y a establecer un sistema de financiamiento que permitiera otorgar crédito barato y suficiente para adquirir vivienda. Esta reforma fue la que dio origen al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), mediante el decreto de ley respectivo, el 24 de abril de 1972.

En mayo de ese mismo año, se creó por decreto, en adición a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE), el Fondo de la Vivienda del ISSSTE (Fovissste), para otorgar créditos hipotecarios a los trabajadores que se rigen por el apartado B de la Ley Federal del Trabajo. Sin embargo, fue hasta 1983, cuando el derecho a la vivienda se elevó a rango constitucional y se estableció como una garantía individual.

Hasta la década de los ochenta, el eje de la política de vivienda había sido la intervención directa del estado en la construcción y financiamiento de vivienda y aplicación de subsidios indirectos, con tasas de interés menores a las del mercado. En la primera mitad de la década de los noventa, se inició la consolidación de los organismos nacionales de vivienda como entes eminentemente financieros.

Las políticas de vivienda en los países latinoamericanos llevaron en sus comienzos a la creación de entidades estatales centralizadas encargadas del tema desde la formulación de las políticas, el diseño de las acciones públicas y el otorgamiento de subsidios hasta, en algunos casos, tener el rol de entidades diseñadoras, constructoras, financiadoras y en otros casos, con el papel de coordinadoras de la ejecución de las políticas con un mayor grado de tercerización de la operación.

A mediados del siglo XX el instrumento institucional por excelencia era la banca de fomento de carácter estatal a nivel central, luego con el tránsito a la descentralización en muchos países se crearon fondos especializados, como banca de segundo piso, para apoyar desde el nivel central a las regiones así como instituciones especializadas en los distintos roles en las regiones o centralizadas con representación regional.

Las administraciones públicas a nivel regional o local en ocasiones juegan un papel importante en la operación de los programas, seleccionando los adjudicatarios, aportando dinero o terrenos, dando asistencia técnica, elaborando o contratando los diseños y la construcción misma.

Lo...

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