Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 5 de Septiembre de 2013

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de Ricardo Monreal Ávila y suscrita por Ricardo Mejía Berdeja, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Monreal Ávila integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 115 constitucional al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

Los estados modernos republicanos tienen como fondo un régimen de gobierno democrático. Fórmula por medio de la cual se ha logrado arribar a una paz cívica y política que propicia el crecimiento y el desarrollo constante de la nación. En donde, cabe señalar, el carácter laico complementa al sistema democrático.

La laicidad del estado ha sido fruto del encomiable esfuerzo de los hombres y mujeres que nos dieron patria. El tránsito del estado monárquico y absolutista propio de la época de la Corona Española, al estado democrático, liberal, social y de derecho, que anhelaron los grandes arquitectos de la nación, ha estado marcado por grandes hitos de los fastos de nuestra historia, y uno de esos grandes hitos es sin duda la separación entre la Iglesia y el Estado; la transición entre un estado confesional y un estado laico.

Como bien ha expresado Paul Cliteur "...podríamos pensar que no hay ninguna posición mejor que la laicista para resolver las necesidades de nuestras sociedades, y que el laicismo es más útil que todos los demás modelos históricos de relación entre el estado y la religión..."

Independientemente de que resulte difícil encontrar una sola acepción de laicismo, podemos decir que el modelo histórico de relación entre el estado y religión denominado estado laico o religiosamente neutral, supone el que el estado permanece "neutral". Admite todas las religiones, pero no hay preferencia o precedencia hacia ninguna. El estado no apoya la religión. No prohíbe ni establece religión alguna; no hace propaganda a favor de una u otra, ni financia públicamente ninguna iglesia ni institución religiosa.

Durante la época de la Colonia, la libertad de conciencia, de convicciones o de religión, como muchas otras, eran nulas. La iglesia-estado dictaba todos los pormenores referidos no sólo a la relación histórica entre el estado y la religión, sino a los propios de los demás aspectos de la esfera pública o de la cosa pública y de la esfera privada. Durante la primera mitad del siglo XIX, una vez nacido el Estado mexicano, se estableció incluso en...

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