Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el Banco de México retome su función de financiar al gobierno federal., de 1 de Octubre de 2009

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO PEDRO VÁZQUEZ GONZÁLEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT

Los suscritos, diputados federales a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo sexto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el Banco de México retorne su función de financiar al gobierno federal, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Conforme lo ilustra la historia financiera de las naciones, la creación de la banca central en el mundo no fue una instauración mecánica o un hecho dado, sino que fue producto del desarrollo del sistema financiero de los países. Por lo tanto, después de un largo proceso de operación local, regional y nacional de la banca privada, se creó la exigencia de dotar a este sistema de un banco central, que cumpliera el papel de homogeneizar y centralizar las operaciones de los bancos a nivel estatal y nacional.

También se crea, porque hace la función de prestamista de última instancia y garante del sistema financiero de una nación.

Una vez que el banco central toma este control, adquiere el derecho exclusivo de efectuar operaciones que en su inicio no estaban caracterizadas como hoy se tienen. De esta manera los incipientes banqueros privados que otorgaban créditos a personas conocidas ya fueran de carácter hipotecario, habilitación o avío, refaccionario, depósito y de emisión, pasan a ser regulados por un banco central que toma la función exclusiva de banco emisor y a efectuar operaciones bancarias del Estado.

Este proceso fue un fenómeno universal y México no fue ajeno a él, porque desde los años sesenta del siglo XIX se empezaron a crear los primeros bancos privados, con las características señaladas, que tuvieron presencia local. Hacia los años ochenta de ese siglo, se consolidó una banca regional y en 1897 se creó la primera Ley de Instituciones de Crédito en nuestro país.

Fue hasta 1917, que por mandato del Constituyente se aprueba constituir un banco único de emisión, que tendría su concreción en 1925, cuando se creó el Banco de México, cuya capital social era mixto, es decir, con participación mayoritaria del gobierno y una participación minoritaria de la iniciativa privada.

El papel del Banco de México se volvió crucial cuando la industrialización del país se aceleró en los años cuarenta del siglo pasado, porque se comenzó a proletarizar de forma masiva a la población campesina, así como a impulsar activamente la política de sustitución de importaciones, al tiempo que se promovió la expansión de la producción del campo.

El dinamismo de la industria y el desarrollo agropecuario durante los años cuarenta del siglo pasado obligaron al Banco de México a ampliar sus funciones crediticias y a elevar el porcentaje del encaje legal.

Además, la entrada masiva de capitales del exterior en el curso del período de la...

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