NOM-005-STPS-1998: Relativa a las Condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo para el Manejo, Transporte y Almacenamiento de Sustancias Químicas Peligrosas.
Dependencia | Secretaría del Trabajo y Previsión Social |
Clave | NOM-005-STPS-1998 |
Tipo de norma | Definitiva |
Rama de la Actividad Económica | Actividades del Gobierno |
Producto | Proteccion laboral |
NORMA Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-STPS-1998, RELATIVA A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO PARA EL MANEJO, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS.
JOSE ANTONIO GONZALEZ FERNANDEZ, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523 fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracción VII, 41, 43 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o., 4o. y 29 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; y 3o., 5o. y 20 fracciones I, XV y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 3 de diciembre de 1993 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1993, Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles;
Que esta dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio primer párrafo del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la referida Norma Oficial Mexicana, las cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el ordenamiento reglamentario mencionado;
Que con fecha 27 de enero de 1998, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el anteproyecto de modificación de la presente Norma Oficial Mexicana, y que en esa misma fecha el citado Comité lo consideró correcto y acordó que se publicara en el Diario Oficial de la Federación;
Que con el objeto de cumplir con los lineamientos contenidos en el Acuerdo para la desregulación de la actividad empresarial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de noviembre de 1995, las modificaciones propuestas a la presente Norma fueron sometidas por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial a la opinión del Consejo para la Desregulación Económica, y con base en ella se realizaron las adaptaciones procedentes, por lo que dicha dependencia dictaminó favorablemente acerca de las modificaciones contenidas en la presente Norma;
Que con fecha 15 de mayo de 1998, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de la presente Norma Oficial Mexicana, a efecto que dentro de los siguientes 60 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;
Que habiendo recibido comentarios de 2 promoventes, el Comité Consultivo Nacional de Normalización referido procedió a su estudio y resolvió oportunamente sobre los mismos, publicando esta dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 1998, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias quimicas peligrosas
INDICE
-
Objetivo
-
Campo de aplicación
-
Referencias
-
Definiciones
-
Obligaciones del patrón
-
Obligaciones de los trabajadores
-
Requisitos administrativos
-
Programa especifico de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas
-
Requisitos generales
-
Requisitos para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias inflamables o combustibles
-
Requisitos para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias explosivas
-
Requisitos para el transporte y almacenamiento de sustancias corrosivas, irritantes o tóxicas
-
Vigilancia
-
Bibliografía
-
Concordancia con normas internacionales
Transitorios
Guía de referencia. Botiquín de primeros auxilios
-
Objetivo
Establecer las condiciones de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, para prevenir y proteger la salud de los trabajadores y evitar daños al centro de trabajo.
-
Campo de aplicación
La presente Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde se manejen, transporten o almacenen sustancias químicas peligrosas.
-
Referencias
Para la correcta interpretación de esta Norma, deben consultarse las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes:
NOM-004-STPS-1994, Relativa a los sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria, equipos y accesorios en los centros de trabajo.
NOM-010-STPS-1993, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.
NOM-017-STPS-1993, Relativa al equipo de protección personal para los trabajadores en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-1993, Seguridad, colores y su aplicación.
NOM-027-STPS-1993, Señales y avisos de seguridad e higiene.
NOM-028-STPS-1993, Seguridad-Código de colores para la identificación de fluidos conducidos en tuberías.
NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los centros de trabajo.
-
Definiciones
Para efectos de esta Norma se establecen las definiciones siguientes:
-
actividad peligrosa: conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobreexposición a los agentes químicos capaces de provocar daños a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo.
-
atmósfera explosiva: área del centro de trabajo en que la concentración ambiental de las sustancias químicas peligrosas se encuentra entre el 20% del límite inferior de inflamabilidad y el límite superior de inflamabilidad.
-
atmósfera no respirable: área del centro de trabajo con deficiencia, menos de 19.5%, o exceso, más de 23.5%, de oxígeno.
-
autoridad del trabajo: las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que realicen funciones de inspección en materia de seguridad e higiene en el trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal, que actúen en auxilio de aquéllas.
-
centro de trabajo: todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo.
-
espacio confinado: es un lugar lo suficientemente amplio, configurado de tal manera que una persona puede desempeñar una determinada tarea en su interior, que tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no esté diseñado para ser ocupado por una persona en forma continua y en el cual se realizan trabajos específicos ocasionalmente.
-
examen médico de...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Federal Regulation Of Occupational Health And Safety
...of leak, spills, emissions and fire. Inform workers on the risks they are exposed by their handling, transportation and storage. Review NOM-005-STPS-1998 Driving Motorized Vehicles. Have a specific program for the inspection and maintenance of said vehicles. Have the state of health certifi......
-
Latin American Environmental Regulatory Tracker
...Handling Hazardous Chemicals Proposed The Secretariat of Labor and Social Welfare (STPS) has proposed a draft standard that would amend NOM-005-STPS-1998 to establish health and safety conditions and procedures for the handling of hazardous chemicals or their mixtures in the workplace. Amon......
-
Ejercicio de la inspección del trabajo
...I y XVII y 512-D de la LFT, 7 fracciones I, VII y XXII, 17 fracción V y 22 fracción I del RFSST; y puntos 5.1, 5.2 y 7.1 de la NOM-005-STPS-1998) 2. Programa específico de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas; (Artículos 132 fracc......
-
Primeros auxilios en la organización, ¿son medidas preventivas o una obligación?
...están obligados a contar con los materiales necesarios para prestar los primeros auxilios, uno de ellos es el botiquín. Al respecto, la NOM-005-STPS-1998, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias qu......
-
Cuadro Descriptivo de las NOM
...en vigor de esta norma, se can celan las si -guien tes: NOM-008-STPS-1993; NOM-009-STPS-1993; NOM-018-STPS-1993; NOM-020-STPS-1993. NOM-005-STPS-1998 02-fe bre ro-1999 En vi gor a los seis me ses si -guien tes a su pu bli ca ción en el DOF (11-marzo-2015). Sus ti tu ye a la NOM-006-STPS-200......
-
Ejercicio de la inspección del trabajo
...I y XVII y 512-D de la LFT, 7 fracciones I, VII y XXII, 17 fracción V y 22 fracción I del RFSST; y puntos 5.1, 5.2 y 7.1 de la NOM-005-STPS-1998) 2. Programa específico de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas (Artículos 132 fracciones I y XV......
-
Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo
...Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo. NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas NOM......
-
Manual de Organización General de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
...Sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. DOF. 31-V-1999 NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias quím......
-
Reglamento del Sistema Municipal de Protección Civil de Benito Juárez, Quintana Roo
...cuales se transporte el material com bustible deberán ser llenados hasta un 90% de su capacidad de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998; II.- Deberá cum plir con los Requisitos de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias inflamables o co......
-
Manual Administrativo 2010 en su Apartado de Organización de la Delegación Álvaro Obregón
...de la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. Expedición (D.O. 31-V-1999), Aclaración (D.O. 16-VII-1999). NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas p......